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El TC suspende la consulta alternativa del 9-N y el Govern la mantiene

El nuevo 9-N se estrella, como el anterior. El pleno del Tribunal Constitucional (TC), tal y como se preveía, resolvió este martes, tras una reunión de casi tres horas, admitir a trámite el recurso del Gobierno central contra la consulta alternativa promovida por Artur Mas y, por tanto, suspendió cautelarmente la convocatoria, a menos de cinco días de su teórica celebración. 

Era el camino esperado, ya que el Ejecutivo de Mariano Rajoy invocó el artículo 161. 2 de la Carta Magna, que establece que toda impugnación firmada por el presidente del Gobierno conlleva automáticamente la suspensión cautelar. Con ello pretendía bloquear, por segunda vez, los planes de la Generalitat de Catalunya de celebrar una consulta soberanista. Aunque no está claro que lo consiga, porque después de conocerse la providencia del TC, el Govern aseguró que todo seguía igual, que mantenía el proceso participativo, y que ha demandado al Ejecutivo ante el Tribunal Supremo.

El Gobierno de Mariano Rajoy pidió la "suspensión de la actividad que se está produciendo, así como de los restantes actos o actuaciones de preparación, realizados o procedentes, para la celebración de dicha consulta, y a cualquier actuación, aun no formalizada jurídicamente, vinculada a la referida consulta". Y el pleno del TC así lo acordó este martes: los magistrados procedieron a suspender "los actos impugnados (desde el 31 de octubre, fecha de interposición del recurso, para las partes del proceso y desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado para los terceros), así como las restantes actuaciones de preparación de dicha consulta o vinculadas a ella". 

No hay aviso expreso de obligación de cumplimiento

Lo que no incluye el TC en su providencia es la advertencia expresa al Govern sobre la obligación del cumplimiento de dicha suspensión vía el artículo 87.1 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC), a pesar de haberlo requerido el Gobierno en su texto de impugnación, presentado por la Abogacía del Estado. Este artículo establece que "todos los poderes públicos están obligados al cumplimiento de lo que el Tribunal Constitucional resuelva".

La suspensión es provisional. El TC no entra en el fondo del asunto y deberá decidir, en el plazo de cinco meses, si levanta la paralización o la prorroga. Ahora concede un plazo de veinte días a la Generalitat para presentar alegaciones.

En esta ocasión, no hubo reunión extraordinaria y urgente de los magistrados, como ocurrió el 29 de septiembre, con el referéndum catalán original. La institución tenía programada esta semana, de martes a jueves, reunión del pleno, pero el presidente, Francisco Pérez de los Cobos, sí decidió introducir este asunto a debate a primera hora de la mañana

El pleno llegó a la misma solución, la congelación, respecto a la consulta sobre las prospecciones petrolíferas en Canarias

Funcionarios "en la intemperie legal"

El Consejo de Ministros, previo informe favorable del Consejo de Estado, aprobó el recurso ante el TC contra la Generalitat de Catalunya el pasado viernes, que la vicepresidenta justificó por la necesidad de "asegurar el Estado de derecho y proteger la democracia", ya que entiende que el proceso participativo convocado (aunque no por escrito) por el Govern se trata de un verdadero referéndum, con una llamada al voto y porque las preguntas –las mismas que se formularon en la primera consulta suspendida– violan la soberanía nacional. Soraya Sáenz de Santamaría recordó que el nuevo 9-N no tiene "ninguna base legal" y ni siquiera las garantías democráticas "más básicas". No hay censo, ni una administración electoral supervisora, los que lo promueven defienden un resultado concreto y se organiza con voluntarios "captados, seleccionados e instruidos por los promotores". 

El Ejecutivo alegó que le impulsaba su deseo de proteger los derechos de los catalanes, sobre todo de los funcionarios públicos a los que la Generalitat, a su juicio, coloca en la "intemperie legal", ya que son ellos los que corren el riesgo de incumplir la ley, algo que Mas no hace al no firmar ningún decreto de convocatoria. 

Los fundamentos del Gobierno

Mas defendió que el nuevo 9-N no era una continuación de la consulta original, que era simplemente un proceso participativo. Sin embargo, el Gobierno entendió que la convocatoria, aunque no esté "formalizada jurídicamente", sí es sucesora de la primera, y se entiden "realizada mediante actos y actuaciones de la Generalitat". Entre estas, destacó la "información oficial" difundida a través de la página web oficial del Govern creada al efecto: http://participa2014.cat/, la apertura de un periodo de deliberación o el despliegue de una infraestructura para hacer posible la consulta.

El Consejo de Estado consideraba en su informe que el proceso participativo era aún más grave que el primer referéndum: que se tire de voluntarios o que no haya censo, "lejos de atenuar los vicios de inconstitucionalidad de que adolece el proceso, eleva –si cabe– la gravedad de los mismos, por cuanto [...] se omiten algunas de las más elementales garantías constitucionales [...], concretamente la neutralidad de los responsables del proceso y la previa determinación del universo de personas llamadas a votar", de modo que no tener en cuenta tales garantíás "atenta contra la libertad y la igualdad del sufragio que es regla habitual en cualquier sistema democrático". 

Homs: por la "libertad de expresión"

La Generalitat había presentado un escrito ayer lunes ante el TC para demandarle que no suspendiera el proceso participativo, porque no era sucesor del referéndum suspendido. El Ejecutivo de Rajoy, según alegó el Govern, debiera haber presentado un "incidente de ejecución" si creía que Mas no estaba cumpliendo con la paralización de la anterior consulta, en lugar de interponer un segundo recurso. Como ya dijo el president el pasado viernes, la Generalitat cree que el Ejecutivo se salta "la lógica del derecho" y cae en el "abuso de poder", porque limita la posibilidad de alegaciones por parte del Govern. El TC informó hoy de que esas alegaciones se incorporan al proceso.

Mas también dijo que, pese a la impugnación, los preparativos del 9-N seguirían adelante. Y hoy lo volvió a repetir el portavoz de la Generalitat, Francesc Homs: "Todo está a punto para el 9-N y el Ejecutivo catalán mantiene el proceso participativo, que es una forma de garantizar la libertad de expresión". Homs anunció que hoy se ha presentado una demanda contra el Ejecutivo central ante el Tribunal Supremo por considerar que atenta contra "el derecho de participación, contra el derecho a la libertad de expresión y contra el derecho de libertad ideológica", informa Europa Press.

Santamaría: "Ningún gobernante decide qué cumple y qué no"

La Generalitat se defenderá ante la decisión del TC este martes: "Presentaremos alegaciones para hacer entender que lo que el Gobierno español quiere prohibir no lo hacemos desde octubre". A su vez, Mas ha pedido reunir el Pacte Nacional pel Dret a Decidir, porque "hay que estar unidos para defender todos juntos y con rotundidad la libertad de expresión".

Por parte del Gobierno respondió la vicepresidenta. Santamaría exigió a Mas que acate la decisión del Alto Tribunal porque "ningún gobernante puede decidir lo que él cumple o deja de cumplir". "Todos los españoles y muy especialmente los gobernantes estamos obligados a cumplir con las decisiones de los tribunales en todos los ámbitos y en éste también", añadió, quien insistió en que el president de la Generalitat debe "respetar" esa providencia del TC, informa EP.

Energía, competencia del Estado

El pleno del TC también admitió a trámite el recurso del Ejecutivo contra la consulta ciudadana sobre las prospecciones petrolíferas frente a las costas de Lanzarote y Fuerteventura, programada en principio para el 23 de noviembre. El Ejecutivo también invocó el mismo artículo 161. 2 de la Carta Magna, de mdo que la congelación es automática.

No obstante, la medida no tiene ninguna virtualidad porque el Gobierno de las islas, que preside Paulino Rivero, ya decidió suspender cautelarmente la consulta a la espera de conocer la opinión del Alto Tribunal. 

El Gabinete de Rajoy entendió que las consultas ciudadanas mediante pregunta directa "constituyen materialmente un auténtico referédum, al contemplar una consulta al cuerpo electoral a través de un verdadero procedimiento electoral". Y esa potestad, la de convocar referendos, corresponde exclusivamente al Estado. Además, alegó que, habida cuenta de la pregunta realizada –"¿Cree usted que Canarias debe cambiar su modelo ambiental y turístico por las prospecciones de gas o petróleo?"–, la competencia en materia de energía pertenece sólo al Estado, en virtud de las reglas 13ª y 25ª del artículo 149. 1 de la Carta Magna.  

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