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La financiación de los partidos

Los partidos ignoran desde hace décadas las peticiones del Tribunal de Cuentas para acabar con sus zonas opacas

Vista parcial del hemiciclo del Congreso de los Diputados.

Los partidos políticos llevan años, en algunos casos al menos casi dos décadas, ignorando las peticiones que ejercicio tras ejercicio les hace llegar el Tribunal de Cuentas para que modifiquen las leyes y pongan fin a las áreas de opacidad de sus cuentas. Cada vez que el presidente del organismo fiscalizador presenta su informe en la comisión mixta Congreso-Senado, aprovecha para reiterar sus demandas. Sin éxito.

La última vez que se repitió este ritual tuvo lugar hace muy pocas semanas. Fue durante la presentación en las Cortes de los informes de fiscalización de las cuentas de los partidos de los años 2014 y 2015,presentación que el PP ha aprovechado para tratar de sembrar dudas sobre la limpieza de la financiación de Ciudadanos con el fin de minar el ascenso electoral que todas las encuestas atribuyen al partido de Albert Rivera. Los partidos saludaron el trabajo del Tribunal, criticaron sus limitaciones, presentaron propuestas, votaron y dieron por finalizado el trámite sin ninguna declaración que indique que piensan atender las demandas de los encargados de supervisar la limpieza de sus cuentas.

Mientras las reformas no se lleven a cabo, la legalidad de las cuentas de los partidos seguirá en entredicho. Y son numerosas las demandas de Tribunal desatendidas por los partidos. Estas son algunas de las más importantes:

1. El descontrol de las fundaciones

Hecha la ley, hecha la trampa. Sometidos a una fiscalización más estricta de sus cuentas oficiales en comparación con la relajación con la que se financiaban en el pasado, los partidos recurren a menudo a estructuras externas, la mayoría de las veces en forma de fundaciones, para saltarse las limitaciones legales en el uso del dinero.

El Tribunal de Cuentas repite con frecuencia su preocupación por la forma en que los partidos utilizan las fundaciones y otras entidades vinculadas para captar dinero. Se aprovechan de que la ley no les exige los mismos requisitos ni limitaciones en materia de donaciones y de que el Tribunal sólo puede fiscalizar la regularidad de las aportaciones que reciben estas entidades y los gastos financiados con subvenciones públicas, lo que restringe la posibilidad de hacer comprobaciones y cruzar datos.

Las fundaciones no tienen permitido asumir gastos de los partidos, pero se les permite hacer aportaciones. De manera que, indirectamente, y sin control alguno, los partidos tienen acceso a fondos que de otro modo tendrían vedados. Por eso el Tribunal pide desde hace años, sin que nadie le escuche, “aplicar a las fundaciones y demás entidades los mismos requisitos y limitaciones exigidos a los partidos políticos en relación con las donaciones” y cerrar la posibilidad de que un tercero se haga cargo de los gastos de una fundación, como ya ocurre con los partidos.

2. Auditorías que no funcionan

Otro aspecto susceptible de mejora que no fue abordado en la Ley Orgánica de Financiación de los Partidos Políticos de 2015 afecta a la necesidad de que los partidos pongan en pie sistemas de control interno de sus finanzas así como la auditoría prevista en esa reforma. No consta en ninguna parte el alcance y el contenido de la documentación que las formaciones políticas deben remitir obligatoriamente al Tribunal de Cuentas, imprescindible para llevar a cabo la fiscalización de sus cuentas.

El organismo que tiene encomendada la vigilancia del dinero que manejan los partidos reclama una regulación detallada de las nuevas formas de financiación, en especial las operaciones de endeudamiento a través de los microcréditos. “Es preciso tener en cuenta que dichas formas novedosas de financiación deben cumplir escrupulosamente con los requisitos y los límites de la ley, existiendo un cierto riesgo por su propia naturaleza de que las mismas se utilicen para eludir su aplicación”, advirtió el pasado verano el presidente del Tribunal, Ramón Álvarez de Miranda. En particular, subrayó entonces en el Congreso, hace falta que “todas las donaciones privadas que se realicen en periodo electoral se entiendan efectuadas, en todo caso, para financiar dicho proceso electoral”, aunque nominalmente se destinen al funcionamiento ordinario del partido.

3. La dificultad de vigilar las elecciones

No existe una armonización entre diferentes leyes: la de financiación de partidos políticos y la electoral. No hay correspondencia entre el límite máximo de gastos electorales y el importe de la subvención a percibir, lo que provoca que en determinados procesos electorales, especialmente en las elecciones locales, el límite máximo de gastos puede ser inferior a la subvención que procedería en caso de obtener representación. Y no están claros los conceptos, la imputación y la justificación de los gastos electorales previstos legalmente, ni se han previsto los nuevos soportes publicitarios existentes como consecuencia de la introducción de las nuevas tecnologías.

El Tribunal de Cuentas no tiene, además, medios coercitivos para exigir la colaboración para el cumplimiento de sus funciones —fiscalizadora o jurisdiccional— en esta materia.

Un auténtico y verdadero control, tal y como lo defiende el Tribunal de Cuentas, no puede quedarse exclusivamente en analizar los medios financieros. Tiene que comprobar a qué se dedican.

Como subrayó Álvarez de Miranda en el Congreso el año pasado, “si el que presenta cuentas lo hace con trampas, esas trampas no salen directamente de la revisión de cuentas”. Por eso, subrayó, quizá el mayor mal de la legislación sobre financiación de partidos es su “orientación exclusiva hacia la financiación”.

El Tribunal no puede ver los medios que se declaran para la realización de las campañas y “la única manera de intentar encontrar o poder encontrar irregularidades” es ver el uso concreto que un partido político hace del dinero. Sólo así estaría el Tribunal en situación de llegar a la conclusión de que con los medios financieros declarados es imposible hacer algo. “Es decir, que hay una financiación no declarada”, explicó.

Aunque ese tipo de trabajo, “más cercano a lo que podría ser de inspección” de las campañas, requeriría, advirtió el presidente del Tribunal, contar con personal cualificado y dedicado durante el período electoral.

¿Se puede mejorar la verificación de los estados financieros de los partidos? El Tribunal está convencido de que sí y así lo ha defendido en las Cortes. Para ello hace falta verificar de que los proveedores coinciden con los que el partido declara, y la forma más fácil de hacerlo es que la Agencia Tributaria dé cuenta al Tribunal de las operaciones entre proveedores y partidos políticos. “La posibilidad de hacer ese cruce de información nos permitiría ver si existe algún tipo de disfunción en esa materia”, reconoció el presiente del órgano fiscalizador hace apenas unos meses.

4. El problema del dinero de los grupos políticos

El dinero que reciben los grupos políticos de los partidos en los ayuntamientos, las asambleas autonómicas y las Cortes también representa un quebradero de cabeza para el tribunal, Y en las últimas semanas se ha convertido, además, en un arma arrojadiza utilizada por el PP y Ciudadanos para acusarse mutuamente de falta de transparencia.

El problema, en realidad, viene de lejos. Y las urgencias recientes con las que los partidos denuncian el problema apenas si pueden ocultar el hecho de que las Cortes llevan mucho tiempo ignorándolo.

El Tribunal sostiene que para que las cuentas anuales de los partidos sean representativas deberían integrar la actividad desarrollada por todos los grupos institucionales de las diferentes formaciones. Y señala, sin obtener respuesta, que la legislación debería establecer con toda claridad las condiciones y requisitos en las que los grupos institucionales pueden efectuar aportaciones a los partidos políticos, salvando así las diferencias entre la ley de financiación y la de bases del régimen local.

La primera de estas dos leyes considera recursos procedentes de la financiación pública, de los que pueden disponer los partidos, “las aportaciones que puedan recibir de los grupos parlamentarios de las Cortes, de las asambleas legislativas de las Comunidades Autónomas, de las Juntas Generales de los Territorios Históricos vascos y de los grupos de representantes en los órganos de las Administraciones Locales”. La segunda, sin embargo, limita el uso que se puede dar a ese dinero cuando procede de los ayuntamientos.

5. Los ‘agujeros’ de la ley

La deuda con los bancos de PP y PSOE aumentó en los dos últimos años fiscalizados por el Tribunal de Cuentas

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La reciente reforma de la legislación sobre financiación de los partidos se ha quedado corta. O mejor dicho, ha dejado muchos agujeros sin tapar. En primer lugar, el Tribunal de Cuentas echa en falta que se obligue a los partidos en situación patrimonial negativa a ajustar sus actividades económicas con objeto de alcanzar el necesario reequilibrio. Entre otros motivos, porque la mayoría de sus ingresos tienen origen público.

En segundo lugar, el organismo fiscalizador pone en duda la necesidad de mantener, “en el actual contexto social y político”, el dinero que los partidos se embolsan cada año con la excusa de que tiene que sufragar “gastos de seguridad”.

Pide además que la ley de financiación de los partidos defina “claramente lo que haya de entenderse por los conceptos de aportaciones y de donaciones, a fin de evitar dudas interpretativas”. Y que, después de haber prohibido que los bancos puedan perdonar sus deudas a los partidos, haga imposible que el pago no pueda eludirse “mediante la falta de pago de la deuda vencida de forma indefinida, de manera que, en la práctica, no se liquide”.

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