Fue una promesa en campaña electoral, un compromiso del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en su discurso de investidura y un punto del acuerdo de coalición entre PSOE y Unidas Podemos. Pero, finalmente, no ha sido posible. La reforma de la Ley Orgánica 4/2015 de 30 de marzo de Protección de la Seguridad Ciudadana, más conocida como la ley mordaza, no verá la luz esta legislatura. Así se ha decidido en la comisión de Interior celebrada este martes en el Congreso, que ha rechazado la propuesta por un solo voto: 19 en contra —PP, Vox, ERC, Cs, EH Bildu y Junts— frente a 18 a favor —PSOE, UP y PNV—. La ley, por lo tanto, seguirá vigente tal y como la aprobó el gobierno de Mariano Rajoy en 2015.
Tras más de tres años de negociaciones, un grupo de trabajo constituido hace trece meses y muchos acuerdos en materias clave, ERC y EH Bildu han tumbado esta reforma al votar junto al bloque de la derecha. Ambas formaciones han justificado su posición por la falta de consenso en cuatro asuntos: la prohibición de las pelotas de goma, la rebaja de las infracciones por desobediencia a la autoridad y las faltas de respeto a los agentes y las devoluciones en caliente de migrantes en la frontera. Si el dictamen de la ley no se aprueba, como ha sucedido este martes, toda la norma decae.
Una decisión que no ha gustado a organizaciones de derechos humanos como Amnistía Internacional, No Somos Delito, Greenpeace, IRIDIA, Defender a quien Defiende, Ris, Novact y Legal Sol. "No continuar con la tramitación parlamentaria de la reforma de la Ley Mordaza es una oportunidad perdida y una noticia pésima para los derechos humanos en España", señalan en un comunicado. Estas organizaciones reconocen que había aspectos claves pendientes de reformar, pero lamentan que los avances logrados hasta la fecha vayan a permanecer en un cajón. "Había propuestas planteadas para continuar negociando y corregir esos aspectos clave y más lesivos de la ley".
Los sindicatos mayoritarios, CCOO y UGT, también se han mostrado "decepcionados" por el hecho de que se mantenga "una ley sumamente lesiva para las libertades civiles y los derechos de la ciudadanía", en referencia a la norma aprobada por Rajoy en 2015. "Entendemos que aún había margen para la negociación y que la aprobación del dictamen en la Comisión de Interior hubiera dado más tiempo para buscar un consenso más amplio antes de su votación definitiva en el Pleno de la Cámara Baja, donde se habría producido su aprobación o rechazo final debido al carácter orgánico de la ley", exponen.
En el plano político ha habido reparto de culpas. El portavoz del PSOE en el Congreso, Patxi López, ha acusado a ERC y EH Bildu de recurrir a "excusas" y "mentiras" para no apoyar la reforma. El socialista ha asegurado que "todo lo que hacía que la ley de seguridad se llamara ley mordaza estaba acordado ya". Un argumento compartido por el portavoz de IU, Enrique Santiago, el principal responsable de la ley en Unidas Podemos, que también ha reprochado a ERC y Bildu el sentido de su voto en comisión. "Ningún demócrata y nadie de izquierdas lo entendería", ha lamentado.
Esta posición contrasta con la que han mantenido desde ERC y Bildu. Ambos han acusado al PSOE de mantener posiciones inmovilistas, achacándolo a las presiones de los sindicatos policiales. La plana mayor de Podemos, con Ione Belarra a la cabeza, también ha culpado a su socio de coalición, pese a que otras figuras del espacio confederal, entre ellas Santiago, y también los comunes de Ada Colau, han cargado contra los independentistas. Es más, el propio Santiago ha respondido a un tuit del exlíder de Podemos, Pablo Iglesias, después de que este le diera la razón a ERC y Bildu.
La falta de acuerdo en los cuatro puntos anteriormente mencionados ha impedido que salgan adelante los cambios acordados en 36 de los 54 artículos de la norma y en una decena de disposiciones adicionales. Modificaciones de calado como la introducción de un criterio de proporcionalidad vinculado a la capacidad económica del infractor, la reducción de los tiempos de identificación en comisaría o el hecho de que ya no sea necesario comunicar con antelación la celebración de manifestaciones.
Identificación en comisaría: de seis a dos horas
La ley mordaza permite, en su artículo 16, llevar a una persona a dependencias policiales y retenerla allí un máximo de seis horas para su identificación. El acuerdo recogido en la nueva reforma reducía este tiempo a un máximo de dos horas "salvo causa excepcional debidamente alegada y verificable, supuesto que podrá alcanzar hasta seis horas": "La identificación en comisaría será excepcional y una vez concluida la persona identificada será devuelta al lugar desde el que fue conducida a comisaría cuando se trate de otra localidad, incluyéndose también que los agentes deberán informar a los ciudadanos de los derechos que les amparan y los mecanismos de queja".
Las manifestaciones espontáneas, sin infracción
Las manifestaciones espontáneas seguirán siendo consideradas como una "infracción leve", tal y como se recoge en la Ley de Seguridad Ciudadana de 2015. En la reforma que ha decaído este martes se garantizaba "la protección del derecho fundamental a la reunión pacífica mediante la reforma de los artículos referidos al Derecho de reunión, sin que en ningún caso la ausencia de comunicación previa impida el ejercicio del derecho siempre que sea de forma pacífica".
Rodear el Congreso dejaría de estar considerado como "grave"
Otro de los acuerdos implicaba la desaparición del artículo 36.2, que califica como "sanción grave" las manifestaciones o reuniones que provoque "perturbación grave de la seguridad ciudadana" frente al Congreso, Senado o asambleas legislativas autonómicas. Se trata de un artículo que el Ejecutivo de Rajoy incluyó en la norma tras las protestas tras las movilizaciones bautizadas como "rodea al Congreso".
Multas vinculadas a la renta
Esta reforma también buscaba reducir las sanciones a la mitad si el infractor ganaba menos de 1,5 veces el salario mínimo interprofesional, fijado en 1.080 euros en 14 pagas. Si el infractor ganaba un salario entre 1,5 y 2,5 veces del SMI, la rebajaría sería del 25%. En la actual ley, la reducción solo se produce cuando el sancionado se acoge al pago voluntario. Además, también se reducían las cuantías máximas en las infracciones leves y graves.
Permiso para gabar las actuaciones policiales
Otro de los cambios introducidos pasaba por la difusión de imágenes de policías y guardias civiles en su trabajo profesional. La redacción del artículo 36.23 –uso no autorizado de imágenes de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado– establecía que “no constituirá infracción la mera toma de imágenes en lugares de tránsito público y manifestaciones, o su mera difusión". No obstante, la reforma previa excepciones cuando las imágenes afectaran al derecho a la intimidad o seguridad de los agentes.
Restricción de las sanciones a organizadores
Esta reforma también eliminaba el artículo 30.3 que eximía a los organizadores de una manifestación de cualquier responsabilidad en los incidentes que se hubieran producido en el trascurso de la misma, siempre y cuando hubieran dispuesto las medidas de seguridad que hubieran anunciado o, en su caso, aquellas a que les hubiera obligado la autoridad gubernativa.
Registros corporales justificados
La reforma también limitaba los registros corporales. "Siempre serán circunscritos a indicios concretos y comprobables y en todo caso cuando excepcionalmente se justifique dejar a la vista parcialmente el cuerpo, deberán realizarse en lugares donde se preserve la intimidad del administrado, fuera de la vista de terceros, debiendo dejar constancia escrita de esta diligencia, causas e identidad del agente que la adoptó".
Tenencia y cultivo de cannabis, de grave a leve
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La tenencia de cannabis se reducía de grave a leve, por lo que la sanción por pasaba de 601 a 30.000€ a de 100 a 500€. Además, también se rebajaban las sanciones por el cultivo de plantas de cannabis y ya no se consideraba una infracción por el simple hecho de ser visibles al público.
Conciliación para suprimir o reducir una multa
La nueva norma también introducía “el concepto de conciliación ante la imposición de una sanción”. Esto, en la práctica, aplicaba acordar la suspensión o reducción de la multa si había conciliación del autor de la infracción con las personas ofendidas o si realizaba una “actividad reparadora”.
El nudismo, más protegido
La ley mordaza considera como infracción leve “ejecutar actos de exhibición obscena". El acuerdo alcanzado entre los grupos planteaba eliminar este punto (el 37.5) para que “la práctica del nudismo quede más protegida”.
Fue una promesa en campaña electoral, un compromiso del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en su discurso de investidura y un punto del acuerdo de coalición entre PSOE y Unidas Podemos. Pero, finalmente, no ha sido posible. La reforma de la Ley Orgánica 4/2015 de 30 de marzo de Protección de la Seguridad Ciudadana, más conocida como la ley mordaza, no verá la luz esta legislatura. Así se ha decidido en la comisión de Interior celebrada este martes en el Congreso, que ha rechazado la propuesta por un solo voto: 19 en contra —PP, Vox, ERC, Cs, EH Bildu y Junts— frente a 18 a favor —PSOE, UP y PNV—. La ley, por lo tanto, seguirá vigente tal y como la aprobó el gobierno de Mariano Rajoy en 2015.