Plaza Pública

El estado de excepción entendido como ley de pandemias

Pablo Casado recibe el aplauso de la bancada del PP tras su intervención este miércoles en el pleno del Congreso.

Gaspar Llamazares

Ante la discutida resolución de una ajustada mayoría del Tribunal Constitucional, que considera que las medidas adoptadas en el estado de alarma excedían las restricciones y entraban dentro de la anulación de los derechos fundamentales de reunión y movilidad, más propias según el tribunal del estado de excepción, la ultraderecha de Vox como recurrente ha pedido responsabilidades políticas al Gobierno al máximo nivel, por lo que considera una extralimitación y un ejercicio abusivo del poder con la excusa de la salud pública.

Una exigencia de dimisión esperada, que sin embargo ha perdido fuerza en la medida que se ha repetido hasta el hartazgo: en particular desde el inicio de la pandemia y que motivó incluso las movilizaciones de caravanas de coches en el barrio de Salamanca en pleno confinamiento, la presentación de la moción de censura, así como múltiples recursos judiciales por tierra, mar y aire contra el Gobierno central, que hasta ahora habían venido decayendo hasta encontrar una mayoría a su medida, mostrando todo ello hasta qué punto lo de la anulación de derechos fundamentales como ponderación del tribunal ha tenido más de parcial que de total. No ha ocurrido así frente a los gobiernos autonómicos con competencias compartidas en salud pública y mucho menos frente a los Ejecutivos de la derecha que requieren del apoyo de la extrema derecha para mantener la mayoría. Resulta curioso en este sentido que, en coincidencia con la exigencia de responsabilidades políticas al gobierno central por la sentencia desfavorable del Tribunal Constitucional, las derechas hayan vetado la puesta en marcha de la comisión de investigación sobre unos protocolos, a todas luces contrarios a la bioética y a la justicia, de rechazo a las derivaciones a los hospitales desde las residencias de ancianos, en la Asamblea de la Comunidad de Madrid.

Mientras tanto, el Partido Popular ha vuelto a reiterar su conocido argumento de que si todo esto pasa es como consecuencia de la falta de una ley específica de pandemias. El bálsamo de fierabrás, que de existir solucionaría desde un principio todos los problemas legales originados por la pandemia. Un mantra que se ha repetido en las distintas fases de la pandemia, y en particular cuando el conjunto de la derecha ha pasado de un apoyo inicial, que ahora pretende que olvidemos, a rechazar las prórrogas del mismo, atribuyendo al estado de alarma y al confinamiento un carácter perverso de estado de excepción encubierto. También más tarde, cuando ya fuera del estado de alarma algunos contados tribunales de justicia rechazaban las medidas restrictivas de la movilidad o de los aforos adoptadas por las CCAA en el marco de la Ley de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública, así como por el Consejo Interterritorial como actuaciones coordinadas de acuerdo con la ley de cohesión.

Primero con el argumento de que evitaría lo que se ha venido a denominar el vacío legal en materia de salud pública, cosa que para nada se compadece con la realidad de la existencia de normas complementarias del estado de alarma, como son la Ley de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública, la Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Sanitario y la Ley General de Salud Pública. Un paquete legislativo equiparable al de nuestro entorno europeo para hacer frente a situaciones como la actual pandemia de covid-19, que los tribunales europeos, constitucionales y de justicia de los estados miembros han respaldado sin fisuras, a diferencia de lo ocurrido con nuestro TC.

Porque todos han entendido que la defensa de la legalidad y las garantías constitucionales ante una pandemia letal no se hace desde el dogmatismo y mucho menos desde la bandería, sino con apertura y flexibilidad, y reconociendo la primacía de la vida y la salud pública en los espacios de ambigüedad y desconocimiento de la crisis sanitaria, que también existen. También, desde la prudencia en los órganos institucionales cuando existe división de opiniones, como en este caso. Porque una cosa es el equilibrio de pesos y contrapesos en democracia, otra es ejercer de oposición política fuera de lugar y lo opuesto a la institucionalidad es la irresponsabilidad y la desestabilización.

Luego, la derecha volvió a reiterarlo como solución a las resoluciones contradictorias de los tribunales de justicia ante las medidas de los ejecutivos autonómicos, que exageradamente se han calificado de caos jurídico, cuando con carácter general las restricciones han sido respaldadas, aunque es verdad que con sonadas excepciones: lo que ha motivado sucesivas reformas de la jurisdicción contencioso-administrativa, acotando su remisión a los tribunales superiores de justicia de las CCAA y luego con la posibilidad de recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

En este sentido, resulta hasta cierto punto lógico que para los negacionistas las medidas de salud pública requieran de los mayores requisitos y obstáculos para su implantación, toda vez que las han considerado tanto una limitación inaceptable a sus libertades de movimiento, de actividad y de consumo, como asimismo inútiles frente a la pandemia, independientemente de que la evidencia científica y los cientos miles de vidas y complicaciones evitadas en el mundo los desmientan. Sin embargo, para lo que no estábamos preparados es para que desde la derecha se esgrima su manida ley de pandemias como solución ante la decisión del Tribunal Constitucional de considerar que un nivel alto de restricciones de la movilidad supone de hecho la anulación del derecho de reunión y por tanto requiere la cobertura del estado de excepción.

No se entiende en qué puede sustituir la tan reclamada como desconocida en sus términos nueva ley de pandemias el espacio que deja el Tribunal Constitucional entre el estado de excepción y un estado de alarma rebajado, hoy convertido en uno más de los distintos niveles de restricción parcial dentro de las normas de salud pública. Porque lo que no podía hacer la ley de pandemias en el pasado como sustitutiva del estado de alarma menos lo puede lograr ahora para hacer las veces del estado de excepción.

Tampoco parece que a partir de la controvertida sentencia del TC se den condiciones mínimamente favorables para modificar la Constitución ni la ley del estado de alarma, excepción y sitio. Además de que cualquier otra ley de pandemias, por muy orgánica que fuera, no serviría como sustituta del estado de alarma, como no sirve la de medidas especiales. En estos tiempos populistas, el modificar la Constitución, entre propietarios y exégetas, roza la quimera. No es previsible una reforma constitucional y tampoco la renovación del actual Tribunal Constitucional. La derecha está muy cómoda. En cuanto a leyes de salud pública, ya tenemos una ley orgánica de medidas especiales, otra Ley General de Salud Pública y parece que la del estado de alarma no basta. Todas ellas para pandemias menores.

Por otra parte, si por una mayoría pírrica se ha declarado inconstitucional la aplicación del estado de alarma en la primera ola de la pandemia, a continuación es más que previsible la declaración de inconstitucionalidad de la gestión legal por parte del Parlamento y del Gobierno de la segunda prórroga y con ella de toda la pandemia.

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En definitiva, en el futuro, las pandemias en España serán diferentes: serán materia de estado de excepción, como si de crisis democráticas e institucionales se tratase, ante las que fuera necesario poco menos que suspender la Constitución. De tal manera que, cuando surja una próxima, nos tomaremos nuestro tiempo para esperar a aprobarlo en el Congreso de los Diputados y a continuación la pandemia deberá apresurarse, porque solo podremos mantener el estado de excepción por un periodo máximo de dos meses. Eso sí, tendremos un amplio petitorio en la carta de suspensión de derechos fundamentales, a pesar de que la pandemia solo nos exija el más modesto menú de la restricción proporcionada de la movilidad. Para algunos, toda su concepción de la libertad.

___________________Gaspar Llamazares es fundador de Actúa.

Gaspar Llamazares

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