Las plataformas digitales de reparto tendrán hasta el 12 de agosto para contratar a sus trabajadores

infoLibre

Las plataformas digitales de reparto tendrán de plazo hasta el 12 de agosto para contratar a sus trabajadores como asalariados tras publicarse este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la llamada Ley de Riders, cuya entrada en vigor se producirá en tres meses a contar desde hoy, según informa Europa Press. La norma es fruto del acuerdo que alcanzaron el pasado mes de marzo el Ministerio de Trabajo y Economía Social, CCOO y UGT y las organizaciones empresariales CEOE y Cepyme y afecta a las relaciones laborales entre las plataformas dedicadas al reparto o distribución de cualquier producto o mercancía y sus trabajadores, es decir, que no afecta sólo a las empresas de reparto de comida a domicilio como Glovo, Uber Eats o Deliveroo.

La ley reconoce la presunción de laboralidad de los trabajadores que prestan servicios retribuidos de reparto a través de empresas que gestionan esta labor mediante una plataforma digital, en línea con la sentencia que dictó el Tribunal Supremo en septiembre de 2020, en la que establecía que los repartidores son trabajadores por cuenta ajena y no autónomos.

Asimismo, el decreto contempla que la representación legal de los trabajadores deberá ser informada de las reglas que encierran los algoritmos y los sistemas de inteligencia artificial que pueden incidir en las condiciones laborales por las que se rigen las plataformas, incluyendo el acceso y mantenimiento del empleo y la elaboración de perfiles.

El Gobierno aprobará este martes la ley de 'riders' que obliga a las plataformas a contratar a estos empleados

Ver más

En concreto, se recogerá en el Estatuto de los Trabajadores que todas las empresas (no sólo las plataformas de reparto) deben informar de los parámetros, reglas e instrucciones en los que se basan los algoritmos o sistemas de inteligencia artificial que afectan a la toma de decisiones que pueden incidir en las condiciones de trabajo, el acceso y el mantenimiento del empleo, incluida la elaboración de perfiles.

La vicepresidenta tercera del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, destacó en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que esta ley "va a cambiar el signo de los tiempos" y sitúa a España en la vanguardia de la legislación internacional en esta materia, pues "no hay ningún país en el mundo que se haya atrevido a legislar sobre esto".

La norma ha sido recibida entre críticas por las asociaciones de repartidores. Así, la Asociación de Plataformas de Servicios bajo demanda, que engloba a las principales plataformas de food delivery en España, Deliveroo, Stuart, Glovo y Uber Eats, ha lamentado la aprobación de esta ley por la vía de urgencia y sin debate parlamentario. "Lamentamos la aprobación, por la vía de urgencia y sin debate parlamentario, de un decreto que pone en riesgo el desarrollo de un sector que aporta más de 700 millones de euros al PIB español y que ha sido elaborado sin tener en cuenta a sus principales actores: restaurantes, plataformas y, lo más sorprendente, a los propios repartidores", denunció el martes la asociación en un comunicado.

Las plataformas digitales de reparto tendrán de plazo hasta el 12 de agosto para contratar a sus trabajadores como asalariados tras publicarse este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la llamada Ley de Riders, cuya entrada en vigor se producirá en tres meses a contar desde hoy, según informa Europa Press. La norma es fruto del acuerdo que alcanzaron el pasado mes de marzo el Ministerio de Trabajo y Economía Social, CCOO y UGT y las organizaciones empresariales CEOE y Cepyme y afecta a las relaciones laborales entre las plataformas dedicadas al reparto o distribución de cualquier producto o mercancía y sus trabajadores, es decir, que no afecta sólo a las empresas de reparto de comida a domicilio como Glovo, Uber Eats o Deliveroo.

Más sobre este tema
>