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El futuro de Cataluña

El Gobierno cambia de criterio y recurrirá ante el TC la propuesta de Puigdemont como candidato

La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría.

El Gobierno anunció este jueves que el presidente Mariano Rajoy ha solicitado un informe al Consejo de Estado a efectos de interponer ante el Tribunal Constitucional la impugnación de la propuesta de Carles Puigdemont como candidato a la Presidencia de la Generalitat. La intención del Ejecutivo es que el trámite se pueda completar este mismo viernes si el informe del órgano consultivo no expone nada en sentido contrario.

Se trata de un cambio de criterio respecto a lo sostenido en público en las últimas horas desde la Moncloa, que no veía margen para recurrir la propuesta Roger Torrent y apostaba por esperar al momento en el que la Mesa del Parlament diese el visto bueno a una investidura telemática. O, incluso, a los instantes posteriores a un eventual pleno de investidura en el supuesto de que no se permitiese hasta el último minuto la investidura a distancia.

La vicepresidenta del Gobierno fue la encargada de hacer el anuncio en ruede de prensa. Y señaló que el presidente del Parlament debería haber tenido en cuenta que el expresident no puede entrar en territorio español sin que sea detenido.

Intento de que Torrent proponga otro candidato

La mera admisión a trámite del recurso implicaría la suspensión de esta decisión de Torrent, que deberá decidir si propone a otro candidato, que es lo que pretende el Gobierno, o elevar el enfrentamiento con el Estado dejando pasar los plazos legales para la celebración de un pleno de investidura.

En el entorno del presidente del Gobierno señalan que si el Parlament no celebra un primer debate de investidura, como tarde, el día 31, Torrent estaría incumpliendo la ley. Es ese día, con la primera votación, cuando echa a andar el reloj que marca que si en los dos meses siguientes no hay candidato investido, se disuelve el Parlament para la convocatoria de unos nuevos comicios.

"El fundamento es que el estatus jurídico actual de Puigdemont es incompatible a con su comparecencia presencial en la Cámara", añadió Soraya Sáenz de Santamaría. "Carece del derecho de libertad deambulatoria", añadió recordando que tiene que ser detenido en tan pronto como entre en territorio español.

La vicepresidenta añadió que estos argumentos jurídicos se ponen de manifiesto en la "circunstancia insólita" de que un día antes el presidente del Parlament "tuvo que evacuar consultas con el señor Puigdemont ni más ni menos que en Bruselas, y no en el lugar donde se han efectuado ese tipo de reuniones y donde se ha convocado al resto de los diputados, portavoces de los grupos o de los partidos políticos, que es ni más ni menos que la sede del Parlament".

Tanto el PP de Cataluña como los socialistas de Cataluña estaban al tanto de esta iniciativa. Ciudadanos la apoya. Pero con la formación de Albert Rivera no ha habido contactos previos, según admiten fuentes conocedoras del proceso.

Fuentes de la dirección del PSOE informaron de que su secretario general, Pedro Sánchez, apoya las iniciativas anunciadas por la mano derecha de Rajoy en el Gobierno.

Consulta potestativa

Asimismo, el Ejecutivo ha elevado también al Consejo de Estado una "consulta potestativa" sobre una serie de "extremos que se están discutiendo en el Parlament de Cataluña" y que, a ojos de Rajoy, es "bueno que se sepa la opinión" de este órgano consultivo. Es una forma de adelantar trabajo de cara al futuro. 

El Gobierno quiere que el Consejo de Estado se pronuncie sobre si un candidato que no esté presente en el Parlament puede ser investido, sobre si este hecho podría impugnarse si la Mesa lo permite y las opciones de respuesta del Estado si se admitiera el voto delegado de los diputados que están en Bruselas.

"Lo que hace el Gobierno a día de hoy es utilizar los instrumentos que la ley pone a su disposición para que la ley se cumpla y para garantizar que todos los diputados en la Cámara ven respetados sus derechos. Y para garantizar que llevemos a cabo los procedimientos de investidura del presidente de la Generalitat con el respeto que merecen los ciudadanos de Cataluña", subrayó Santamaría.

Este nuevo paso del Gobierno se produce en un momento en el que ERC y JxCat discrepan en fijar el pleno de investidura para el martes o el miércoles. Los republicanos quieren que sea el martes 30 pero JxCat prefiere el miércoles, a las 16.00 horas. Es Torrent el que tiene la última palabra para poner fecha al pleno y convocarlo oficialmente. Más presión para el presidente del Parlament.

Informe de los servicios jurídicos

El pasado 11 de enero, el Ejecutivo hizo públicas las conclusiones de un informe de sus servicios jurídicos que subrayaba que el reglamento del Parlament exige que el candidato a la presidencia presente su programa de gobierno y solicite la confianza del Pleno. Destaca el documento que las propias normas de funcionamiento interno de la Cámara autonómica no contemplan "la posibilidad de una presentación no presencial y no cabe por el carácter personalísimo del acto de presentación".

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El documento subrayaba que la "necesidad" de debates presenciales "forma parte de la esencia misma del parlamento como sede institucional de intercambio de posiciones entre los representantes de los ciudadanos de la comunidad autónoma". Y que para que este debate se pueda producir con "normalidad" es necesaria la presencia de los diputados "en un mismo lugar".

El texto recogía que "de forma excepcional, con una serie limitaciones y controles por parte de la Mesa, el propio Reglamento del Parlament de Cataluña (RPC) establece la posibilidad de delegación de voto en otro diputado". "Pero esta delegación es sólo en supuestos de baja por maternidad o paternidad, hospitalización, enfermedad grave o incapacidad prolongada debidamente justificada. La delegación, que se limita al ejercicio del voto de los diputados, se establece por lo tanto como una situación extraordinaria que, además, no afecta la exigencia de quórum presencial para la toma de decisiones", añadía.

A juicio de los servicios jurídicos del Gobierno, la citada posibilidad de delegación se refiere exclusivamente a la votación, y no a la presencia. Supone "la excepción del mandato representativo". Un mandato "que se considera con carácter general como un mandato que se ha de ejercer con carácter personalísimo". Considerando la investidura un acto constitucional y estatutario "indudable" sólo se pueden entender "como actos de carácter indelegable y que han de realizarse de forma presencial", reflejaba el informa.

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