Pocos saben lo que sabe Pablo Lucas, candidato a presidir el CGPJ y guardián de las operaciones del CNI

Pablo Lucas (izquierda), durante un acto en la Universidad de Córdoba.

Ha tenido acceso a información clasificada durante 15 años. También la ha generado. El candidato del sector conservador a presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Pablo Lucas Murillo de la Cueva, ha ejercido durante 15 años ininterrumpidos el cargo de magistrado del Tribunal Supremo competente para conocer las actividades del Centro Nacional de Inteligencia (CNI), el puesto que da cobertura legal a los registros, intervenciones telefónicas y escuchas del servicio de espionaje español. Los autos que autorizan esas actividades también son secretos, reservados, y muy pocos han salido a la luz. En algunas ocasiones, escasas, le han obligado a abstenerse en procedimientos que le correspondía dirimir en la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal que ahora preside. Muy pocos -solo la directora del CNI, el Gobierno y él mismo- saben exactamente la información sensible que ha podido manejar. Su cargo le obliga a guardar silencio.

Lucas, catedrático de Derecho Constitucional, accedió al Supremo como magistrado en 2001 por el turno de juristas de reconocida competencia. Previamente había sido director de gabinete del que fuera presidente del CGPJ entre 1996 y 2001, Javier Delgado Barrio. A los ocho años de su llegada al alto tribunal, en 2009, fue designado por primera vez magistrado de control del CNI, puesto que ha revalidado en dos ocasiones desde entonces y que actualmente ocupa. La especial sensibilidad de su función hace que, según la Ley Orgánica del Poder Judicial, sea el presidente del CGPJ (el puesto al que opta ahora) el que tiene que proponerlo personalmente al Pleno del órgano, que se encarga de su nombramiento por mayoría cualificada de tres quintos.

Su función es dar cobertura judicial a los actos del servicio secreto que vulneren los derechos fundamentales a la inviolabilidad del domicilio y al secreto de las comunicaciones. La afectación de esos derechos exige, según la Constitución, que exista una resolución judicial previa, que Lucas se encarga de redactar. También controla que dichas actividades tengan que ver con la finalidad del CNI, en concreto, "la neutralización de actividades de servicios extranjeros, grupos o personas que pongan en riesgo, amenacen o atenten contra el ordenamiento constitucional, los derechos y libertades de los ciudadanos españoles, la soberanía, integridad y seguridad del Estado, la estabilidad de sus instituciones, los intereses económicos nacionales y el bienestar de la población".

Su interlocutor en esta función es el director (actualmente directora, Esperanza Casteleiro) del CNI, que es quien tiene que solicitar al magistrado que autorice estas intervenciones y entradas. La ley de control judicial previo del centro, aprobada en 2002, establece que esa solicitud debe especificar las medidas que se solicitan, los hechos, fines y razones que motivarían su adopción, la identificación de las personas afectadas y del lugar en el que se vayan a efectuar y la duración concreta, que no podrá superar las 24 horas en caso de entradas en domicilios o tres meses en los de intervenciones de las comunicaciones, "ambos plazos prorrogables por sucesivos períodos iguales en caso de necesidad", según la norma. Con esa información, el magistrado de control debe hacer un auto motivado que autorice o deniegue las actuaciones. "El magistrado dispondrá lo procedente para salvaguardar la reserva de sus actuaciones, que tendrán la clasificación de secreto", establece la ley. Solo el Gobierno puede decidir sobre su desclasificación y hacerlas públicas o dar acceso a ellas a otras instituciones.

Es lo que ocurrió en 2022 con el escándalo asociado al caso Pegasus, la filtración de Citizen Lab, organismo de la Universidad de Toronto (Canadá), de que el software espía israelí había sido utilizado para intervenir los teléfonos móviles de 57 dirigentes y activistas independentistas catalanes -entre ellos tres presidentes, Artur Mas, Quim Torra y Pere Aragonès, y la pareja de Carles Puigdemont y su abogado, Gonzalo Boye-. El caso se llevó por delante a la entonces directora del CNI, Paz Esteban. La exjefa del servicio de inteligencia admitió el espionaje ante la comisión de secretos oficiales del Congreso, pero lo limitó a 18 personas y aseguró se había hecho con control judicial. Para demostrarlo, aportó los autos de Pablo Lucas en los que el magistrado del Supremo justificaba el uso de la aplicación espía "por atentar y poner los bienes más preciados del Estado español, la integridad territorial, la supremacía de la Constitución y el imperio de la ley en juego".

A esas mismas resoluciones tuvo acceso el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, que abrió una investigación concluyendo que la actuación del CNI con el software israelí se había ajustado a la ley. En su informe de 18 de mayo de 2022, el defensor constató el "elevado grado de detalle de la información que disponía el magistrado para poder adoptar una decisión de autorización o no autorización". El documento, muy parco en datos debido a que se trataba de información clasificada, sí aseguraba "que los autos estaban extensamente motivados, esencialmente fundados en hechos concretos y las intervenciones de las comunicaciones previamente autorizadas en todos los casos examinados".

Tres de sus autos fueron también enviados por el Gobierno al juzgado de Instrucción número 29 de Barcelona, que investiga a la exdirectora del centro, Paz Esteban, por la inoculación en el móvil del presidente saliente de la Generalitat, Pere Aragonès, del software espía. En su declaración ante el juez, Esteban aseguró que la intervención telefónica del president se produjo entre julio de 2019 y marzo de 2020, y se apoyó en las resoluciones de Lucas para demostrarlo. Citizen Lab, la entidad que reveló el espionaje, asegura, sin embargo, que se inició en 2018. El CNI no ha justificado que en esas fechas tuviera autorización.

A diferencia del CNI, cuyas actividades son controladas tanto por el Gobierno, el Congreso y el magistrado del Supremo que lo supervisa, la actividad jurisdiccional reservada de este último no la revisa nadie. Tampoco está obligado a dar explicaciones en comisiones parlamentarias. Cuando fue citado a la comisión de investigación abierta por el escándalo Pegasus en el Parlamento de Cataluña, Lucas declinó su presencia argumentando que solo podría comparecer cuando "esté legalmente permitido" y, en su caso, a lo que le obliga la ley es a "mantener la reserva de las actuaciones".

La notoriedad de los autos de Lucas sobre el programa espía israelí le ha obligado a apartarse de varias deliberaciones en la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo, que también preside. Se trata en la mayoría de los casos de recursos de los partidos independentistas catalanes contra resoluciones de la Junta Electoral Central. En el Centro de Documentación Judicial (Cendoj) del CGPJ, constan una decena de abstenciones aceptadas por sus compañeros de Sala. En la mayoría de ellas, niega que tuviera ningún conocimiento concreto de esas causas o de la estrategia de defensa de los partidos soberanistas por su actividad de magistrado de control del CNI, pero pide no participar en ellas para preservar "la apariencia de imparcialidad" del tribunal.

En cualquier caso, el ahora candidato a presidir el órgano de gobierno de los jueces, ha podido acumular gran cantidad de información sensible de todo tipo sobre investigaciones abiertas por la agencia más importante del espionaje español. Información que solo él y en parte su suplente, el magistrado de la Sala de lo Penal Andrés Martínez Arrieta, conocen, además del Gobierno. Si se convierte finalmente en presidente del CGPJ -con el permiso de los vocales progresistas, que quieren que el cargo vaya a una mujer, e invocan la ley de paridad- será el primero que haya accedido a los secretos mejor guardados del Estado. Los registros, escuchas e intervenciones telefónicas e informáticas de sus espías durante los últimos 15 años.

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