No hay ley que así lo estableza. Ni mucho menos jurisprudencia al respecto. Solo se trata de una norma no escrita. Un pacto tácito que generalmente empuja a los jueces y fiscales a interferir lo menos posible en los periodos electorales. De ahí que no sea extraño que las citas con las urnas vayan acompañadas de un frenazo en la tramitación de aquellas causas que afectan, de una u otra manera, a los partidos y sus dirigentes políticos. Pero eso no es lo que ha ocurrido, precisamente, en el caso Begoña Gómez. La campaña para las europeas no ha impedido al instructor, el magistrado Juan Carlos Peinado, impulsar el procedimiento con la citación de la mujer del presidente como investigada. Un paso que da con un informe de la UCO en contra y sin haber escuchado aún a testigos clave.
La situación en la que se encuentra Begoña Gómez no es nueva. Que estaba bajo la lupa del titular del Juzgado de Instrucción nº41 de Madrid es algo que se sabía desde que decidió abrir diligencias de investigación por la denuncia apoyada en recortes de prensa que interpuso el pseudosindicato ultra Manos Limpias. En aquel auto de mediados de abril, el magistrado ya daba a la mujer de Pedro Sánchez la condición de investigada en la causa. Sin embargo, en aquel momento decidió no citarla a declarar como tal –prefirió llamar antes a algunos testigos–. Un movimiento que ha preferido llevar a cabo este lunes, cuando queda menos de una semana para la cita con las urnas del 9J. Gómez, no obstante, no tendrá que acudir al juzgado hasta dentro de un mes: el próximo 5 de julio.
El impulso del caso que afecta a la mujer del presidente se ha producido, precisamente, en periodo electoral. El mismo día que arrancaba la campaña, el magistrado ordenó el levantamiento del secreto de sumario, una medida con la que la Fiscalía nunca estuvo de acuerdo y que el mismo instructor había rechazado alzar solo ocho días antes –entre medias, la única novedad que se produjo, según consta en el sumario, fue la testifical de un par de periodistas y la filtración de las conclusiones de un informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil–. Ese mismo día, Peinado pidió también al Instituto Armado copia de los expedientes de contratación bajo sospecha que la UCO ya había analizado antes de descartar un posible tráfico de influencias.
Para entonces, el instructor ya había ordenado la testifical de varias personas, entre ellas el empresario Juan Carlos Barrabés, cuya mercantil –Innova Next SL– se hizo con varios contratos de Red.es a los que se presentó con decenas de cartas de recomendación –una de ellas firmada por Gómez–. La intención de Peinado era que esta media docena de testigos clave, entre los que había también empleados y cargos de Red.es, compareciesen este jueves y viernes, a escasas horas de la cita con las urnas. Pero las declaraciones de aquellos vinculados a la agencia han tenido que aplazarse al 16 de junio dado que al abogado de Gómez le coincidían con un juicio. Y la de Barabés está aún en el aire después de que el empresario haya alegado problemas de salud.
El magistrado se aleja, por lo tanto, de esa regla no escrita con la que se busca que las causas judiciales de impacto político interfieran lo menos posible en procesos electorales. Un acuerdo que respetó el Tribunal Supremo, por ejemplo, con el caso ERE –la sentencia definitiva, así como la resolución completa de la misma, no se conoció hasta después de las elecciones andaluzas de 2022–. O el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que el pasado mes de marzo decidió aplazar el juicio contra tres altos cargos de ERC –Josep María Jové, Lluís Salvadó y Natàlia Garriga– por el referéndum del 1-O para evitar "toda interferencia" o "aprovechamiento" del mismo durante la campaña para las elecciones catalanas.
También ha habido casos, sin embargo, en los que ese acuerdo tácito ha saltado por los aires. Ocurrió, por ejemplo, con el secuestro en febrero de 2023 de una concejala que había pertenecido al PSOE en la localidad granadina de Maracena. Tres días antes de las elecciones municipales del 28M, el juez levantó el secreto de sumario y firmó un auto pidiendo al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) la imputación del número tres de los socialistas andaluces, así como de la alcaldesa del municipio y del concejal de Urbanismo basándose solo en la versión del autor del secuestro, que hacía referencia a un supuesto plan de rapto urdido por todos ellos. Un caso que marcó mediáticamente los últimos compases de la campaña y que, al final, ha terminado viniéndose abajo.
En el Gobierno creen que los movimientos del instructor del caso Begoña Gómez buscan marcar la agenda política a escasos días de las europeas. Y así lo ha dejado caer el presidente en su nueva carta a la ciudadanía: "Esta decisión se anuncia cinco días antes de que se celebren elecciones, lo cual resulta extraño. Habitualmente, se ha seguido la regla no escrita de no dictar resoluciones susceptibles de condicionar el desarrollo normal de una campaña y, por tanto, el voto de los ciudadanos. En este caso, resulta evidente que esta práctica no se ha respetado. Dejo al lector extraer sus propias conclusiones". Una citación que ha dado de nuevo alas en la recta final de la campaña a la oposición, que ha convertido el caso Begoña Gómez en su principal arma contra el Ejecutivo.
Sin entrar en el informe de la UCO
Peinado ha considerado "aconsejable" citar ya a Gómez a declarar como investigada a fin de lograr "una instrucción lo más ágil posible". Lo hace tras el pronunciamiento de la Audiencia Provincial de Madrid, que el pasado miércoles dio el visto bueno a seguir con las pesquisas. Los magistrados rechazaron, como defendía el fiscal, que se estuviera llevando a cabo una investigación "prospectiva". Ahora bien, pusieron ciertos límites a la causa. Así, señalaron que en la denuncia que dio origen a la apertura de diligencias existe "un primer bloque fáctico inverosímil o con datos erróneos" y un segundo, el relativo al rescate de Air Europa, basado en conjeturas. Cuestión distinta es lo relativo a la contratación de Innova Next, donde sí vieron "datos objetivos suficientes" que "legitiman" la investigación.
En el auto con el que se formaliza la citación de Gómez, al que ha tenido acceso este diario, Peinado se apoya en esta resolución para afirmar que los "datos con los que en este momento procesal se cuentan" ya permiten "concluir la existencia de elementos" que "justifican esa aparente inicial sospecha de indicios de la concurrencia de elementos de hechos delictivos por parte de la investigada". El escrito, de apenas tres páginas, evita entrar a valorar el informe que la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil le entregó a mediados de mayo y que descartó indicios de un posible delito de tráfico de influencias. Un documento que califica como "avance de informe inicial" o "avance preliminar de informe".
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Por encargo del instructor, los investigadores del Instituto Armado analizaron, entre otras cosas, las adjudicaciones a la empresa de Barrabés sobre las que puso el foco también la Audiencia de Madrid. Y no encontraron nada que hiciese pensar que los contratos se hubieran conseguido de manera irregular. "No se han hallado, en líneas generales, que los tres expedientes analizados –adjudicados a la UTE The Valley-Innova Next– se hubieran valorado de forma distinta a otros expedientes similares, principalmente, en lo que a los criterios dependientes de juicio de valor se refiere", sostenía la UCO. Tampoco los dos periodistas a los que se ha tomado declaración como testigos en el procedimiento han constatado presiones sobre las personas adjudicatarias de dichos contratos.
Intensifica la guerra con el fiscal del caso
Peinado, además, intensifica en su auto la guerra que tiene abierta con el fiscal del caso. Así, le reprocha que recurriese directamente a la Audiencia de Madrid, y no pasase previamente por él con el clásico recurso de reforma, la apertura de diligencias. "Con una diligencia inusitada y una celeridad escasamente frecuente, por no decir nunca conocida, se interpuso un recurso de apelación directo", resalta en el auto. Una resolución en la que también deja un recado al abogado de Begoña Gómez, el exministro Antonio Camacho, por no haber buscado una solución que permitiera las testificales que se han tenido que aplazar: "Ha considerado que no era adecuado que ningún otro letrado le sustituyera en esas diligencias de instrucción, a pesar de ser una práctica habitual entre letrados".
La tensión entre la Fiscalía y el instructor ha sido evidente desde el primer momento, cuando el Ministerio Público lamentó haberse enterado de la apertura de la investigación por la prensa. De hecho, el sumario da buena fe de esa guerra soterrada. A finales de mayo, Peinado emitió una inusual providencia en la que pedía al letrado de la Administración de Justicia que emitiese un informe sobre la frecuencia con la que el representante del Ministerio Público acude al juzgado, así como su supuesta insistencia por conocer "con carácter inmediato" el contenido de las resoluciones no solo dictadas, sino las que "pudieran llegar a dictarse".
No hay ley que así lo estableza. Ni mucho menos jurisprudencia al respecto. Solo se trata de una norma no escrita. Un pacto tácito que generalmente empuja a los jueces y fiscales a interferir lo menos posible en los periodos electorales. De ahí que no sea extraño que las citas con las urnas vayan acompañadas de un frenazo en la tramitación de aquellas causas que afectan, de una u otra manera, a los partidos y sus dirigentes políticos. Pero eso no es lo que ha ocurrido, precisamente, en el caso Begoña Gómez. La campaña para las europeas no ha impedido al instructor, el magistrado Juan Carlos Peinado, impulsar el procedimiento con la citación de la mujer del presidente como investigada. Un paso que da con un informe de la UCO en contra y sin haber escuchado aún a testigos clave.