JUSTICIA

De un proceso sin rumbo a un delincuente confeso: qué une y separa a los casos Gómez y Amador

El comisionista Alberto González Amador, a las puertas del Tribunal Superior de Madrid.

Uno es presidente del Gobierno y secretario general del PSOE. La otra, la presidenta de la Comunidad de Madrid, del PP. Dos causas penales pesan sobre los entornos familiares de dos de los políticos con más peso en España en este momento, Pedro Sánchez e Isabel Díaz Ayuso, enzarzados en un enfrentamiento constante desde hace años. En el caso del primero, es su esposa Begoña Gómez, la que tiene abierta una polémica investigación por tráfico de influencias y corrupción en los negocios que no ha encontrado hasta el momento evidencias de infracciones penales. Por el contrario, Alberto González Amador, la pareja de Ayuso, ha reconocido la comisión de tres delitos fiscales y se ha comprometido a pagar casi medio millón de euros para tratar de evitar la cárcel. En ambas causas, los principales imputados han iniciado acciones contra los investigadores de sus presuntas infracciones: el juez Juan Carlos Peinado y la Fiscalía. Y las dos por el mismo delito, descubrimiento y revelación de secretos. Ambos casos presentan múltiples paralelismos, aunque también diferencias en el tratamiento judicial que, hasta el momento, han recibido. Estos son sus puntos en común y sus contrastes.

Objetivo: las parejas de ambos cargos

Se trata de investigaciones que afectan a las parejas de ambos cargos enfrentados: Begoña Gómez, en el caso de Sánchez, y González Amador en el de Ayuso. En cualquier caso, las pruebas contra una y otro son muy diferentes. Mientras la primera se opone frontalmente a la causa abierta a raíz de varias denuncias de organizaciones ultras como Manos Limpias, Vox o Hazte Oír y la considera un montaje prospectivo organizado y alentado por el juez -que pese a la batería de diligencias y declaraciones practicadas desde abril no ha conseguido avanzar en la obtención de pruebas-, González Amador ha decidido colaborar con la Justicia y ha reconocido los delitos que se le imputan.

Cuando el abogado de Gómez reclamó al instructor de la causa, Juan Carlos Peinado, que delimitara su contenido, el titular del juzgado de Instrucción 41 de Madrid respondió que su objeto eran "todos los actos, conductas y comportamientos que se han llevado a cabo por la investigada, desde que su esposo es presidente del Gobierno de España", que se incluyan en la denuncia inicial del pseudosindicato Manos Limpias. La Audiencia de Madrid limitó la investigación en julio a las dos cartas de recomendación firmadas por la esposa del jefe del Ejecutivo a favor de las sociedades de Juan Carlos Barrabés (que presentó otras 31 misivas de este tipo) en dos concursos de la entidad pública Red.es en los que resultaron ganadoras. Otra de las líneas contenidas en la querella fue considerada un bulo por los magistrados, y la tercera, la supuesta influencia de Gómez en el rescate de Air Europa, también fue descartada al entender que se trataba de una "conjetura".

Pero además, la investigación de las cartas de recomendación de Gómez ha recaído en la Fiscalía Europea, al haberse financiado en parte los dos contratos que ganó Barrabés con fondos europeos, por lo que el juez tendría que haberse abstenido de seguir indagando sobre ellas. Pese al cierre por la Audiencia de Madrid de la línea relacionada con Air Europa, el juez ha seguido ordenando diligencias. Esos son los motivos que han llevado al abogado de Gómez, el exministro del Interior Antonio Camacho, a pedir el archivo del caso por considerarlo "una causa general" que, en realidad, está vacía de contenido. Si la única parte susceptible de investigación ha quedado en manos de la acusación pública europea y lo de Air Europa es "una conjetura", el juez, según la defensa de Gómez, debería haber archivado la causa. Así se lo ha pedido a la Audiencia Provincial, que tomará una decisión el próximo 30 de septiembre.

Pero, además, el instructor ha recabado dos informes de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil y ninguno de los dos ha encontrado ningún tipo de irregularidad. Peinado, por último, ha actuado en todo momento en contra del criterio del Ministerio Público, que mantiene una postura similar a la de Gómez y también ha recurrido la causa a la Audiencia Provincial para que sus magistrados la delimiten claramente.

El caso de Gómez es muy diferente que el de González Amador. Mientras que en el primero se investiga si existe algún tipo de delito, en el de la pareja de Isabel Díaz Ayuso este ha confesado la comisión de dos delitos fiscales para evitar entrar en prisión. A diferencia de la esposa del presidente, Alberto González Amador se ha declarado culpable y ha aceptado una pena de ocho meses de cárcel -al ser inferior a dos años no comporta su encarcelamiento- y el pago de 491.824 euros, aunque la juez del caso, Inmaculada Iglesias, no ha decidido por el momento si acepta el acuerdo alcanzado con la fiscalía y la Abogacía del Estado.La cantidad defraudada a Hacienda fue de 350.951 euros, a los que se suman dos multas de 155.000 euros y otros 195.951, más los intereses (2.493 euros).

Una "causa general" contra Gómez; prohibida la prospección en la de Amador

Tanto la Fiscalía como la defensa de Begoña Gómez se han opuesto a la investigación contra esta argumentando que el juez Peinado está llevando una investigación prospectiva contra esta. Una "causa general", alentada por las organizaciones ultra que se han ido adhiriendo a la causa. Pese a la delimitación que ya hizo la Audiencia, el juez Peinado ha seguido citando a imputados y testigos en líneas de investigación que, en teoría, deberían estar cerradas. Pese al veto que impuso la Audiencia de Madrid al instructor sobre todo lo relacionado con el rescate de Air Europa, el instructor no dudó en tomar declaración el 26 de agosto a Leticia Lauffer, directora de Wakalua, filial de Globalia, el holding al que pertenece la aerolínea. El magistrado, además, ha explorado otros terrenos sin demasiado éxito hasta el momento, como la cátedra dirigida por Gómez en la Universidad Complutense de Madrid y su financiación. También ha ordenado diligencias relacionadas con estos hechos.

La actitud del juez Peinado frente a Gómez contrasta con la de su compañera del juzgado de Instrucción 19 de Madrid, Inmaculada Iglesias, respecto de Alberto González Amador. El pasado junio, el PSOE y Más Madrid, que actúan como acusaciones populares en la causa contra el compañero de Ayuso, pidieron que, además de los dos delitos fiscales que se le imputan (y que ha confesado) y el de falsedad en documento mercantil, la instructora ampliara la causa a cuatro más: administración desleal, falsedad contable, corrupción en los negocios y delito contable. Esta solicitud de las acusaciones, en la que se pedían, además, 23 nuevas diligencias para investigar esas nuevas infracciones, fue la que frustró en el último momento el acuerdo de Amador con la Fiscalía y la Abogacía del Estado para evitar la cárcel.

Sin embargo, la instructora ha rechazado ambas peticiones con el argumento -entre otros- de que algunas de esas nuevas pruebas solicitadas podrían considerarse "prospectivas", "al no existir indicios de delitos distintos a los que son objeto del presente procedimiento". También ha considerado que las nuevas diligencias generarían "excesiva complejidad" en el caso, lo que podría provocar la "dilación en el procedimiento, que se alargaría durante varios años", lo que impediría "el pronto enjuiciamiento exigido por el artículo 17 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal". Es decir, frente a la búsqueda continua de nuevas líneas por parte de Peinado -el juez del caso Gómez- y su insistencia en seguir con las que los magistrados de la Audiencia cerraron, su compañera delimita el de Amador a lo contenido en la denuncia inicial del Ministerio Fiscal.

Querellas contra los investigadores

Una coincidencia en ambos casos es que tanto Begoña Gómez como Alberto Gómez Amador han denunciado a los investigadores que han actuado contra ellos. La primera ha presentado una querella por prevaricación y revelación de secretos contra el juez Peinado ante la Sala a la que está aforado, la de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Gómez sostiene que, aunque el instructor de su caso declaró el secreto de sumario nada más recibir la querella de Manos Limpias y no lo levantó hasta el 24 de mayo, el juez "dio traslado" en ese período de varias declaraciones y diligencias de la causa a la acusación popular de Vox. Su defensa considera, además, que las dos resoluciones de Peinado (del 17 y el 23 de mayo) en las que informó de la causa a esa parte "son manifiestamente arbitrarias e injustas y podrían constituir en sí mismas un delito de prevaricación judicial". Camacho, el abogado de Gómez asegura que la revelación de esos datos vulneraron el derecho de defensa de su clienta y permitieron la divulgación por los medios de informaciones sobre la causa que la sometieron a "pena de banquillo". También considera que la investigación judicial es "inusual, errática y prospectiva" e intenta mantener una "causa general".

La querella de Gómez se suma a la presentada por el presidente del Gobierno, a través de la Abogacía del Estado, por prevaricación. En ella, el Gobierno acusa al juez de dañar la imagen de la presidencia del Ejecutivo al ordenar su toma de declaración en el Palacio de la Moncloa, una diligencia que la Abogacía considera ilegal y que, según solicitó el propio Sánchez, debió haberse prestado por escrito. En el acto procesal, que tuvo lugar en el complejo presidencial el pasado 30 de julio, el jefe de Gobierno se negó a declarar acogiéndose a su derecho a no hacerlo en causas abiertas contra un familiar, en este caso su mujer. La diligencia duró dos minutos y no aportó nada a la causa, pero causó un gran revuelo mediático ante la poderosa imagen de un juez interrogando en Moncloa al cargo con más poder del país. Pese a la petición de la Fiscalía de no hacerlo, el instructor ha dado traslado de ese "no interrogatorio" a las partes argumentando que del silencio del presidente se pueden hacer "inferencias", lo que ha provocado que la Abogacía amplíe su querella. Al no ser parte en el proceso, la querella del presidente del Gobierno no podría apartar por sí misma al instructor del caso, aunque sí la de su esposa, la principal acusada, en caso de que el TSJM la admita a trámite en las próximas semanas.

Mientras que el recorrido de la querella de Gómez contra Peinado es aún incierto, la que presentó Alberto González Amador contra la Fiscalía podría provocar en los próximos días la imputación del mismísimo fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz. La denuncia de Amador, por revelación de secretos, se basa en una nota aclaratoria de la Fiscalía de Madrid ante un bulo publicado por varios medios de derechas. La noticia falsa aseguraba que había sido el Ministerio Público y no el propio Amador quien había propuesto el pacto para evitar la cárcel al compañero de Ayuso y que, posteriormente, había retirado su oferta. La nota aclaratoria explicaba cronológicamente cómo había sido el propio Amador, a través de su abogado, quien había confesado los dos delitos fiscales por los que estaba investigado y se había ofrecido a pagar lo defraudado con las sanciones y los intereses.

Pese a ello, el instructor de la Sala de lo Civil y Penal del TSJM (que sí admitió a trámite el caso) imputó a dos fiscales madrileños y elevó la causa al Supremo para que investigara al fiscal general. García Ortiz ha sostenido desde el primer momento que fue él quien ordenó difundir el comunicado, que lo hizo para dar información veraz y en defensa del trabajo del fiscal del caso. Las notas aclaratorias de la Fiscalía y de los distintos tribunales enviadas a los medios son habituales cuando se publican informaciones inexactas o directamente falsas. Esta es la primera vez que un escrito de ese tipo podría sentar en el banquillo a todo un jefe del Ministerio Público.

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