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El 'caso Acuamed'

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La empresa pública Acuamed, a cuyos manejos corruptos se opusieron dos ingenieras que acabaron despedidas, utilizó previamente contra una de ellas la táctica de relegarla a otro cargo bajo el argumento de que no podía desempeñar el que ocupaba -gerente de las cuencas catalanas- porque había ejercido su derecho a una reducción de jornada para cuidado de menores al amparo de la ley de igualdad de género y del Estatuto de los Trabajadores.

Aquello ocurrió en el verano de 2014, cuando la perjudicada, Gracia Ballesteros, y su subordinada Azahara Peralta ya hacía meses que se habían opuesto a que Acuamed pagase casi 40 millones a FCC por una obra valorada en 3,5 millones. Ese contrato era justamente el del embalse de Flix, allí donde las escuchas han destapado que la empresa pública de aguas planeaba verter ácido clorhídrico en el Ebro. 

Una vez descabalgada Ballesteros de la gerencia de Cataluña, Acuamed la recolocó en un puesto de nombre rimbombante –gerente de estudios- para el que, según su propio relato, incorporado a una sentencia del Tribunal Superior de Madrid (TSJM),“no se le encargó ningún trabajo”. En julio de 2015, fue despedida.

Antes de impugnar su despido, declarado nulo hace un mes por el Tribunal Superior de Madrid (TSJM), Ballesteros recurrió la decisión de Acuamed de privarla de su puesto como gerente de la zona de Cataluña. El primero que intervino en el caso, el juez de lo social 24 de Madrid, le dio la razón a la empresa pública. Pero, luego, el TSJM ordenó en febrero que la causa volviera al juzgado de origen para que una nueva sentencia entre en el fondo del asunto.

Y el fondo del asunto no es otro que el de si Acuamed podía privar a Ballesteros de su cargo directivo como gerente de las cuencas catalanas bajo el argumento de que no podría viajar a Cataluña pese a que la reducción de jornada por cuidado de menores posee el rango de derecho fundamental.

Tras una negativa inicial, la empresa hacía aceptado el 22 de julio de 2014 su derecho a reducir jornada 22 de julio de 2014. Ese día, sostiene Ballesteros, el gerente de recursos humanos le comunicó "la efectividad de su derecho a acogerse a la reducción de jornada de un 50% en horario de 10 a 14 horas desde dicha fecha, quedando designada como Gerente de Estudios en la Dirección de Ingenieria y Construcción".

¿Está autorizada una empresa a relegar a una directiva por ejercer un derecho fundamental recogido en el Estatuto de los Trabajadores y mejorado tras la aprobación, en 2007, de la Ley Orgánica para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres?

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La histórica abogada feminista Cristina Almeida no alberga la menor duda: “Por supuesto que no puede, porque lo que la ley garantiza es un derecho fundamental, el de reducción de jornada, sin que eso implique tener que cambiar de puesto, pero hay empresas que lo hacen como principio de una estrategia de acoso para que te vayas”. En una conversación telefónica con infoLibre, Almeida se pronunció en esos términos antes de conocer a quiénes afecta el litigio. Una vez lo supo, se reafirmó en lo dicho.

La ingeniera Ballesteros aportó al juzgado de lo social datos para acreditar que en los seis meses posteriores a julio de 2014, su sucesor había viajado a Cataluña menos de lo que lo hacía ella durante su mandato. Aportó asimismo una conversación telefónica grabada y en la que  el responsable de Recursos Humanos de Acuamed reconocía "la capacidad de la actora [la demandante] para llevar a cabo las funciones de dicho puesto de gerente en una situación de reducción de jornada".

Ballesteros pidió al TSJM que ambos datos, el relativo a los viajes y a lo que el jefe de recursos humanos había admitido sin saber que estaba siendo grabado, se incorporasen como "nuevos hechos probados". Tras la decisión del tribunal madrileño, que obliga al juez de lo social a entrar en el fondo del asunto, es muy probable que la nueva sentencia deba incluir esa información aunque la abogada de Ballesteros ha declinado hablar con este diario.

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