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De los Sanfermines a Igualada: así ha cambiado el tratamiento a las víctimas de violencia sexual en 6 años

La Audiencia de Barcelona juzga a partir de este lunes a Brian R.C.M, acusado de la brutal violación de una menor de 16 años que regresaba a casa de una discoteca de Igualada (Barcelona) la madrugada del 1 de noviembre de 2021.

"Lo peor no fue la situación vivida, sino todo lo que vino después". Tres años después de sufrir la violación en los sanfermines de 2016, la víctima de La Manada lamentó así, a través de una carta, que el proceso que tuvo que soportar para ver a sus agresores juzgados y condenados fue un camino marcado por la continua duda sobre sus palabras, por el cuestionamiento de su comportamiento aquel 7 de julio. Por un machismo que no sólo se manifestaba fuera del tribunal, sino que también lo hacía desde dentro. Este lunes ha comenzado en la Audiencia de Barcelona el juicio a Brian Raimundo C., el acusado de violar a una chica —entonces menor de edad— en la madrugada del día de Todos los Santos de 2021 en Igualada (Barcelona). Han pasado seis años entre ambos juicios. Y parece que no han sido en balde.

La madrugada del 1 de noviembre, un camionero encontró el cuerpo de una joven tirado sobre el asfalto cuando conducía su camión hacia la nave de su empresa. Paró inmediatamente y llamó a emergencias. "Había mucha sangre", ha relatado ante el tribunal este lunes. Cinco meses después los Mossos d'Esquadra detuvieron al responsable: Brian Raimundo, un joven que en aquel entonces tenía 20 años y que, a la espera de sentencia, se encuentra en prisión provisional. La Fiscalía pide para él una pena de 45 años de cárcel por agresión sexual y asesinato en grado de tentativa, el pago de una indemnización de 260.000 euros para la víctima y una pena adicional de 10 años de libertad vigilada cuando haya cumplido la condena. Él todavía no ha declarado: lo hará el viernes, en la última sesión del juicio, y a petición de su abogado.

Ella tampoco lo ha hecho, pero en su caso ha sido por decisión del tribunal, que ha decidido evitar una revictimización y anular su declaración por videoconferencia, empleando en su lugar el testimonio que ya ofreció en la fase de instrucción del caso. Es decir, la prueba preconstituida.

No ha sido sólo eso: sus palabras se han escuchado a puerta cerrada y sólo han podido hacerlo los jueces, la fiscal y los abogados presentes en la sala. Un biombo, mientras tanto, ha separado al acusado de las imágenes de la víctima, de la que no ha podido ni ver su rostro. En paralelo, la presidenta del tribunal, Montserrat Comas, ha insistido en que está prohibido expresamente difundir la identidad o la imagen de la víctima, algo que este mismo lunes ha hecho extensivo a sus familiares.

La "valentía" para denunciar

No son cuestiones menores. Volvamos al caso de La Manada. El dictamen de la Audiencia Provincial de Navarra calificó lo sucedido de abuso, en lugar de agresión sexual —en aquel entonces los delitos estaban diferenciados—, lo que provocó un clamor popular en el que miles de mujeres salieron a las calles de toda España para expresar dos cosas: el apoyo a la víctima y el rechazo a lo que consideraban una "justicia patriarcal". "Jueces machistas violan la justicia", llegó a leerse en algunas pancartas.

Un voto particular de aquella sentencia, el de Ricardo Gómez, aseguraba que ni siquiera había un abuso. La víctima, a su juicio, no sintió "disgusto, rechazo, asco, sufrimiento, dolor o descontento" durante la violación. Al contrario, bajo su mirada aquella escena era una muestra de "jolgorio" entre jóvenes

Pero hay más ejemplos. La jueza María del Carmen Molina Mansilla, entonces titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Vitoria, preguntó a otra víctima de agresión:  "¿Cerró bien las piernas? ¿Cerró toda la parte de los órganos femeninos?"

El mensaje que se traslada en todos estos casos es el mismo: las mujeres están desprotegidas.

Los datos reflejan que son pocas las mujeres víctimas de agresiones sexuales que denuncian el delito. Según la última Macroencuesta de violencia contra la mujer, elaborada en 2019 por el Ministerio de Igualdad y una de las principales radiografías sobre la violencia machista, tan sólo el 8% de las mujeres que han sufrido violencia sexual fuera de la pareja ha denunciado en la policía o en el juzgado. "Para las víctimas de violencia sexual, el sistema judicial sigue siendo una trituradora, por eso muchas no llegan", critica Bárbara Tardón, doctora en Estudios Interdisciplinares de Género (UAM) y especialista en violencia sexual. Otro dato: el 33,8% de las que denunciaron dijo estar bastante o muy insatisfecha con la atención recibida por parte de las autoridades.

Sin embargo, los últimos informes de criminalidad realizados por el Ministerio del Interior —más recientes— reflejan un cambio de tendencia. O así al menos lo entiende la propia institución, que explicó en el último informe específico sobre los ataques a la libertad sexual referido a 2022 que el incremento de los delitos sexuales conocidos en España está relacionado "con las activas políticas de concienciación y de reducción de la tolerancia social y personal frente a este tipo de hechos delictivos, que se traducen en una mayor disposición de las víctimas a denunciarlos". En concreto, el documento recogía que las fuerzas de seguridad tuvieron conocimiento de 19.013 delitos de este tipo en 2022, un 11,7% más que un año antes. Ahora, las cifras del primer trimestre de este 2024 recogen 4.568 delitos de este tipo, un 6,4% más que en el mismo periodo del año anterior (cuando la cifra se situó en 4.293).

Aun así, la jurista Altamira Gonzalo no desdeña la dificultad de denunciar estos delitos. "Las víctimas han sido siempre las partes más olvidadas en los procesos penales, y las víctimas en procesos penales por agresiones sexuales o violencia machista normalmente sufren consecuencias dilatadas en el tiempo y difíciles de curar", señala. La Macroencuesta, en este sentido, cifra en un 53% el porcentaje de mujeres que, tras haber sufrido violencia sexual fuera de la pareja, ha padecido graves consecuencias: el 19,7% ha tenido depresión, el 30,8% pérdida de autoestima y el 32,5% ansiedad o fobias. Por eso, dice Gonzalo, "hay que tener mucho cuidado en no revictimizarlas más después de haber tenido la valentía suficiente como para denunciar". "Hay que ser valiente para hacerlo sabiendo que luego puede haber situaciones muy duras", señala.

Convenio de Estambul, ley del sólo sí es sí y estatuto de la víctima

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Pero no debería haber sido así desde 2014, recuerda la jurista. Fue entonces cuando España ratificó el Convenio de Estambul promovido por el Consejo de Europa y suscrito por 45 países del continente y por la propia Unión Europea. "Este instrumento jurídico vinculante dispuso los especiales cuidados que hay que tener con el tratamiento de las víctimas de cualquier tipo de violencia machista en los procesos judiciales", recuerda Gonzalo. E introdujo el deber de utilizar la prueba preconstituida —como ha permitido la magistrada en este caso— "para evitar que la mujer tenga que ir y contar lo que ocurrió varias veces durante el proceso" en el que, además, "una variación de una coma ya supone una sospecha".

Sin embargo, hasta la aprobación de la ley del sólo sí es sí, España no trasladó esta norma a su legislación. Y aunque ya está en vigor, en la mayoría de ocasiones no se cumple, lamenta Tardón, porque los juzgados todavía no se han adaptado a ella. Que la Audiencia de Barcelona por tanto haya adoptado estas medidas es positivo, señala la experta, pero todavía "residual". "La ley del sí es sí recoge lo que señala el Convenio de Estambul e incluso lo mejora, pero todavía no se ha implementado al completo, así que todo depende de la interpretación de los jueces", continúa. Y no todos están formados o aplican perspectiva de género en sus decisiones, aunque en 2019 entró en vigor la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) para adaptar las medidas del Pacto de Estado contra la Violencia de Género relativas a la formación de los operadores jurídicos.

Pero hay más normas que aplican en este caso. Una es el Estatuto de la Víctima de Delito, aprobado en 2015 y que incluía también derechos procesales, y otra la Ley Integral de Protección a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia (LOPIVI), puesto que la víctima, en el momento del presunto delito, era menor de edad. Por tanto, reivindica Tardón, las medidas adoptadas por la magistrada de la Audiencia de Barcelona, son "una obligación del sistema judicial". "No son concesiones ni favores", reivindica. E insiste en la necesidad de aplicarlas en todos los casos. No sólo en los "mediáticos" que, como este, pueden dar la sensación de un cambio que, en realidad, no se ha producido.

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