En España "nunca se expulsa" a una mujer embarazada que esté en situación irregular porque se "prioriza" el interés superior del menor. Así lo explican a Europa Press fuentes del Ministerio del Interior, departamento que se encarga de ejecutar las sanciones de expulsión en materia de extranjería, según informa Europa Press.
"Como práctica general, nunca se expulsa a una mujer en situación irregular que esté embarazada, lleguen embarazadas o estando aquí", han destacado estas mismas fuentes, que han insistido en que en esa situación "el criterio que prevalece" es el interés del menor. No obstante, han agregado que si se han producido expulsiones en este contexto, se debe principalmente a que no se detectó o no constaba el embarazo.
El artículo 57.6 de la ley Orgánica 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social establece que "la expulsión no podrá ser ejecutada cuando ésta conculcase el principio de no devolución, o afecte a las mujeres embarazadas, cuando la medida pueda suponer un riesgo para la gestación o la salud de la madre".
"En la práctica" no se expulsa a madres de hijos nacidos en España
Por otro lado, desde Interior han precisado a Europa Press que la ley no prohíbe la expulsión de las madres que no tienen papeles con hijos nacidos en España, si bien han señalado que "en la práctica" no se realizan. En cualquier caso, una vez terminado el periodo de gestación, se sigue el procedimiento habitual y se analiza "caso por caso" antes de proceder a la expulsión de cualquier persona, ya que dependerá de su nacionalidad o de si tiene intención de pedir asilo, entre otras cosas.
El bebé nacido en territorio español, cuya madre está en situación irregular, no adquiere automáticamente la nacionalidad española aunque la puede adquirir por residencia al cabo de un año.
El PP liderado por Pablo Casado contempla, si consigue llegar al Gobierno, la puesta en marcha de una Ley de Apoyo a la Maternidad en la que se incluye que una mujer en situación irregular en España no será expulsada del país durante el periodo de embarazo en el caso de que haya decidido dar a su bebé en adopción. Según argumenta el partido, la intención es implementar en el ámbito nacional un protocolo de la Comunidad de Madrid puesto en marcha en 2009 que contempla la confidencialidad y el anonimato de la madre que, estando en situación irregular, quiera dar a su hijo en adopción.
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Fuentes del Ejecutivo regional han aclarado a Europa Press que la renuncia de la madre al bebé es anónima y confidencial, es decir, que se garantiza a la mujer que no tenga papeles que su decisión no suponga la consiguiente apertura de un expediente de expulsión.
Desde el Ministerio del Interior apuntan que "cualquier" persona que entre en territorio español por cualquiera de las vías de entrada, ya sea de manera regular o irregular, "está reseñada". Y hace hincapié en que, en virtud de la Ley de Protección de Datos, en España "no se cruzan" las bases de datos. Es decir, que en la actualidad, si una persona en situación irregular acude al médico o a hacer un trámite de adopción "no se informa a la Policía".
"La Agencia Española de Protección de Datos vela porque esas bases de datos sean cerradas y no se notifica si una mujer empieza un proceso de adopción, u otra cosa", han precisado estas mismas fuentes del departamento que dirige Fernando Grande-Marlaska. Interior contesta así al PP, que defiende su propuesta sobre las mujeres que no tienen papeles y están embarazas, alegando que se trata de evitar "por razones humanitarias" el uso de datos personales –que se facilitan en un procedimiento de adopción– como excusa para tramitar un expediente de expulsión.
En España "nunca se expulsa" a una mujer embarazada que esté en situación irregular porque se "prioriza" el interés superior del menor. Así lo explican a Europa Press fuentes del Ministerio del Interior, departamento que se encarga de ejecutar las sanciones de expulsión en materia de extranjería, según informa Europa Press.