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'Caso Begoña Gómez'

El juez insiste en interrogar a Sánchez en Moncloa pero no como presidente y sin aclarar sobre qué

Pedro Sánchez presenta en el Congreso el plan de calidad democrática.

El Juzgado de Instrucción nº41 de Madrid, que dirige el magistrado Juan Carlos Peinado, ha rechazado que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, declare como testigo por escrito en la investigación que dirige contra su esposa, Begoña Gómez, por los presuntos delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios. La providencia, firmada por el juez Carlos Valle y Muñoz-Torrero –que sustituye al instructor por estar ausente–, responde así a la carta que el líder del Ejecutivo remitió esta semana a Peinado. Una misiva en la que abría la puerta a testificar en el procedimiento pero por escrito. "Es notorio que mi comparecencia resulta inescindible de la condición de presidente del Gobierno", sostenía Sánchez, en línea con lo defendido tanto por la Fiscalía como por la defensa de la investigada, que ejerce el exministro Antonio Camacho.

La resolución, de apenas cuatro párrafos, mantiene la citación del próximo martes, 30 de julio, y reitera la intención de Peinado de trasladarse a La Moncloa para tomar declaración en persona al jefe del Ejecutivo. Lo hace al considerar que dicha comparecencia se enmarca en hechos sobre los que no ha tenido conocimiento por razón de su cargo, aunque sin dar muchos más detalles al respecto. En esos casos, la Ley de Enjuiciamiento Criminal permite al instructor desplazarse a la oficina o despacho del presidente del Gobierno, algo que no podría hacer si se pretendiese indagar en hechos de los que habría tenido conocimiento por su papel como jefe del Ejecutivo –en esos casos, le norma permite que la declaración pueda hacerse por escrito–.

El juez responde así a la carta remitida por Sánchez, en la que se abría a responder a las preguntas de Peinado pero con bolígrafo y papel, no en persona. "Es notorio que mi comparecencia resulta inescindible de la condición de presidente del Gobierno", defendía. Una línea en la que han insistido, del mismo modo, tanto la defensa de Gómez como el Ministerio Público, que considera que la declaración del presidente en el procedimiento, que podría agarrarse a la dispensa de testificar que ofrece la ley para los cónyuges de los investigados, no es ni útil, ni pertinente, ni necesaria. "Es obvio que hay actuaciones conocidas en relación al cargo", apuntaba la Fiscalía en uno de sus últimos escritos.

En relación a esta declaración por escrito, la providencia responde con cierta sorna: "Lo anterior –la citación en persona en La Moncloa– no obsta a que, si el testigo cree que puede colaborar eficazmente con la Administración de Justicia, tal y como manifiesta en su escrito, participando al instructor hechos relevantes de los que ha tenido conocimiento por razón de su cargo, lo ponga de relieve en dicha declaración a fin de que se realice una nueva concerniente a esos hechos y esta vez por escrito".

La Fiscalía exige estar presente

La Fiscalía, mientras tanto, ha solicitado a Peinado que aclare algunos aspectos de la comparecencia y que les permita estar presentes en la misma. "No hay rastro de referencia al Ministerio Fiscal, acusaciones populares personadas, ni tan siquiera a la propia defensa, dando sensación de que no son citados al acto", apunta el fiscal José Manuel San Baldomero en un escrito fechado este jueves. En este sentido, sostiene que la celebración del acto sin citación y presencia de las partes "por causas ajenas a su voluntad" podría "dar lugar a la ineficacia de la declaración o a la solicitud de repetición si se apreciara indefensión".

El representante del Ministerio Público, además, considera que esa ausencia de previsión en la providencia por la que se dispuso la citación del presidente del Gobierno supone "una patente infracción del derecho de las partes a intervenir en las diligencias de instrucción de las que no estén excluidos o no requieran su intervención conforme a la ley (y esta testifical no lo es)". "Se estaría impidiendo a las partes interrogar a un testigo que, por otro lado, se ha venido a entender como testimonio y diligencia útil, pertinente y necesaria", completa.

Imputación del rector de la Complutense

El fiscal, además, ha interpuesto un recurso de reforma contra la providencia de Peinado que cambió a investigado la condición procesal del rector de la Universidad Complutense de Madrid, Joaquín Goyache, tras hacerle declarar en el procedimiento como testigo. "Venimos a solicitar una motivación mínima de la decisión adoptada; porque así se recoge en la Constitución y en la Ley Orgánica del Poder Judicial; porque es preciso para la defensa del nuevo investigado; y porque es necesario para conocer y comprender qué hechos o datos han llevado al magistrado instructor a tomar esta decisión", señala la Fiscalía.

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En su providencia, Peinado tan solo decía que el cambio se producía tras haber analizado las testificales del vicerrector, José María Coello de Portugal, y de su antecesor en el cargo, Juan Carlos Doadrio. Pero nada más. "No conocemos a qué extremos de las mismas acude el instructor para acordar el cambio de condición", pone de manifiesto el fiscal, que recuerda que la declaración como testigo de Goyache no se interrumpió "en ningún momento" ni tampoco fue advertido el rector "de que dichas declaraciones" que estuviera realizando "podían auto incriminarle". "La motivación de las resoluciones judiciales resulta esencial en un Estado Social y Democrático de Derecho", asevera San Baldomero.

Barrabés, el otro testigo investigado

Goyache no ha sido, sin embargo, el único que ha pasado a estar investigado tras su declaración como testigo. Exactamente lo mismo le ha ocurrido a Juan Carlos Barrabés, el propietario de Innova Next al que avaló Gómez en dos cartas. En su caso, el juez apoyó el cambio de condición en dos informes de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil que no han apreciado indicio alguno de delito. Y que, además, el instructor tenía sobre su mesa antes de interrogar al empresario como testigo en una causa que, desde el primer momento, apuntaba hacia él.

La citación como investigado en el procedimiento ya ha sido recurrida por el abogado de Barrabés. "No estamos intentando invocar en este momento la sin duda nulidad de la declaración efectuada como testigo que pudiera producirse, sino que, mediante este recurso ponemos de manifiesto que de lo actuado no se deduce razón alguna para prestar declaración como investigado o dirigir la investigación contra él", resalta su defensa, al tiempo que recuerda que si Peinado hubiera tenido sospechas sobre la actuación del empresario debería "haber interrumpido su declaración" como testigo para que se le designara un abogado.

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