IGUALDAD

Las lecciones que deja el juicio contra Alves sobre consentimiento, estereotipos y violencia sexual

El futbolista Dani Alves en el juicio acusado de agredir sexualmente a una joven. En la Audiencia de Barcelona el lunes 5 de ferbero de 2024.

Tras un juicio que se ha prolongado durante tres sesiones a lo largo de la semana, los jueces tendrán que deliberar sobre la responsabilidad del futbolista Dani Alves en la agresión sexual contra una joven la noche del 30 de diciembre de 2022 en Barcelona. Por los pasillos de los tribunales han ido deslizándose las palabras del futbolista –resultado de hasta cinco versiones distintas–, las vivencias de la propia víctima y los relatos de los distintos testigos. El recorrido judicial del caso, ahora visto para sentencia, deja tras de sí algunas lecciones en clave de género sobre consentimiento, estereotipos y violencia. Así lo analizan las expertas.

Las lesiones y el consentimiento

Una de las cuestiones sobre la mesa durante el juicio tuvo con ver con la ausencia de lesiones vaginales en la víctima, como prueba de que no existió violencia y sí medió el consentimiento. Ante esta idea, la réplica de los forenses fue clara: "No encontramos ninguna lesión, pero eso no quiere decir que no se hubiera producido una relación no consentida".

Según la Macroencuesta de violencia contra la mujer, elaborada en 2019 por el Ministerio de Igualdad y una de las principales radiografías sobre la violencia machista, el 83,5% de las víctimas de violencia sexual fuera de la pareja declara no haber sufrido lesiones físicas como consecuencia de esta violencia. El paradigma cambia cuando se trata de secuelas psicológicas: el 52,9% dice haber experimentado alguna.

En el caso concreto de las víctimas de una violación –el estudio fue realizado cuando aún existía distinción entre abuso y violación, basada precisamente en la existencia de violencia e intimidación–, el 61,3% declara no haber sufrido ninguna lesión física, mientras que el 78,9% sí reconoce consecuencias psicológicas.

El análisis sobre el papel de la violencia y el consentimiento, afirma la jueza Lucía Avilés, está muy relacionado "con la significación de las violencias sexuales en un sentido jurídico y en relación a la ley del sólo sí es sí". La reforma penal de 2022 hace girar la violencia sexual en torno a la existencia de consentimiento en un sentido positivo, pero desplaza a un segundo plano la presencia de violencia. Siguiendo la estela del Convenio de Estambul, el "consentimiento es el epicentro de las violencias" y por tanto "lo que hay que acreditar es si existió consentimiento", señala la magistrada. La constatación de lesiones físicas "puede ser determinante de una modalidad agravada, pero no forma parte del elenco probatorio".

No sólo "no es indicio de nada", observa la jurista Altamira Gonzalo, sino que "es una manera indirecta de volver a la exigencia de la resistencia heroica", un extremo que "ya hemos superado".

La abogada María Naredo interpreta la narrativa en torno a las lesiones como una de las grandes "constantes en la experiencia de las víctimas". Sin embargo, dice en conversación con este diario, lo cierto es que "la ausencia de consentimiento no tiene en absoluto por qué acarrear lesiones: ni corporales, ni desgarros vaginales". En parte, añade, porque la víctima "muchas veces no opone resistencia o porque se queda paralizada", en ocasiones como una forma de "estrategia de supervivencia o como una reacción cualquiera".

El comportamiento previo

El relato de Dani Alves acerca de lo sucedido la noche del 30 de diciembre, incluye una valoración explícita sobre la conducta de la víctima y su entorno momentos antes de la agresión: "No estaban incómodas, para nada". Sobre la denunciante, el futbolista añade: "Estuvimos bailando, interactuando. Estábamos ya más cercanos, empezó ella a bailar más pegada a mí, a rozar sus partes con las mías. Un baile típico de discoteca, perrear. Un baile un poco más pegado. Puso la mano para atrás y empezó a tocarme las partes. Me dijo que sí para ir al baño, no tuve que insistir". 

En este punto coexisten dos cuestiones clave desde una perspectiva de género: juzgar el comportamiento previo de la víctima y asumir que su conducta justifica la violencia posterior. "Me da igual que ella estuviera perreando o que le pusiera las nalgas, cuando ella dijo ‘no’ es ‘no’. Y precisamente por eso se cambió la ley", acertó a señalar la abogada de la víctima.

El propio Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) establece, en sus recomendaciones generales, desterrar los estereotipos sobre "cómo se comporta la víctima antes, durante y después" porque se trata de mitos "basados en creencias, no en hechos", recuerda Avilés. En ese sentido, la jueza subraya que el deber de la justicia es "evitar preguntas que supongan una inferencia en la vida de las víctimas".

"Bailar, perrear o flirtear antes no quiere decir que estés consintiendo", destaca la jueza, pero además la existencia de un consentimiento previo relativo al acercamiento, al baile o al afecto puntual, "no quiere decir que no puedas cambiar de opinión". El consentimiento no siempre es lineal, ni tampoco extensible a cualquier práctica. Según uno de los empleados de la discoteca, la víctima reconoció saber "a lo que iba al baño, pero que después no quiso: llegó un momento en que se arrepintió de estar ahí".

Para Gonzalo, es fundamental analizar y valorar el papel que juega el consentimiento siempre "desde una perspectiva de género y sin prejuicios patriarcales". Es decir, sin dar por sentado que "el hecho de que una mujer dé un beso a un hombre significa que está dispuesta a que el varón haga lo que quiera". En ese sentido, "un baile con una aproximación física" no concede carta blanca y tampoco tiene validez, según la jurisprudencia, que una mujer haya consentido "tener relaciones sexuales en otro momento, o que se preste el consentimiento para un beso o para un abrazo" a la hora de determinar la existencia de violencia sexual.

A Naredo no le sorprende la argumentación de la defensa: "Responde a una visión patriarcal que ha venido acompañando a todos los procesos de violencias sexuales desde siempre", asiente, un escenario que "no cambia de un día para otro". En ese contexto, confluyen dos fenómenos: el mito de la buena víctima, según el cual "siempre hay que hacer méritos para que te crean", y la arraigada dinámica de "presuponer el consentimiento" en lugar de demostrarlo. "Sólo se entenderá que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona", dicta la actual ley.

Terror vs. placer

La contradicción entre los relatos de las partes evidencia cómo los sesgos de género están absolutamente presentes en el plano de la violencia sexual. El juicio contra La Manada es un claro ejemplo: donde la víctima narraba violencia, algunos leyeron "jolgorio y regocijo".

Algo similar ha quedado patente en este procedimiento judicial. La víctima y sus amigas describieron el ambiente en el que sucedió la agresión como de "terror" e "incomodidad", marcado por un comportamiento "baboso" del jugador. Quienes estaban enfrente, no obstante, observaron todo lo contrario. Tanto el propio Dani Alves como uno de sus amigos hicieron una enmienda a la totalidad: aquello que las chicas califican de violencia, ellos lo interpretan como goce

Se trata, a juicio de María Naredo, de una muestra más de que la violencia sexual "no va de sexualidad, sino de poder". El caso de Dani Alves está "absolutamente marcado por una relación de poder: no se trata de cualquier hombre, es un futbolista famoso y millonario". Partiendo de esa base, la perspectiva desde la que plantea su visión de lo sucedido es "la perspectiva de quien ostenta el privilegio".

"No soy ese tipo de hombre"

Una de las tesis que deslizó insistentemente la defensa, fue la de situar a Dani Alves como una suerte de hombre ejemplar. "No soy ese tipo de hombre", afirmó el acusado. Su madre, añadió: "Es la clase de hombre que abre la puerta del coche a las mujeres".

Pero ¿existe un perfil único de maltratador? ¿Un hombre que abre la puerta del coche a las mujeres puede ser también un agresor sexual?

"Esta cuestión tiene también su lectura jurídica", introduce Avilés. "El derecho penal juzga hechos, no personas o perfiles". Es decir, no se trata de determinar cómo es la víctima, ni cómo es el agresor, sino de discernir si "ha cometido el hecho delictivo del que se le acusa".

En el fondo, reflexiona la jurista, trazar un perfil determinado está "muy enraizado y muy presente en las salas de justicia, cuando la defensa trata de desacreditar el relato de la víctima". En dos sentidos: tanto para cargar contra la víctima –haciendo uso de mitos como el de "mala madre o aprovechada"–, como para excusar al acusado –perfilando la imagen de "buen padre, buen hombre, buen profesional"–.

Coincide Gonzalo. "No hay un perfil de mujer maltratada, tampoco lo hay de hombre maltratador. Son perfiles estereotipados", subraya la jurista, quien incide también en que el derecho penal juzga estrictamente los hechos: "Eres lo que haces y no lo que dices que eres. Aquí lo único que tiene importancia son los hechos que ocurrieron y las pruebas que se practiquen alrededor de los mismos".

En realidad, completa Naredo, casos como el de Dani Alves "lo que ponen de relieve es cómo realmente los agresores sexuales son hombres perfectamente socializados". No se trata de psicópatas o monstruos, son "perfectos compañeros de trabajo, perfectos yernos o perfectos hijos".

Valoración política… cuando haya sentencia

Lo sucedido en los tribunales esta semana ha tenido también su eco fuera. La ministra de Igualdad, Ana Redondo, evitó posicionarse: "Es un tema que está sub iudice [pendiente de resolución judicial], el procedimiento sigue adelante y, por lo tanto, nuestro respeto al procedimiento. Cuando haya sentencia, valoraremos", indicó el jueves a preguntas de los medios.

Enseguida, la exministra Irene Montero cargó contra la decisión de su sucesora de mantenerse al margen. "Pido al Gobierno que no dé pasos atrás en la lucha contra las violencias machistas. Decir, ante un caso de violencia sexual, que se valorará cuando haya sentencia es hacer depender la credibilidad de la víctima del resultado del proceso judicial. Y eso #SeAcabó", expuso en redes sociales. 

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Montero recordó además que "el Estado tiene obligación de garantizar los derechos de todas las víctimas de violencia machista aunque no pongan denuncia o no haya sentencia contra su agresor". Lo cierto es que, según atestiguó uno de los agentes de los Mossos d'Esquadra que atendió a la joven, "inicialmente, no quería denunciar por miedo a la repercusión que podía tener, dijo que se sentía culpable de lo ocurrido y tuvimos que contarle que ella no era culpable de nada". Sólo el 8% de las víctimas de violencia sexual denuncia a su agresor, según los datos de la Macroencuesta.

Altamira Gonzalo comprende el posicionamiento de la actual ministra. "La entiendo como jurista y la entiendo también como ministra que es. Entiendo que no se pronuncie en concreto sobre qué espera de la sentencia, me parece que la prudencia es correcta para no interferir con su opinión", aclara. Lucía Avilés coincide en que, en el plano jurídico, la cautela es la tónica que debe imperar. Sin embargo, "eso no es obstáculo para que pueda, desde una posición política, mostrar apoyo a las víctimas", reflexiona. Precisamente con un propósito claro: fomentar la denuncia. "Mostrar un respaldo institucional sirve para contrarrestar los discursos que generan desconfianza institucional entre las víctimas", añade. Si desde el plano político "se engrosa esa confianza y se muestra mayor respaldo, también se potencia una conciencia social cada vez más fuerte y sensible".

Las palabras de la ministra evidencian, analiza María Naredo, que bajo ese prisma "la violencia sexual es sólo un proceso penal más". Esta óptica da la espalda a las "muchas víctimas que no denuncian" y pierde la oportunidad, a su entender, de hacer pedagogía en base a la nueva ley. El sólo sí es sí concede una serie de derechos a las víctimas de violencia sexual, al margen de la denuncia, que conviene resaltar: "No tiene que ver con comentar la sentencia, ni con inmiscuirse", valora la letrada, sino que "se trata de abordar el caso en su globalidad y entender todo lo que implica para las víctimas".

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