BANCA
La Defensora del Pueblo exige a la CNMV más protección a los inversores
La Defensora del Pueblo, Soledad Becerril, ha exigido a la Comisión Nacional de Mercado de Valores (CNMV) "mayores competencias" que permitan una mayor protección a los inversores ante el alto número de quejas, reclamaciones y sentencias judiciales que evidencian el ineficaz control en las preferentes, informa Europa Press.
Según consta en el comunicado de prensa de 2012 remitido por la institución que encabeza Becerril, el control preventivo ejercido por la CNMV no ha resultado eficaz ante la avalancha de denuncias por parte de los inversores. Para la Defensora del Pueblo, este hecho es un claro ejemplo de que el sistema de control y supervisión no ha funcionado "como debiera" y recomienda al organismo promover un acuerdo entre inversores y las entidades financieras.
Además, el informe anual del organismo recalca que el Gobierno, a través de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, ha puesto límites a la comercialización de estos productos financieros a clientes minoristas al considerar que son "altamente complejos" y "desaconsejados" para este tipo de inversores.
El reprobable comportamiento de las cajas
El Alto Comisionado señala además que algunos bancos han tenido un comportamiento "absolutamente censurable" con sus clientes, al venderles productos financieros sin informarles del alto riesgo y de la complejidad que corrían al contratarlos. Para evitar que se repitan estas situaciones, Becerril ha pedido al Banco de España y a la CNMV que las cajas informen con mayor claridad y transparencia, mediante "claras advertencias" sobre el riesgo de los diversos productos financieros.
Incluso aconseja al Banco de España que modifique la ley que regula los horarios para ingresar este tipo de operaciones, ya que los considera "muy restrictivos". Según explica, el cliente debería poder hacerlo mientras permanezca abierta la sucursal.
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"La opinión del Banco de España es que no existe disposición legal que establezca un determinado horario como obligatorio para que las entidades de crédito admitan ingresos y realicen pagos a sus clientes o a terceros por cuenta de aquellos; ni tampoco dicha actuación incide en la posible infracción de normativa de disciplina bancaria", recuerda la Defensora del Pueblo. En este sentido, Becerril señala que los bancos "se obligan a efectuar, por cuenta de su cliente, los cobros y los pagos que éste le ordene" y considera que al limitar el horario, las sucursales "podrían estar incumpliendo esta obligación".
Para mejorar esa claridad, Becerril recomienda que, al tratarse de una limitación sustancial "debería constar en las condiciones del contrato las limitaciones del horario" y no sólo avisando al público con carteles informativos en las diferentes oficinas.
Por su parte, el Banco de España ha trasladado esta recomendación a la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera del Ministerio de Economía y Competitividad (órgano encargado para habilitar esta media), pero el Ministerio de Economía aún no ha respondido a la propuesta, según el informe del Alto Comisionado.