El informe que la inspectora de Hacienda al cargo de investigar los impuestos de Neymar remitió al Juzgado Central de Instrucción número 5 el 30 de mayo de 2014 describe con detalle los contratos que el Barcelona FC firmó con tres sociedades vinculadas al jugador brasileño: N&N Consultoría Esportiva e Empresarial, N&N Administraçao de Bens y Neymar Sport e Marketing (NR Sports). El representante de todas ellas es el padre del jugador, Neymar Santos jr., bien como administrador, bien como propietario.
Como agente, el contrato de servicios profesionales lo suscribió el club con N&N Consultoría Esportiva e Empresarial, a cambio de una comisión del 5% de todos los importes fijos y variables que cobraran tanto Neymar en su nómina como N&N Administraçao de Bens por la cesión de derechos de imagen.
Algunos de sus párrafos son idénticos a los incluidos en el contrato del Barça con Limecu, la sociedad del padre de Messi. Por ejemplo, los referidos a los compromisos que adquiere N&N Consultoría Esportivo tienen la misma redacción que los firmados por Limecu: “no inducir al jugador a rescindir su contrato laboral”, “no perturbar las relaciones entre el club y el jugador”… O la cláusula sobre la vinculación entre el contrato y la permanencia de ambos jugadores en el club: “Este importe constituye la total contraprestación por el compromiso y obligación que el agente asume frente al club de prestar al club en asesoramiento profesional continuado en el seguimiento y control de los compromisos alcanzados entre el club y el jugador y/o la sociedad N&N hasta la finalización del contrato laboral o de cesión de derechos de imagen que respectivamente los vincula”.
Además, con N&N Consultoría Esportiva firmó otro contrato de arrendamiento de servicios para descubrir nuevos talentos en Brasil a cambio de un pago de 400.000 euros anuales. La vigencia de los dos contratos estaba condicionada a la permanencia de Neymar en el Barça, como a su vez lo estaban con la permanencia del delantero argentino los suscritos por la Fundación Leo Messi. Y ambos se firman con sociedades vinculadas al jugador, propiedad de su padre, como ocurría con Leo Messi.
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“Simulaban el objeto real de los pagos”“Simulaban el objeto real de los pagos
De ahí que la Agencia Tributaria concluya que “[los contratos] no tendrían ninguna razón de ser de no haberse producido el fichaje [del futbolista]” y que “estas sociedades operan como un mero instrumento para fragmentar y ocultar las retribuciones que como deportista al servicio del FC Barcelona la persona física Neymar da Silva Santos jr. va a percibir del mencionado club, intentando conseguir la elusión de la tributación en España de las rentas devengadas por dicho futbolista”.
El acuerdo entre la Fiscalía y la Abogacía del Estado que suscribió el FC Barcelona para evitar el juicio, y que le condenó a pagar una multa de 5,5 millones de euros, constataba que estos contratos “simulaban el objeto real de los pagos, que en realidad no era el formalmente declarado en ellos, sino encubrir verdaderas retribuciones al jugador [Neymar], eludiendo de tal modo en su mayor parte el pago de los impuestos derivados de los rendimientos del trabajo”. El acusado, y condenado, fue el club, al que la Agencia Tributaria consideraba “obligado tributario”, no Neymar.
El informe que la inspectora de Hacienda al cargo de investigar los impuestos de Neymar remitió al Juzgado Central de Instrucción número 5 el 30 de mayo de 2014 describe con detalle los contratos que el Barcelona FC firmó con tres sociedades vinculadas al jugador brasileño: N&N Consultoría Esportiva e Empresarial, N&N Administraçao de Bens y Neymar Sport e Marketing (NR Sports). El representante de todas ellas es el padre del jugador, Neymar Santos jr., bien como administrador, bien como propietario.