Violencia machista
Expertas denuncian lagunas en la protección a los hijos de las víctimas de violencia machista
El caso de Juana Rivas y Vanessa Skewes–las dos mujeres que están movilizándose para evitar que sus hijos sean devueltos con sus respectivos padres, condenados por maltrato– han vuelto a poner sobre la mesa la realidad de los menores que son obligados a convivir con sus progenitores a pesar de que ha quedado acreditado ante la Justicia que éstos maltrataron a sus madres. Las expertas cuestionan que se priorice el bien que para el menor supone el contacto paterno filial por encima de la situación de violencia.
La ley contra la violencia de género, aprobada en 2004, establecía para los jueces la capacidad de suspender para los maltratadores la patria potestad, la custodia o el régimen de visitas teniendo en cuenta para ello el interés del menor. También el Convenio de Estambul insta a los gobiernos a tomar las medidas necesarias para que, en el momento de estipular los derechos de custodia y visita relativos a los hijos, se tengan en cuenta los incidentes de violencia y para que el ejercicio de cualquier contacto paterno filial no se pongan en peligro los derechos y la seguridad de la víctima y de los niños. Sin embargo, en la práctica, estas medidas se ponían en marcha en ocasiones contadas.
Las últimas reformas puestas en marcha en 2015 e incluidas en la Ley de la Infancia y la Adolescencia y en el Estatuto de la Víctima suponen, según las fuentes consultadas, un "cierto avance" en la protección de los menores que viven en entornos en los que suceden o han sucedido episodios de violencia machista. Entre otros aspectos, esta legislación eleva las exigencias para la justificación judicial en la atribución de custodias y visitas a maltratadores y reconoce como víctimas a los hijos de las mujeres maltratadas.
De hecho, tras la aprobación de estas medidas, se han multiplicado las resoluciones dictadas por los jueces para poner a salvo a los menores. Las suspensiones del régimen de visitas aumentaron un 56% en el primer semestre de 2016 respecto al mismo período de 2015 (la ley entró en vigor en agosto de ese año), pues pasaron de 350 a 546; las de la patria potestad se incrementaron en un 36% (de 36 a 49); y las de guarda y custodia, un 3% (de 860 a 890).
Nuevos calvarios
No obstante, la jurista Marisa Soleto, presidenta de la Fundación Mujeres, recuerda que los datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) siguen reflejando que las medidas civiles de suspensión de régimen de visitas o de custodias en los casos de delitos de violencia de género apenas rondan el 6%. Y, a pesar de que están a la espera de ver la evolución de estas medidas, subraya que se siguen dictando resoluciones judiciales que son "de imposible comprensión".
"Conocemos muchos testimonios de mujeres que recurren a la Justicia para poner fin a una relación violenta y que, en muchos casos, dependiendo de la respuesta del juzgado, lo que sucede es que se inicia un nuevo calvario. Algunas de ellas acaban siendo penalizadas por intentar proteger a sus hijos del contacto con el maltratador", explica.
Está el reciente caso de Juana Rivas, que ha recurrido la sentencia que la obliga a devolver a sus hijos a Italia con su padre, condenado por maltrato. El de María Salmerón, la mujer que estuvo a punto de ir a prisión por evitar que su hija viera a su padre condenado por malos tratos. O el de Susana Guerrero, que tuvo que ver cómo un juzgado de Talavera de la Reina otorgó la custodia de su hija a su progenitor biológico, también condenado por maltrato. La Audiencia Provincial de Toledo le dio la razón el pasado julio.
Carencias del sistema
¿Qué está fallando entonces? La abogada Amalia Fernández, presidenta de la asociación Mujeres Juristas Themis, no cree que sea una cuestión de falta de legislación, sino de la falta de formación, especialización y sensibilización tanto de los operadores jurídicos que deciden sobre estas cuestiones como de los equipos psicosociales adscritos a los juzgados –integrados por médicos forenses, psicólogos y trabajadores sociales– que atienden a las víctimas y cuyos informes son muy determinantes para los jueces.
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"Lo que es determinante es que seamos conscientes de que la convivencia con la violencia afecta al desarrollo de los menores y que es primordial escucharlos y creer sus testimonios", añade. Coincide en este diagnóstico Soleto, que insiste en que aunque los hijos no sufran directamente los hechos violentos, la violencia del entorno sí produce un daño directo sobre ellos. "Lamentablemente, esa idea no ha traspasado la barrera judicial", indica.
En este sentido, Soleto sostiene que el problema que existe es que el arbitrio judicial mayoritario y el criterio que se está adoptando en la parte civil de los tribunales de violencia de género es que "un maltratador puede ser un buen padre". "En muchos casos se sublima el bien que para el menor supone el contacto paterno filial por encima de cualquier otro tipo de consideración aplicando ese criterio de que es mejor tener cualquier padre, que no tener ninguno", añade.
Por otro lado, Fernández señala que cuando se habla de menores y de violencia machista otro frente relevante es su utilización como medio para "violentar a la madre". "Son vistos como una fórmula para agredir a la mujer y esa es una realidad que también tiene que tenerse en cuenta", sentencia.