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Anticorrupción mantiene la gravedad de la malversación por los hechos investigados en Acuamed

Edificidio de Acuamed.

La Fiscalía Anticorrupción no alterará su consideración sobre la gravedad de los hechos que se persiguen en el caso Acuamed por la reforma del delito de malversación. Fuentes jurídicas explican que el Ministerio Público responde así a la Audiencia Nacional que sigue el criterio fijado por el fiscal general del Estado y sostiene que hubo malversación agravada, según ha informado Europa Press.

Fue el pasado mes de enero cuando trascendió que el juez de la Audiencia Nacional Joaquín Gadea solicitaba a la Fiscalía Anticorrupción que revisara su petición de transformar al procedimiento de sumario la investigación llevada a cabo en el caso Acuamed al advertir que la reforma del delito de malversación podría provocar una rebaja de penas.

En un auto —de 29 de diciembre—, al que tuvo acceso Europa Press, el magistrado de refuerzo del Juzgado Central de Instrucción número 6 solicitaba a la fiscal encargada del caso, Inmaculada Violán, que indicara si, "a las vista de las reformas introducidas por la LO 14/2022 de 22 de diciembre", mantenía la solicitud de transformación a sumario. Cabe recordar que las investigaciones se transforman en sumario cuando recogen delitos que acarrean penas de más de 9 años de prisión.

El magistrado indicaba que con la reforma del Código Penal se tocaba el artículo 432, "modificando además de su contenido los límites penológicos", lo que "podría suponer una revisión del escrito del fiscal, en la medida en que sería necesario dar nuevo traslado a los efectos de valorar si procede o no la transformación a sumario".

La reforma de malversación

La reforma del Código Penal impulsada por el Gobierno y ERC que elimina el delito de sedición y modifica el de malversación entró en vigor el 12 de enero. En el caso de la malversación, mantiene el tipo tradicional en el artículo 432 con las mismas penas (de 2 a 12 de cárcel y 6 a 20 de inhabilitación), pero precisando que debe haber "ánimo de lucro" cuando la autoridad o funcionario público "se apropiare o consintiere que un tercero, con igual ánimo, se apropie del patrimonio público que tenga a su cargo por razón de sus funciones o con ocasión de las mismas".

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, emitió a finales de enero un decreto para fijar criterio en las revisiones de casos que se hagan a causa de la reforma en el que avalaba que se mantuvieran las condenas dictadas con arreglo al artículo 432 del Código Penal vigente en 2015 porque dicha reforma "ha establecido idénticas penas de prisión e inhabilitación".

"No se revisarán las sentencias condenatorias por delitos de malversación apropiatoria dictadas con arreglo al artículo 432 del Código Penal vigente tras la reforma de 2015 puesto que la nueva ley ha establecido idénticas penas de prisión e inhabilitación", informó la Fiscalía General del Estado (FGE).

Adjudicación fraudulenta de obras por parte de 'Acuamed'

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En la rama de Acuamed instruida en la Audiencia Nacional se investigan presuntos delitos de malversación, así como de fraude, cohecho, falsedad, prevaricación, tráfico de influencias, pertenencia a organización criminal y maquinación para alterar el precio de los concursos públicos.

El juzgado pone el foco en la presunta adjudicación fraudulenta por parte de Acuamed de obras a una decena de compañías y en la falsificación de certificaciones y liquidaciones para aumentar significativamente las cantidades que recibieron las adjudicatarias de los contratos del organismo público.

Fue el pasado 29 de noviembre cuando la fiscal anticorrupción pidió transformar a sumario, procedimiento que se sigue cuando se investigan hechos que podrían ser constitutivos de delitos con penas mayores de nueve años de cárcel, así como la declaración indagatoria de los imputados.

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