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14F | Elecciones en Cataluña

Los vaivenes sobre el 14F ponen en riesgo el recuento del voto exterior en Cataluña

Papeletas en un colegio electoral.
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El aplazamiento de las elecciones catalanas del 14 de febrero y la posterior suspensión cautelar de esa cancelación por parte de los tribunales hizo que los plazos para preparar los comicios y que todo esté listo para la fecha inicial se reactivaran con cuatro días de retraso, los cuatro días en que estuvo en vigor el decreto de la Generalitat que posponía la cita al 30 de mayo. Los preparativos se aceleraron y hubo trámites que se tuvieron que acortar a consecuencia de los días perdidos, pero en general todo lo que hay que hacer –confirmación de candidaturas, elección de miembros de las mesas, tramitación del voto por correo, etc.– se está cumpliendo en plazo para llegar al día 14 con los deberes hechos.

Sin embargo, el problema que podría surgir como consecuencia de la ampliación de plazos establecida para compensar las jornadas el retraso en la tramitación es el voto del censo electoral de residentes ausentes (CERA), es decir, de los residentes en el extranjero, tal y como explican a infoLibre fuentes de la Junta Electoral Central (JEC). En concreto, los posibles contratiempos podrían venir en el momento del recuento de esos sufragios, que se acumulan en los consulados españoles y una vez recopilados se envían a España por valija diplomática.

Una vez que se reanudaron los preparativos después de que se conociera que las elecciones estaban fijadas provisionalmente el 14 de febrero, la JEC recibió diferentes solicitudes tanto de la Generalitat como de partidos catalanes solicitando ampliación de plazos para hacer ciertos trámites o reducción de otros para llegar listos a la fecha. Una de esas ampliaciones fue del tiempo del que disponen los electores que viven fuera de España para enviar su voto al consulado o depositar su sufragio allí físicamente. 

Tanto uno como otro trámite solían hacerse días antes de la fecha de los comicios, ya que el envío de los votos depositados por los electores residentes en el extranjero suele llevar unos días. Pero ahora, se han ampliado los plazos para ejercer el derecho al voto: por correo, hasta el sábado 13 de febrero, mientras que presencialmente, hasta el mismo día 14, en virtud del acuerdo alcanzado el 22 de enero por la JEC.

¿Llegarán los votos para el escrutinio general?

Dado que los consulados pueden recibir sufragios hasta el mismo domingo por la noche, el problema que se podría plantear es si todos esos votos llegarán a tiempo el miércoles o jueves siguiente, que es cuando está dispuesto en la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG) que se debe hacer el escrutinio general y proceder a la proclamación de los candidatos electos. Cataluña no tiene ley electoral propia, a diferencia de otras comunidades autónomas como Galicia, en cuya norma ya se tiene en cuenta la importancia del voto exterior y por ello prevé un plazo más amplio para recibir los sufragios del CERA.

El envío de los sufragios de los residentes en el extranjero corre a cargo del Ministerio de Asuntos Exteriores, según las fuentes consultadas, y se hace a través de valija diplomática, por lo que el departamento que dirige Arancha González Laya deberá hacer las gestiones oportunas para asegurar que los sufragios lleguen a tiempo según lo establecido en la LOREG, que es la legislación que rige en Cataluña para preparar, gestionar y llevar a cabo los procesos electorales.

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Este contratiempo con el voto CERA, que aún está pendiente de que se solvente en forma y plazo, no ha sido el único con el que se han encontrado tanto la JEC como la Generalitat catalana una vez reactivados todos los procesos para que el 14 de febrero puedan abrir los colegios electorales. Desde el organismo estatal de supervisión de los comicios ya se había dispuesto que el plazo para solicitar este voto exterior se incrementara hasta el 19 de enero. La suspensión de las elecciones paró todos los procedimientos, pero la reanudación de los preparativos después hizo dudar acerca de si era necesario compensar los días que el plazo había estado suspendido.

Así, la JEC decidió el viernes pasado que se podrían seguir enviando solicitudes hasta el pasado martes, 26 de enero, según las mismas fuentes. Para ello, recurrieron a un artículo de la LOREG que permite ampliar el periodo previsto si se producen impugnaciones a las candidaturas presentadas. En este caso no ha habido ninguna impugnación, si bien los integrantes de la JEC consideran que esta previsión en la legislación electoral puede aplicarse para esta eventualidad sobrevenida en el voto CERA.

Mientras, el proceso electoral sigue su curso y los partidos ya están inmersos en la campaña electoral, que comenzó este viernes. Justo este día los magistrados del TSJC confirmaron de forma definitiva que se mantiene la convocatoria para el 14 de febrero, al haber estimado los recursos presentados contra el decreto de aplazamiento de la Generalitat. Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, pero esa impugnación no tendría carácter suspensivo de la ejecución de la medida adoptada, con lo que no afectaría al mantenimiento de los comicios en la fecha prevista.

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