El Tribunal Constitucional (TC) blindó en diciembre de 2021 a Enrique Arnaldo ante una recusación sustentada en que su cercanía al PP y la publicación de artículos alineados con la formación conservadora vulneraban la apariencia de imparcialidad. En beneficio de Arnaldo, ahora encargado de proponer si se acepta o se rechaza el recurso del PP contra una ley –nada menos que la del aborto, a la que el magistrado también dedicó latigazos en la prensa–, el TC se aferró a lo que ya había dictaminado ocho años antes: exactamente en septiembre de 2013, cuando bajo mayoría conservadora libró de otra recusación por sintonía con la formación conservadora a su entonces presidente, Francisco Pérez de los Cobos, afiliado y donante del PP “al menos” entre 2008 y 2011.
Lo que, con mayoría conservadora al igual que en 2021, vino a decir el tribunal de garantías en el caso de Pérez de los Cobos se resume así: que una cosa es ser imparcial y otra neutral. Refrendado por un pleno donde ocupaba plaza de vocal del TC el actual consejero madrileño de Justicia, Enrique López, aquel auto no detalla cómo deben diferenciarse ambos conceptos.
El auto que hace 15 meses salvó a Arnaldo y Espejel de verse apartados del recurso planteado por independentistas catalanes y les preparó el terreno para mantenerse dentro del coso jurídico en el recurso contra la ley del aborto reproduce lo que en 2013 hizo constar el TC en relación a Pérez de los Cobos. La argumentación literal fue esta: “(…) la imparcialidad que exige el artículo 22 LOTC [Ley Orgánica del Tribunal Constitucional] no equivale a un mandato de neutralidad general o a una exigencia de aislamiento social y político casi imposible de cumplir en cualesquiera profesionales, también en los juristas de reconocida competencia”. En 2013, la resolución del TC registró dos votos particulares, es decir, discrepantes. En diciembre de 2021, recién estrenado el asiento de Arnaldo en el TC, el auto fue aprobado por unanimidad.
El papel que jugará el magistrado como quien ha de llevar la batuta en el recurso del PP gana ahora protagonismo en el debate abierto tras abstenerse en dos casos el exministro socialista Juan Carlos Campo y en uno la exdirectora general Laura Díez. También crece la relevancia de cómo, salvo sorpresa de última hora, Concepción Espejel participará en las deliberaciones y la votación sobre el recurso contra la ley del aborto. En 2009, cuando la norma se encontraba en tramitación parlamentaria, Espejel era vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). El órgano de gobierno de la judicatura avaló como constitucional la futura norma. Espejel se opuso emitiendo un voto particular.
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Es justo en medio de ese debate cuando el PP acaba de presentar el denominado Plan de Calidad Institucional. En el apartado dedicado al tribunal de garantías, el documento remarca lo que sigue: "El Tribunal Constitucional debe configurarse como una institución de prestigio, transparente y que dicte resoluciones en plazo. La excelencia profesional, desvinculación política y ejemplaridad de sus miembros debe ser incuestionable".
Ahora, la apariencia de imparcialidad estará muy presente en el primer cónclave del renovado Tribunal Constitucional. Este martes, el Pleno de la corte de garantías deberá decidir si acepta las renuncias que los dos magistrados designados por el Gobierno, el exministro de Justicia Juan Carlos Campo y la ex alto cargo de Moncloa y catedrática Laura Díaz, han planteado a la hora de participar en determinados recursos. El primero de ellos, ha pedido abstenerse en los casos sobre la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual –más conocida como la ley del sólo sí es sí– y sobre la decisión de la presidenta del Congreso de los Diputados y su actual pareja, Meritxell Batet, de no permitir que el diputado del PP Alberto Casero corrigiese su voto favorable a la reforma laboral. Batet, al fin y al cabo, es su actual pareja sentimental.
Díez, por su parte, ha pedido no participar en las deliberaciones sobre la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) en relación con la ley y el decreto-ley de la Generalitat que pone freno a la entrada del 25% de castellano en las aulas catalanas. En el pasado, la catedrática intervino como vicepresidenta del Consejo de Garantías Estatutarias, órgano asesor del Ejecutivo catalán, firmó dictámenes relacionados con esta cuestión.
El Tribunal Constitucional (TC) blindó en diciembre de 2021 a Enrique Arnaldo ante una recusación sustentada en que su cercanía al PP y la publicación de artículos alineados con la formación conservadora vulneraban la apariencia de imparcialidad. En beneficio de Arnaldo, ahora encargado de proponer si se acepta o se rechaza el recurso del PP contra una ley –nada menos que la del aborto, a la que el magistrado también dedicó latigazos en la prensa–, el TC se aferró a lo que ya había dictaminado ocho años antes: exactamente en septiembre de 2013, cuando bajo mayoría conservadora libró de otra recusación por sintonía con la formación conservadora a su entonces presidente, Francisco Pérez de los Cobos, afiliado y donante del PP “al menos” entre 2008 y 2011.