Macías, ariete conservador en el Constitucional, blindado para decidir en dos recursos clave

17

No importa que haya mantenido que la ley de amnistía es inconstitucional de manera oficial durante su etapa como vocal a propuesta del PP en el Consejo General del Poder Judicial. La doctrina del Tribunal Constitucional sobre abstenciones y recusaciones de sus miembros impedirá casi con total seguridad que José María Macías, el ariete conservador del órgano de garantías, sea apartado de la sala que resuelva los recursos contra la norma que establece el olvido jurídico en Cataluña. Solo en los recursos de amparo por vulneración de derechos fundamentales que ha planteado el expresidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, la recusación del magistrado a propuesta del PP tendrá alguna posibilidad de prosperar. En el resto de procesos, solo cabe que el mismo Macías pida apartarse, cosa que hasta el momento no ha ocurrido. Sí lo ha hecho el exministro de Justicia Juan Carlos Campo, cuya abstención ha sido ya aceptada. Campo, como Macías, también se pronunció oficialmente sobre la constitucionalidad de la amnistía durante su paso por el Gobierno de Pedro Sánchez.

Puigdemont, a través de su abogado, Gonzalo Boye, ha recusado a Macías de todos los asuntos relacionados con el procés y la amnistía en los que el expresident sea parte. En su escrito, el líder independentista huido recuerda que Macías ya se pronunció sobre la inconstitucionalidad de la ley de amnistía durante su paso por el Consejo General del Poder Judicial. Y no fue en declaraciones a medios o en artículos periodísticos, sino de forma oficial en acuerdos aprobados en el Pleno del órgano de gobierno de los jueces. El primero de ellos, un informe reclamado por el Senado al Consejo durante la tramitación de la ley en el que manifestó que el texto que estaba a punto de aprobarse era contrario a la Constitución, un documento que por haberlo reclamado la Cámara alta, forma parte de la tramitación parlamentaria de la norma. El segundo acuerdo se produjo meses antes, cuando la institución a la que pertenecía antes de llegar al Constitucional aprobó un manifiesto en el que se mantenía la misma tesis y se aseguraba que el único objetivo de la futura disposición era que Pedro Sánchez pudiera formar Gobierno.

Pese a ello, será muy difícil que Macías quede fuera de las deliberaciones sobre la ley. Sobre todo del recurso de inconstitucionalidad presentado por el PP contra ella (de la que el magistrado conservador ha sido designado ponente) y de la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Supremo. Porque la doctrina del Constitucional sobre abstenciones y recusaciones es muy clara desde 2021: todos los magistrados tienen un pasado como juristas en el que pueden haber hecho declaraciones, trabajos académicos o haber mantenido posicionamientos previos sobre leyes que luego tiene que enjuiciar el tribunal y eso no es motivo para apartarlos. La cercanía a un partido político tampoco es suficiente, porque el órgano está formado por personas propuestas por todos los poderes del Estado y su composición es expresión del pluralismo político. Para apreciar la posible falta de apariencia de imparcialidad de sus magistrados habrá que comprobar los hechos en cada caso. Además, según fuentes del órgano, en ambos procesos se realizará un "control abstracto de la constitucionalidad de la norma" y no se analizará un caso concreto.

En esos dos asuntos, la posibilidad de plantear una recusación correspondería a la Abogacía del Estado o a la Fiscalía, afirman fuentes del tribunal. No es usual que el Ministerio Público recuse a magistrados del alto tribunal, pero fuentes del órgano recuerdan que sí lo hizo en 2022 cuando pidió al tribunal que apartara al entonces presidente, el conservador Pedro González-Trevijano, y al magistrado de la misma sensibilidad Antonio Narváez en el recurso de amparo presentado por el PP contra la reforma que pretendía agilizar el sistema de nombramiento de magistrados del Constitucional. Ambas recusaciones, basadas en que la ley a analizar les afectaba directamente al implicar la sustitución de ambos por nuevos magistrados en caso de aplicarse, fue rechazada por la entonces mayoría conservadora en medio de una gran polémica. Pero en este caso, el de la amnistía, el Ministerio Fiscal no ha pedido, por el momento, apartar a nadie.

Para no formar parte del tribunal de la amnistía, tendría que ser el propio Matías el que solicitara apartarse, algo que, hasta el momento, no ha hecho. Sí se ha abstenido Juan Carlos Campo. Y por la misma causa que Puigdemont pide que se le aplique a Macías: haberse pronunciado previamente y de manera oficial sobre el encaje constitucional de la norma. En los informes sobre los indultos concedidos por el Gobierno de Sánchez a los líderes independentistas, el entonces ministro de Justicia defendió la constitucionalidad de los mismos, pero no de la amnistía. La también magistrada progresista Laura Díez Bueso también se ha abstenido de varios asuntos sobre los que se había manifestado con anterioridad. Así lo hizo en varios recursos sobre normativa lingüística en Cataluña, mientras perteneció al Consejo de Garantías Estatutarias de esa comunidad. En todos esos casos, las abstenciones han sido aceptadas, lo que indicaría que, de presentarla, también lo sería la de Macías.

Más recorrido tendrían las recusaciones contra Macías presentadas en recursos de amparo, como la que ha planteado Puigdemont. Porque se trata de casos concretos en los que el expresident sí es parte, que han sido presentados contra resoluciones de un tribunal ordinario, el Tribunal Supremo. En ese caso, los magistrados tendrán que estudiar el caso concreto para comprobar si ha existido un juicio previo o manifestaciones que demuestren parcialidad o enemistad con el recurrente y lo inhabiliten para formar parte del tribunal. El líder independentista argumenta que, en un artículo publicado en 2018, el ahora magistrado comparó el independentismo con el fascismo y el nazismo mientras que se vanaglorió de ser amigo del juez Pablo Llarena, instructor de la causa de procés y autor de varias resoluciones recurridas al Constitucional por el expresidente catalán.

No importa que haya mantenido que la ley de amnistía es inconstitucional de manera oficial durante su etapa como vocal a propuesta del PP en el Consejo General del Poder Judicial. La doctrina del Tribunal Constitucional sobre abstenciones y recusaciones de sus miembros impedirá casi con total seguridad que José María Macías, el ariete conservador del órgano de garantías, sea apartado de la sala que resuelva los recursos contra la norma que establece el olvido jurídico en Cataluña. Solo en los recursos de amparo por vulneración de derechos fundamentales que ha planteado el expresidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, la recusación del magistrado a propuesta del PP tendrá alguna posibilidad de prosperar. En el resto de procesos, solo cabe que el mismo Macías pida apartarse, cosa que hasta el momento no ha ocurrido. Sí lo ha hecho el exministro de Justicia Juan Carlos Campo, cuya abstención ha sido ya aceptada. Campo, como Macías, también se pronunció oficialmente sobre la constitucionalidad de la amnistía durante su paso por el Gobierno de Pedro Sánchez.

>