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El PP compara a España con Rumanía para cuestionar al Constitucional en Europa

El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde Pumpido, durante un reciente acto institucional en Cádiz, cuna del constitucionalismo español.

El objetivo está claro, deslegitimar al único alto tribunal que no copa la derecha judicial afín al PP, el Tribunal Constitucional (TC). Como si el equilibrio entre las sensibilidades progresista y conservadora en el máximo intérprete de la Constitución no oscilara con cada renovación, cada cuatro años, o los magistrados propuestos por ese partido no hubieran sido mayoría en el órgano de garantías hasta finales de 2022. Da igual. La formación que preside Alberto Núñez Feijóo no duda en usar todos los resortes para socavar la autoridad del TC. Ahora pretende que los tribunales ordinarios puedan impugnar ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sus resoluciones, como ya ha conseguido con la Audiencia de Sevilla en el caso de los ERE. Para lograrlo no duda en comparar a España con las democracias más cuestionadas en Europa por su falta de garantías. Primero fue con Polonia y Hungría. Ahora con Rumanía.

La decisión de la sección primera de la Audiencia de Sevilla, el tribunal que condenó en primera instancia a los expresidentes de la Junta de Andalucía Manuel Chaves y José Antonio Griñán (PSOE), de llevar a Luxemburgo la sentencia del Tribunal Constitucional que le obligó a rebajar las sentencias contra estos y otros cargos socialistas andaluces, tiene su origen en el PP. Es ese partido, que ejerce de acusación popular en el caso de los ERE, el que solicitó el pasado 10 de febrero a la Audiencia de Sevilla que planteara esa cuestión. En su escrito aseguró que el derecho español "no garantiza la independencia del Tribunal Constitucional, en particular respecto a los poderes Legislativo y Ejecutivo", tal y como exige el Tratado de la Unión Europea, lo que permitiría a la justicia ordinaria dejara de aplicar sus resoluciones. El argumento se recoge en una de las sentencia del TJUE de 2021 (caso Euro Box Promotion), la única que cita el PP y recoge la Audiencia de Sevilla en su propuesta de cuestión prejudicial.

Se trata de una resolución sobre un caso de Rumanía, un país que, desde su incorporación a la Unión Europea en 2017, tiene permanentemente monitorizada por la Comisión Europea la calidad democrática de su sistema judicial así como la de sus mecanismos de lucha contra la corrupción, un problema endémico en ese país. Un año antes de su adhesión, en 2006, el Ejecutivo comunitario aprobó un sistema de supervisión todavía vigente 19 años después que obliga a Bucarest a adecuar sus procesos judiciales a las exigencias de la UE y a presentar informes anualmente. También tiene que demostrar avances en las medidas que tome su Gobierno para la prevención y la lucha contra la corrupción. En los últimos años, Rumanía ha ido en varias ocasiones en sentido contrario al que le indicaba Europa. Como cuando en 2017 despenalizó por decretos delitos de corrupción y abuso de poder, lo que provocó amenazas de sanciones por parte de Bruselas.

Es en ese contexto –que jamás se ha dado en España– en el que ha de interpretarse la sentencia del TJUE invocada por el PP y acogida ahora por la Audiencia de Sevilla. La resolución establece que "las resoluciones del tribunal constitucional nacional vinculan a los órganos jurisdiccionales ordinarios, siempre que el derecho nacional garantice la independencia de dicho tribunal constitucional, en particular respecto de los poderes Legislativo y Ejecutivo". También avala que los jueces ordinarios no apliquen las sentencias del Tribunal Constitucional "cuando consideren, a la luz de una sentencia del TJUE" que son contrarias a las disposiciones de los tratados sobre la lucha contra el fraude en los fondos europeos. En ninguna de las sentencias del caso de los ERE aparece referencia alguna a estos fondos. Además, sus resoluciones en la justicia ordinaria no fueron pacíficas. La sentencia del Supremo que bendijo las condenas iniciales contó con el voto particular de dos magistradas.

El planteamiento de la cuestión prejudicial por la Audiencia de Sevilla –a petición del PP– ha provocado que el presidente del Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, haya planteado a los magistrados la apertura de un período de reflexión para evitar que, por esa vía, cualquier tribunal ordinario pueda cuestionar las resoluciones del tribunal de garantías y vaciarlo de autoridad. Tanto el presidente como el resto del grupo progresista cree que los artículos 4 y 92 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional le permite anular cualquier resolución contraria a sus sentencias. El Pleno no ha tomado por el momento ninguna decisión, aunque sopesa pedir informes técnicos sobre cómo actuar para evitar nuevos ataques de este tipo.

La posición de Conde-Pumpido y el resto del sector progresista ha recibido este miércoles el inesperado apoyo del presidente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Celso Rodríguez Padrón. Éste último ha firmado un voto particular contra la cuestión prejudicial al TJUE aprobada por mayoría sus dos compañeros en la Sala de lo Civil y Penal del tribunal madrileño en una cuestión resuelta en sentido contrario hasta cuatro veces por el Constitucional (con unanimidad de progresistas y conservadores) en un caso similar al de la Audiencia de Sevilla. Rodríguez Padrón les acusa de utilizar la consulta al tribunal europeo, no como un mecanismo judicial de resolución de dudas sobre el derecho europeo, sino como un recurso contra una sentencia del tribunal de garantías, algo a lo que no tienen acceso los jueces y tribunales sino solo las partes.

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