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El Parlament tendrá hasta el 23 de enero para constituirse tras el 21D

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El Parlament tendrá hasta el martes 23 de enero de 2018 para constituirse tras las elecciones catalanas convocadas por el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, en aplicación del artículo 155 de la Constitución.

Los plazos están recogidos en la Ley de Presidencia de la Generalitat y el Govern, que da al presidente de la Generalitat 20 días hábiles desde la fecha de las elecciones para convocar la sesión constitutiva de la Cámara.

La norma da la potestad al presidente del Govern de constituir la Cámara, pero, tras haber sido cesado, la presidencia ha sido delegada por Rajoy a la vicepresidenta del Gobierno central, Soraya Sáenz de Santamaría.

Tras la sesión constitutiva del Parlament, en la que se elige el presidente del Parlament y los miembros de la Mesa, se abre un plazo de 10 días hábiles para que el presidente de la Cámara proponga la investidura de un candidato a la Presidencia de la Generalitat.

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Esto situaría el plazo máximo hasta el martes 6 de febrero: entonces se sometería a una primera votación y, si no lograra la mayoría absoluta de los votos, dos días más tarde se celebraría una segunda votación, en la que al candidato le valdría la mayoría simple para ser investido.

Si tampoco lo lograra entonces, se abriría un plazo máximo de dos meses para encontrar un candidato, lo que situaría la fecha límite para votar un presidente de la Generalitat en el sábado 7 de abril; si no fuera posible, se volverían a convocar elecciones automáticamente.

Al principio de la última legislatura catalana se agotaron todos los plazos tanto para constituir el Parlament como para investir a Artur Mas por las desavenencias que mostraron entonces JxSí y la CUP hasta encontrar un candidato de consenso, que finalmente fue Carles Puigdemont.

El Parlament tendrá hasta el martes 23 de enero de 2018 para constituirse tras las elecciones catalanas convocadas por el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, en aplicación del artículo 155 de la Constitución.

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