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El Tribunal Supremo da luz verde por unanimidad a la exhumación de Franco

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El Supremo asesta un duro golpe a la familia Franco y da luz verde a la medida estrella en materia memorialista del Gobierno de Pedro Sánchez. La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal ha avalado este martes por unanimidad la exhumación de los restos de Francisco Franco del Valle de los Caídos y ha rechazado la pretensión de los nietos del dictador de que la momia de su abuelo sea reinhumada en la cripta de la catedral de La Almudena, donde la familia tiene una sepultura a perpetuidad. Con esta decisión, los seis magistrados que se han encargado de resolver el asunto –Jorge Rodríguez, Pilar Teso, Celsa Pico, Pablo Lucas, José Luis Requero y Segundo Menéndez– dan el visto bueno a la decisión del Ejecutivo socialista de depositar los restos en el cementerio de El Pardo-Mingorrubio, el camposanto en el que se encuentra enterrada la mujer del dictador, Carmen Polo. La familia, por su parte, ya ha anunciado su intención de recurrir al Tribunal Constitucional.

La decisión del Supremo pone fin al complejo periplo judicial que ha ido tumbando el calendario manejado por Moncloa. El pasado mes de marzo, la familia interpuso un recurso contencioso-administrativo en el Alto Tribunal contra el acuerdo del Consejo de Ministros del 15 de febrero, que ponía fin al procedimiento administrativo para la exhumación del dictador y concedía medio mes más a los nietos para señalar un lugar de reinhumación compatible “con los parámetros legales y de orden público y seguridad ciudadana” –es decir, rechazando La Almudena–.  El Supremo admitió a trámite el recurso. A pesar de ello, en lugar de echar el freno el Gobierno pisó el acelerador y una semana después el Consejo de Ministros acordó que los restos serían trasladados el 10 de junio al cementerio de El Pardo-Mingorrubio ante el inmovilismo de la familia respecto a la cripta de la catedral. “No plantea problemas de orden público y seguridad ciudadana, ya que se ubica en un lugar aislado”, aseveró el Ejecutivo socialista.

Atendiendo a la petición de los nietos del dictador, el Supremo decidió a comienzos de junio suspender cautelarmente la exhumación hasta que resolviese el fondo del asunto. Y lo hizo teniendo en cuenta que “la mera posibilidad de que prosperaran las pretensiones cuando ya se hubiere producido la exhumación y fuere preciso llevar de nuevo los restos mortales exhumados a su actual sepultura, comportaría un muy grave trastorno para los intereses públicos encarnados en el Estado y en sus instituciones constitucionales”. “No hay ninguna duda de que en los acuerdos del Consejo de Ministros que han dispuesto la exhumación (…) está también presente el interés general –el que establece la Ley de Memoria Histórica–. Pues bien, teniendo en cuenta el estado actual de las actuaciones y que la tramitación restante no debe presentar, en principio, particulares dificultades, no hay razones que impidan resolver el recurso contencioso-administrativo en un plazo razonable”, completaba el auto.

Casi tres meses después de la suspensión cautelar, el Supremo resuelve el caso. El debate de este martes se centró en dos cuestiones fundamentales. La primera de ellas tenía que ver que ver sobre el procedimiento de exhumación del dictador en sí. Para la familia Franco, el Real Decreto-ley aprobado en agosto de 2018, el primer paso para la salida de los restos de Franco de Cuelgamuros, no concretaba la “urgencia” con la que se justifica el uso de dicho “instrumento excepcional”, algo que rechazó la Abogacía del Estado aseverando que concurrían “los requisitos constitucionalmente exigidos de necesidad y urgencia”. En este primer punto, donde prácticamente no había debate debido a la amplia jurisprudencia existente sobre exhumaciones, el Alto Tribunal ha dado la razón por unanimidad al Ejecutivo socialista.

Más debate parecía haber alrededor de la segunda cuestión a abordar. Porque, además de la salida de los restos del dictador, el Supremo también debía decidir si prevalecía el derecho de los nietos a decidir dónde enterrar a su abuelo o si por encima de eso se encuentra las razones de interés general, entre ellas la de seguridad, alegadas por el Gobierno para intentar que Franco no fuera a parar a la cripta de la catedral de La Almudena. En este sentido, la familia Franco defendía que la inhumación en la cripta de la catedral no aumentaría “significativamente los riesgos” en la zona de La Almudena, algo que sí pasaría en Mingorrubio, donde “no existen medidas de seguridad” y donde el riesgo de profanación del cadáver es “extraordinariamente alto”. Argumentos que rechazaba la Abogacía del Estado desacreditando el informe pericial presentado por los nietos del dictador. También por unanimidad, el Alto Tribunal ha terminado avalando el destino de los restos propuesto por el Gobierno socialista: el cementerio de El Pardo-Mingorrubio.

Recurso y bloqueo del levantamiento de la losa

A pesar de esta primera derrota, la familia Franco parece dispuesta a continuar con la batalla judicial. Este martes, Luis Felipe Utrera Molina, abogado de los nietos del dictador, deslizó en una entrevista en RNE que cabía recurso en caso de que el Supremo se posicionara del lado del Gobierno. “La familia desde un principio dijo que era una batalla que llevará hasta el final por sentido de dignidad”, apuntó, añadiendo que pueden solicitar amparo ante el Tribunal Constitucional y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. De hecho, los Franco ya plantearon al Alto Tribunal la necesidad de elevar una cuestión de inconstitucionalidad al TC sobre el asunto objeto de debate. En cuanto a Estrasburgo, la familia se escuda en una sentencia del TEDH en la que se condenó a Polonia por exhumar a dos hombres sin el consentimiento de las viudas. 

Tras conocerse la decisión del Supremo, la vicepresidenta del Gobierno en funciones, Carmen Calvo, anunció en declaraciones a la Cadena Ser que el Ejecutivo socialista intentará exhumar al dictador y enterrarlo en Mingorrubio “antes de la campaña electoral”. Sin embargo, todavía queda una piedra en el camino en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Madrid. El pasado febrero, el juez José Yusty Bastarreche aceptó las medidas cautelarísimas dirigidas contra el informe del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial en relación a la licencia para levantar la losa de la tumba de Franco. Y lo hizo señalando que las obras no eran seguras. Ahora, este juez, que hace algunos meses se pronunció en un artículo contra el Gobierno por querer “revivir todos los hechos que llevaron a la Patria a aquellos momentos difíciles”, tendrá que decidir si mantiene esas medidas cautelarísimas.

El Supremo asesta un duro golpe a la familia Franco y da luz verde a la medida estrella en materia memorialista del Gobierno de Pedro Sánchez. La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal ha avalado este martes por unanimidad la exhumación de los restos de Francisco Franco del Valle de los Caídos y ha rechazado la pretensión de los nietos del dictador de que la momia de su abuelo sea reinhumada en la cripta de la catedral de La Almudena, donde la familia tiene una sepultura a perpetuidad. Con esta decisión, los seis magistrados que se han encargado de resolver el asunto –Jorge Rodríguez, Pilar Teso, Celsa Pico, Pablo Lucas, José Luis Requero y Segundo Menéndez– dan el visto bueno a la decisión del Ejecutivo socialista de depositar los restos en el cementerio de El Pardo-Mingorrubio, el camposanto en el que se encuentra enterrada la mujer del dictador, Carmen Polo. La familia, por su parte, ya ha anunciado su intención de recurrir al Tribunal Constitucional.

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