Democracia pixelada

Regocijo y jolgorio

Ella tenía 18 años, estaba sola, bebida y cansada. Ellos, los cinco lobos de La Manada, que tenían entre 24 y 27, sumaban 130. "No apreciamos que exista intimidación", dice la sentencia.

La metieron en el portal tirando de ella por ambas manos, como describe la sentencia. "Le dijeron 'calla', significándole que guardara silencio llevándose la mano abierta a la boca". Después cruzan otra puerta, acceden a un rellano y luego a otro. "Girando a la izquierda desde este espacio se accede por tres escalones a un habitáculo de tamaño reducido (unos 3m); una zona sin salida de 2,7m de largo, por 2m de ancho", dice la sentencia.

Yo no soy experto en derecho, no hago más que leer. Y leo que si no hay intimidación no es agresión, sólo es un abuso.

La RAE dice: Intimidación: 1. tr. Causar o infundir miedo, inhibir.

La sentencia dice: "La intimidación ha sido definida por la jurisprudencia como constreñimiento psicológico consistente en la amenaza de un mal verosímil si la víctima no accede a participar en una determinada acción sexual".

Sigue la sentencia: "En el lugar recóndito y angosto descrito, con una sola salida, rodeada por cinco varones de edades muy superiores y fuerte complexión, la denunciante se sintió impresionada y sin capacidad de reacción. Notó como le desabrochaban la riñonera, le quitaban el sujetador y le desabrochaban el jersey; desde lo que experimentó la sensación de angustia, incrementada cuando uno de los procesados acercó la mandíbula de la denunciante para que le hiciera una felación, y otro de los procesados le cogía de la cadera y le bajaba los leggins y el tanga. La denunciante sintió intenso agobio, que le hizo adoptar una actitud de sometimiento y pasividad, determinándole a hacer lo que los procesados le decían que hiciera, manteniendo la mayor parte del tiempo los ojos cerrados". Pág. 16, capítulo “Hechos probados”.

Recóndito y angosto. Sin capacidad de reacción. Angustia y sometimiento. "En las concretas circunstancias del caso, no apreciamos que exista intimidación", dice la sentencia, página 98. Intimidación no aprecia, el tribunal, pero aprecia otros detalles en los vídeos que hicieron los agresores:

"Apreciamos que se escucha de fondo un sonido de choque metálico o de metal contra cristal, mientras se oye un gemido agudo. No se puede apreciar ninguna actividad de la denunciante, apreciamos que el gemido agudo refleja dolor y fue emitido por ella"(página 72).

"Apreciamos una voz masculina que dice '… quillo esto no tiene guasa' a la vez que de fondo se aprecian tres gemidos agudos. Estimamos que los tres gemidos que reflejan dolor fueron emitidos por ella. La denunciante en estos dos últimos vídeos está agazapada, acorralada contra la pared por dos de los procesados, expresó gritos que reflejan dolor y no apreciamos ninguna actividad de ella. En las últimas imágenes grabadas, aparecía encogida, arrinconada contra la pared y gritando".

Después de eso, por algún motivo, La Manada ya no hizo más grabaciones. O bien las borraron a tiempo. "Agazapada, arrinconada y gritando de dolor", dice la sentencia. "No apreciamos intimidación", dice. Yo de derecho no sé casi nada, pero leo que abuso sexual es cuando por ejemplo un jefe, sirviéndose de su superioridad, constriñe a una empleada a tener relaciones sexuales sin utilizar intimidación. Si hubiera intimidación sería agresión y la pena es mucho mayor. Sola, agazapada, gritos de dolor, cinco hombres mayores, fuertes, con antecedentes, en un cuarto angosto sin salida. A mí me intimida sólo leerlo, pero yo de derecho sé muy poco. El que sí sabe es el juez.

El juez Ricardo González, que sí sabe mucho derecho, cuestionó a la víctima por la forma de sentarse durante la declaración y le preguntó cuánto había tardado en subir a Instagram una foto con su amigo en Pamplona. Deben ser detalles importantes, al parecer. Dice el juez en su voto particular:

"No aprecio en ninguno de los vídeos signo alguno de violencia, fuerza, o brusquedad. No puedo interpretar en sus gestos intención de burla, desprecio, humillación, mofa o jactancia de ninguna clase. Sí de una desinhibición total y explícitos actos sexuales en un ambiente de jolgorio y regocijo en todos ellos, y, ciertamente, menor actividad y expresividad en la denunciante. Son imágenes de sexo explícito sin visos de fuerza, imposición, conminación o violencia".

Agazapada y acorralada contra la pared. "Desinhibición total". Ninguna actividad por parte de ella. "Sin visos de imposición". Gritos de dolor. "No aprecio signos de brusquedad". Voces dadas por hombres, ruido de metal contra cristal, vídeos grabados sin su consentimiento, quillo esto no tiene guasa. "Ambiente de jolgorio y regocijo". Le roban el móvil y allí mismo destruyen la SIM y la memoria SD. "Sin visos de humillación de ninguna clase". Yo de derecho no sé casi nada, lo reconozco. "No apreciamos que exista intimidación". Pero de intimidaciones y humillaciones, como cualquier adolescente de barrio, algo aprendí.

Según me explica un abogado experto, esta sentencia asume que no hubo consentimiento, y a la vez, que no hubo intimidación. La clave, parece ser, es que en el momento en que la víctima toma conciencia de lo que está a punto de suceder no opone resistencia explícitamente. A cuadros me quedo. Y yo de derecho sé poco, la verdad.

Una vez me atracaron en el metro. Cuatro chavales, menores que yo, pero con cara de muchas peleas y pocos amigos, y de repartir leña infinitamente mejor que un servidor. Entramos juntos desde la calle hasta el vagón. La cosa me olía cada vez peor. Me quedé de pie, junto a la puerta agarrado a la barra. No tenía que haber subido, pensé. Me rodearon. No había nadie más. Les dirigí un saludo nervioso. “Bonito peluco”, dijo el de la gorra calada hasta la nariz. Miré mi reloj. Era de plástico. Miré sus rostros. Gestos de amenaza, casi inmóviles. Tardé muy poquito en ponerlo en sus manos, seguramente con una sonrisa estúpidamente amistosa en la cara. Me faltó explicar cómo se ponía la alarma. Para mis adentros, pensaba: si con esto acabamos, todo perfecto.

No hubo consentimiento, desde luego, pero no mostré el más mínimo signo de resistencia, ni hubo negativa, más bien lo contrario. Sentía miedo, ganas de cerrar los ojos y abrirlos en la próxima estación para salir del vagón. Tuve suerte.

Me dice este abogado experto que ningún juez consideraría ese episodio como un regalo, ni un hurto, sino como robo con intimidación. ¿Y por qué en el caso de la chica violada no es igual? Cultura de la violación, me dice. Yo de derecho, insisto, no entiendo mucho. Pero sé que si hay intimidación es agresión, y no abuso.

No debería yo meterme a juzgar, de hecho no lo hago. Aquí ya no hablamos de un juicio paralelo: la sentencia se ha producido y la sociedad tiene derecho a opinar. Dejar el derecho sólo en manos de los jueces sería como dejar la economía en manos de los gurús financieros, formados en un aparato diseñado para reproducirse a sí mismo. Sería un grave error. Por suerte la sociedad civil opina de economía, de periodismo y también de derecho. Ayer las calles de España se volvieron a llenar de gente cabreada y de declaraciones de juezas, abogados y fuerzas de seguridad indignadas por esta sentencia. Volverá a pasar. Quedan posibles recursos ante el Tribunal Superior de Justicia y ante el Supremo, el caso sin duda va a traer cola.

De derecho yo no sé mucho, pero de perspectiva analítica y de enmarcado sí sé. Y no hace falta ser Robert Entman para notar que lo que aquí se está juzgando, judicial y mediáticamente, es a la víctima. La actitud que se somete a duda es la suya. El debate está en si mostró o no mostró resistencia. Lo que se discute es a partir de qué momento pasó de vivir un posible ligue a una molestia, una molestia a una agresión, una agresión a una pesadilla. Pero el peso no recae en los signos externos ni en la actitud y antecedentes de los agresores, en sus conversaciones de WhatsApp, sino en la expresión de la víctima. O en la ausencia de expresión.  Su error fue quedar paralizada. Lo que se juzga es por qué no se opuso activamente y se enfrentó a cinco hombres mayores en un cuarto oscuro sin salida, por qué se limitó a cerrar los ojos, gritar de dolor, y esperar que todo acabara pronto. Por qué tiene lesiones tan leves. Lo que se juzga, también, es si cinco tipos cuadrados en un espacio oscuro, angosto y sin salida supone o no intimidación. Si fuera un robo parecería muy claro.

Cremita para la mafia

La sentencia mantiene el peso sobre la víctima: dado que no fue una superheroína, no se deduce agresión. Su testimonio no basta, los gritos grabados tampoco. Lo que el movimiento feminista está tratando de establecer, es que hablar de “superioridad capaz de vencer su voluntad”, pero no de intimidación, en semejante escenario, implica lanzar un mensaje peligroso y sienta un precedente dañino: la mujer debe siempre evidenciar resistencia activa (“cerrar bien las piernas” como decía aquella otra jueza), algo que en otros casos ha supuesto graves lesiones o incluso la muerte para la víctima. Y si no lo hizo, ni tiene lesiones graves, y días después subió una foto a Instagram, tan intimidada no estaría.

No sé cómo cerrar esta columna, yo no sé de derecho, me hierve la sangre y todo esto me desconcierta. Sólo puedo decir una cosa. Estimada denunciante, si algún día lees esto, ojalá logres olvidar a los criminales que te agredieron, a los jueces que te revictimizan, al periodismo misógino que hace caja con tu dolor. Gracias por ser valiente y denunciar. Ojalá logres focalizar en las decenas de miles de personas que salimos a las calles para arroparte y que no dejaremos de repetirlo: #YoSíTeCreo. ___________

1. Me tomo la licencia de acortar algunas frases citadas respetando siempre el sentido de las mismas, y de eliminar los detalles más escabrosos. El texto es público y accesible.

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