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DECISIÓN DEL TRIBUNAL SUPREMO

La banca presiona para evitar el pago retroactivo del impuesto de las hipotecas

El presidente de Bankia, José Ignacio Goirigolzarri.

“No contemplamos un escenario diferente”, subrayó el consejero delegado de Bankia, José Sevilla, durante la presentación de los resultados de la entidad financiera el pasado lunes, tras descartar que el Tribunal Supremo vaya a aplicar con carácter retroactivo la sentencia del pasado día 16 que obliga a los bancos a pagar el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD) de los préstamos hipotecarios. De hecho, Sevilla aseguró que Bankia ni siquiera ha calculado el impacto que la medida puede tener sobre sus cuentas. Tres días antes, el consejero delegado de Caixabank, Gonzalo Gortázar, admitió incluso que no ha hecho ningún tipo de provisión en sus cuentas para afrontar un posible revés.

En la misma dirección han empujado también el consejero delegado del BBVA, Carlos Torres; el del Santander, José Antonio Álvarez; el del Banco Sabadell, Jaume Guardiola, y de Bankinter, María Dolores Dancausa. Apoyados por el presidente de AEB, la patronal bancaria, José María Roldán. Todos ellos repiten que no debería aplicarse con carácter retroactivo la sentencia, una decisión que el Supremo tomará el próximo 5 de noviembre,cuando el pleno de la Sala de lo Contencioso debata si mantiene o no el cambio de criterio derivado de la polémica sentencia del 16 de octubre, que obliga a pagar a los bancos, y no a los ciudadanos como hasta entonces, el citado impuesto.

El argumento que utilizan los cincos banqueros para defender la no retroactividad es básicamente el mismo: “La sentencia [del TS] dictamina que una norma que ha estado en vigor 23 años, que había sido confirmada por el Tribunal Constitucional y que hemos venido aplicando, no es válida, pero no tiene sentido penalizar a las entidades por haber cumplido una norma”, explicó Gortázar tras anunciar unos beneficios de 1.768 millones de euros en los nuevo primeros meses del año, un 18,8% más que el ejercicio anterior. “No ha habido una mala práctica”, abundó, “no vemos que debamos tener un perjuicio ni sufrir un impacto económico”. El presidente de Bankia, José Ignacio Goirigolzarri, asegura que la banca ha actuado desde los años 90 “de buena fe”, “como un ciudadano responsable y disciplinado”, de manera que si el Supremo decide modificar la norma ese cambio debe ser “de cara al futuro, no puede afectar al pasado”.

Mientras, el consejero delegado del BBVA, que tampoco ha medido el impacto de la sentencia del Supremo, ha aludido a la seguridad jurídica, un principio “sagrado” y “una garantía para los ciudadanos y para las empresas”. Y Guardiola, del Sabadell, al “sentido común” y la “lógica”. Tras calificar la situación causada por la sentencia de “insólita”, Dancausa, del Bankinter, destacó que todas las partes pierden, las instituciones a las que se pone en cuestión, los bancos que se desplomaron en la Bolsa y los clientes, “a quienes se está generando unas expectativas de obtener ingresos adicionales que finalmente podrían no cumplirse”. “No veo ninguna razón para que exista retroactividad”, descartó el consejero delegado de Banco Santander, José Antonio Álvarez, quien dijo que cambiar el sujeto pasivo del impuesto es “una cosa extraña”.

El presidente de la patronal bancaria aportó un segundo argumento. Los ingresos recaudados por el impuesto están en las arcas de las haciendas autonómicas, que son las encargadas de recaudarlo. “La banca no puede devolver algo que no tiene”. Según apuntó José María Roldán, además, los cambios tributarios “no pueden tener retroactividad”.

Un extremo que niega el profesor de Derecho Tributario de la Universidad Complutense Leolpoldo Gandarias: “No es cierto, el Tribunal Constitucional ha admitido la retroactividad en grado medio de las normas tributarias en muchas ocasiones”. Sólo que en este caso no se trata de una norma, sino la sentencia de un tribunal. Y tampoco debe hablarse de retroactividad, sino de una norma de prescripción. “Estamos hablando de un ingreso debido que deviene indebido, por lo que los contribuyentes pueden reclamar a las haciendas públicas para recuperarlos”, con el límite de cuatro años que marca la Ley General Tributaria en su artículo 66. “Es el derecho subjetivo del contribuyente por antonomasia”, zanja Gandarias.

Principio de confianza legítima

El Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados se ingresa en las Haciendas autonómicas. Pero eso es ante ellas ante las que debería eventualmente reclamar el cliente del banco que suscribió la hipoteca. En relación con las entidades financieras la cuestión clave es si, a su vez, las haciendas autonómicas pueden reclamar a los bancos el impuesto que no pagaron antes (ya que lo hacía el cliente). Gandarias cree que sí tienen derecho a exigirlo. Pero también esgrime otra sentencia del Supremo, del mismo ponente, además, que la del 16 de octubre, Jesús Cudero, donde el tribunal se basa en el principio de confianza legítima para dictaminar que la Administración no puede “exigir un tributo con carácter retroactivo, en relación con momentos no afectados por la prescripción” si el contribuyente se había ajustado al criterio en vigor entonces, aunque luego éste hubiera sido modificado. La diferencia con el caso actual, precisa el profesor de la Complutense, es que el cambio de criterio ha sido inducido por una sentencia, no lo ha ejecutado la Administración por iniciativa propia.

Leopoldo Gandarias asegura que no existe la “retroactividad total” y que “nadie está tentado de ir más allá de los cuatro años” que marca la ley. “Se trata de una relación tributaria –contribuyentes, no consumidores–, sometida a los límites de la prescripción tributaria”, concluye. A su juicio, “admite debate” si las haciendas públicas pueden reclamar el impuesto a los bancos, pero no “el derecho subjetivo del contribuyente a pedir la devolución del ingreso indebido”.

Entre 700 y 16.900 millones de euros

Los bancos dicen que no han calculado el impacto de la sentencia del Supremo en sus cuentas. Pero las firmas de inversión y las agencias de calificación se han puesto enseguida a echar cuentas. Y consideran que lo más probable es que la devolución del impuesto no se extienda más allá de los cuatro años en que está limitada por ley la prescripción tributaria.

Goldman Sachs cifra en unos 3.768 millones de euros el posible coste para la banca de la devolución del IAJD de los últimos cuatro años. A su juicio, las entidades más perjudicadas serán Bankia y Bankinter si el impacto se mide en la pérdida de puntos básicos del capital de máxima calidad (CET1), 86 y 87 puntos básicos respectivamente.

En el caso de que la retroactividad fuera total, como ocurrió con las cláusulas suelo, el coste se elevaría a 6.281 millones de euros. También Bankia y Bankinter serían las más afectadas –con una pérdida de 143 y 145 puntos básicos del capital de mayor calidad–. En cifras absolutas, en cambio, las mayores pérdidas corresponderían, en cambio, a Caixabank –1.290 millones de euros en el peor escenario, 774 millones en el más moderado– y BBVA –1.199 millones de euros y 719 millones–.

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La agencia de calificación DBRS, la única que evalúa la deuda soberana española para el Tesoro Público, rebaja sustancialmente los costes de la sentencia del TS. En el supuesto de que sólo deba devolverse el impuesto de los últimos cuatro años, el impacto será de 2.300 millones de euros, el 26% del beneficio neto acumulado en los últimos cuatro trimestres. Si la decisión se aplicará sólo a partir de la fecha de la sentencia, el coste se reduciría a 700 millones, el 8% del beneficio de cuatro trimestres. Si la retroactividad se extiende hasta 15 años, el perjuicio ascenderá a 16.900 millones de euros, el equivalente a dos años de beneficios netos. DBRS considera el segundo escenario como el más probable.

Sobre la posible repercusión de ese impacto sobre los clientes, la banca también está siendo unánime. José María Roldán ha advertido de que el aumento de costes se traducirá en una “reconsideración de la política comercial de las entidades”. Pero los banqueros hacen depender el cambio, una subida en el precio de las hipotecas, del grado de competencia en el sector. “Es bastante intensa”, resaltó José Sevilla, “y será la que dicte los precios del mercado hipotecario”.

No obstante, los cinco principales bancos acaparan el 80% del mercado tras el intenso proceso de concentración que ha seguido a la crisis financiera. Sólo en el último año Santander ha absorbido al Banco Popular y Bankia a BMN. Y no se descartan más fusiones en los próximos años.

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