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García Castellón rechaza imputar de nuevo a Cospedal y abre una pieza separada centrada en los nuevos audios

La ex secretaria general del PP María Dolores de Cospedal.

El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón ha rechazado citar como investigada a la exsecretaria general del PP María Dolores de Cospedal en el marco de la llamada pieza Kitchen, centrada en la operación policial montada con recursos públicos para sustraer documentación al que fuera tesorero del PP Luis Bárcenas. A diferencia de lo que se solicitaba desde Anticorrupción, el magistrado ha decidido no actuar contra la exnúmero dos de los conservadores y ha acordado incoar una nueva pieza separada, la número 34, para incorporar a ella los diferentes audios aparecidos en algunos medios de comunicación y distintos canales de difusión pública que, a ojos de la Fiscalía, ponían de manifiesto que el "contenido real" de las reuniones entre Cospedal y el comisario jubilado José Manuel Villarejo no era otro que "poner en marcha una estrategia para hacer desaparecer parte de las pruebas" que pudieran afectar a la formación conservadora.

En el primero de los autos, el magistrado rechaza la petición de las acusaciones populares –PSOE y Podemos– para etrotraer las actuaciones a la fase de diligencias previas, así como la petición de la Fiscalía Anticorrupción de incoar una pieza separada bis de la pieza 7 del caso Tándem a raíz de la reciente publicación en diversos medios de varios audios. Para el instructor, no existen hechos nuevos que justifiquen dejar sin efecto el auto firme de procesamiento dictado hace justo un año, en el que libraba a la ex secretaria general del PP.

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"Los elementos aportados no hacen más que corroborar extremos ya referidos en el relato de hechos del auto de 29/07/2021, confirmando la existencia de la trama en los términos fijados en la resolución", apunta el instructor. "Sobre la base de una afirmación realizada por la Sra. Cospedal se efectúa la inferencia a la que se llega por las acusaciones, conclusión que no se puede compartir con un mínimo de rigor profesional", continúa.

“Este instructor de forma reiterada ha hecho mención en diversas resoluciones respecto a la insuficiencia indiciaria que en el proceso penal supone sustentar acusaciones sobre la base de grabaciones troceadas, descontextualizadas y de ignota procedencia. Además, debe recordarse que las posibles reuniones de la Sra. Cospedal con el sr. Villarejo ya fueron objeto de valoración en el auto de 29 de julio y no constituyen, por sí, infracción penal alguna”, asevera.

En otro auto, el juez acuerda incoar una nueva pieza separada para incorporar las publicaciones aparecidas en medios de comunicación y otros canales de difusión para proceder a requerir dicha información a quién corresponda para incorporarla al procedimiento. En este sentido, el juez explica que las publicaciones que se han conocido exigen una labor de análisis para determinar si ese material ya ha sido analizado o si se trata de nuevos casos no conocidos hasta el momento, siendo en este último caso necesario comprobar la relevancia de los mismos para el procedimiento.

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