Violencia machista
Juristas critican la desprotección del menor que genera el régimen de visitas de los padres maltratadores
Los menores a veces se convierten en las víctimas invisibles de la violencia machista. En algunas ocasiones, además, pasan a ser un instrumento fundamental para que el maltratador continúe ejerciendo violencia sobre la mujer. Ha ocurrido en multitud de ocasiones. La última, este jueves en Beniel (Murcia). Un hombre tenía que entregar a su hijo a su expareja a las 20:30 horas, tal y como estipulaba el régimen de visitas. Al no hacerlo, y ante el temor de la familia de que pudiera haberle pasado algo al pequeño, se desplazaron hasta la vivienda del progenitor efectivos de la Guardia Civil y Policía Local del municipio. Al acceder a la casa se encontraron el cuerpo sin vida del menor, que presentaba diversas heridas de arma blanca, y al padre, ahorcado. Tenía una denuncia por malos tratos y sobre él pesaba una orden de alejamiento. Pero sólo de la madre. Ese es el problema, según las juristas consultadas por infoLibre. Si no son víctimas directas de la violencia machista, los menores no tienen medidas de protección y, por tanto, el régimen de visitas no queda suspendido. Y eso expone a los niños a situaciones que, en el peor de los casos, pueden llegar a estos extremos. Por eso reclaman cambios. "Hay que partir siempre del principio de que un maltratador no es un buen padre", critica Altamira Gonzalo, vicepresidenta de la asociación Mujeres Juristas Themis.
Cuando en el año 2003 comenzaron a contabilizarse las mujeres asesinadas a manos de sus parejas o exparejas, las estadísticas no recogían otro tipo de datos que son importantes a la hora de cuantificar las dimensiones de la violencia de género. No se incluían cifras de los crímenes cometidos por hombres que no habían tenido ningún tipo de relación sentimental con la víctima ni tampoco las de los menores de edad que habían sido asesinados. El primer dato sigue sin registrarse, pero el segundo ya consta en su propia estadística. Desde el año 2013, la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género incluye cifras oficiales de todos los niños que han sido asesinados como consecuencia de la violencia contra las mujeres. Es lo que se conoce como violencia vicaria. Desde entonces, según esos datos, 27 menores han sido asesinados. Y tan sólo en siete de esos casos existía una denuncia contra el padre. El año más dramático fue 2017, cuando ocho menores se convirtieron en víctimas mortales de la violencia machista.
No obstante, si el crimen contra ellos no se produce en presencia de la madre, sino en otro contexto, como el régimen de visitas, su inclusión en el registro no es automática, sino que requiere de un mayor estudio. En cualquier caso, este mismo viernes por la tarde el Gobierno confirmó que el pequeño asesinado en Murcia es una víctima de la violencia de género. Con él, en 2019 ya ha habido dos menores asesinados.
Quizá el caso más famoso es el de Ángela González, ocurrido en 2003. Durante un régimen de visitas sin supervisión al que González se había opuesto reiteradamente, la hija de la mujer —víctima de violencia machista— fue asesinada por su padre. A pesar de las 51 denuncias presentadas desde que se separó de su marido en 1999, no se pusieron en marcha las medidas necesarias para impedir el asesinato de la niña, de siete años. Desde entonces, nada ha cambiado. Una denuncia por malos tratos no suspende el régimen de visitas. Ni siquiera una condena o una medida cautelar que imponga una orden de alejamiento de la madre. La suspensión sólo se dicta en ocasiones contadas. Y en casos muy graves.
Según los datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), sólo un 3% de las medidas de protección contra la violencia de género consistieron en la suspensión del régimen de visitas. Un 4,5% supusieron la suspensión de la guarda y custodia. "La posibilidad de suspender las visitas existe desde que se aprobó la Ley de Violencia de Género en el año 2004 y ese porcentaje casi siempre ha sido el mismo", lamenta Gonzalo, que cree que la explicación radica en que los jueces "no están convencidos de que un maltratador es un mal padre". "Es necesaria la formación en género para que comprendan cómo afecta a los menores las situaciones de violencia que viven durante la convivencia con sus padres", asegura.
Lo mismo opina Jùlia Humet, abogada penalista y miembro de la asociación Dones Juristes. "Lo que falta es una comprensión más global de lo que es la violencia", dice. Y es que, según argumenta, lo más probable es que las situaciones de maltrato no sean puntuales, sino continuas.
Depende de cada juez y cada juzgado
Según denuncia Humet, actualmente "cuesta mucho que se modifiquen o se suspendan las visitas si no hay una violencia directa contra los menores o episodios graves de violencia contra la madre con ellos delante". "En el resto de casos no se llega a entender que un maltratador no puede ser un buen padre", insiste, coincidiendo con Gonzalo. Esta última lamenta que, en cualquier caso, que se decida o no tomar medidas en este sentido es una cuestión que depende exclusivamente del juez. "A veces, cuando hay violencia sobre los menores, la orden de alejamiento también les prohíbe acercarse a ellos, pero es la minoría de los casos. Si hay hijos menores se suelen dictar visitas que se llevan a cabo a través del punto de encuentro para que no se incumpla", denuncia.
Pero así, critican las expertas, no se valora el interés del menor, sino el derecho del padre. "Los menores pintan muy poco en el derecho de familia y en violencia de género. Las visitas se contemplan como un derecho de los padres, pero hay que entenderlo al revés", afirma Gonzalo. "Los menores tienen derecho a relacionarse con los progenitores, pero cuando la relación es beneficiosa, y cuando hay violencia de género no podemos presumir que sea así", añade. Y es que, según Humet, no son excepcionales las ocasiones en las que los menores, cuando son entregados al padre, manifiestan que tienen miedo. Aunque no hayan experimentado las violencias directamente. "Es muy posible que tengan afectaciones de la violencia porque han oído gritos en casa o porque han visto a su madre mal. Hay que pensar qué es lo mejor para estos niños, porque a lo mejor ir con el padre no es lo más beneficioso", dice.
Humet cree, de hecho, que es mejor "pasarse de precavido" y, ante un caso de violencia de género, suspender el régimen de visitas y, poco a poco, establecerlo e ir supervisándolo. "Si no, a veces las consecuencias son irreversibles", lamenta.
Suspender las visitas tras una medida judicial
El caso de González marcó un antes y un después. A raíz de lo ocurrido, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer de las Naciones Unidas (Cedaw) exigió a España tomar medidas con el fin de que los jueces tengan en cuenta los antecedentes de violencia a la hora de conceder custodias. Además, obligó a impartir, dentro del sistema judicial, formación obligatoria sobre estereotipos de género. El Convenio de Estambul se expresa en la misma línea instando a la protección de las víctimas y sus hijos. Concretamente, solicita tomar "las medidas legislativas u otras necesarias para que, en el momento de estipular los derechos de custodia y visita relativos a los hijos, se tengan en cuenta los incidentes de violencia".
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En este sentido, la subcomisión que se creó en el Congreso de los Diputados para articular el Pacto de Estado contra la violencia de género incluyó la necesidad de adoptar las medidas necesarias para que la custodia compartida "en ningún caso se imponga en casos de violencia de género". También estableció "el carácter imperativo de la suspensión del régimen de visitas en todos los casos en los que el menor hubiera presenciado, sufrido o convivido con manifestaciones de violencia" y prohibió "las visitas de los menores al padre en prisión condenado por violencia de género".
Gonzalo incide en la necesidad de que estas medidas, ahora en standby, salgan adelante. "Lo que planteamos es que cuando haya una denuncia y se dicte una orden de protección con alejamiento, se suspendan las visitas. Es la mejor manera de proteger a las mujeres y a los menores", indica. Y si esto lo exigen cuando la medida es cautelar, con más razón cuando es una pena procedente de una condena, añade. De este modo no se producirían casos como el sucedido este jueves en Beniel. Pero es que además, según la jurista, este caso necesitaba especialmente la suspensión del régimen, puesto que el padre, según informó Europa Press, quebró la orden de alejamiento. "Este hombre se saltaba la ley" denuncia. "Había un riesgo que no se ha valorado", critica. Y eso es, precisamente, lo que ahora investigará de oficio el Defensor del Pueblo, que este viernes reclamó también favorecer la supresión de las visitas y comunicaciones de los imputados por malos tratos con sus hijas e hijos con el fin de prevenir posibles riesgos.
"El riesgo no sólo lo sufren las mujeres. Estamos viendo que lo sufren también niños y niñas porque es una manera de hacer sufrir todavía más a las mujeres", explica Gonzalo. Por eso, reclama una vez más, "el planteamiento es que cuando se dicte una orden de protección porque hay un riesgo objetivo para la mujer se suspendan las visitas". "Decir que los menores tienen que ver a su padre... Hay que tener en cuenta que, a veces, puede ser peor", sentencia Humet.