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Así será la fase 1: Se permiten las reuniones de 10 personas y desplazarse a segundas residencias

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Los habitantes en los territorios que el lunes 11 de mayo entran en la fase 1 del plan de transición a la nueva normalidad del Gobierno podrán organizar reuniones de hasta diez personas, "excepto en el caso de personas convivientes", y acudir a la segunda residencia siempre que sea dentro de la misma provincia. Así se explica en el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicado este sábado y que regula las actividades permitidas durante esta étapa a la que pasarán Galicia, Asturias, Cantabria, el País Vasco, Navarra, La Rioja, Aragón, Murcia, Extremadura, Ceuta y Melilla, Andalucía, salvo Granada y Málaga; Cuenca y Guadalajara, Baleares, Canarias, y algunas áreas sanitarias de Castilla y León, la Comunidad Valenciana y Cataluña, pero no el grueso de estos territorios.

 Asimismo, "en todo caso, deberán respetarse las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención del covid-19, y, en particular, las relativas al mantenimiento de una distancia mínima de seguridad de, al menos, dos metros, o, en su defecto, medidas alternativas de protección física, de higiene de manos y etiqueta respiratoria".

Con respecto a los desplazamientos a segundas residencias dentro de la misma provincias, la orden ministerial publicada en el BOE señala que "se podrá circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia a efectos del proceso de desescalada". Según confirma Moncloa, finalmente, el asunto ha sido evaluado nuevamente y el ministerio de Sanidad confirma la interpretación de que sí es posible trasladarse a segundas residencias dentro de la misma provincia o zonas que pasen el lunes a la fase 1, al igual que está permitido el desplazamientos a hoteles y alojamientos turísticos.

Ya durante su comparecencia, Pedro Sánchez ha asegurado que sí que se puede ir en fase 1 a segundas residencias siempre que estén en la misma provincia. Estas palabras llegaban después de que fuentes del Gobierno matizaran este sábado por la mañana a Europa Press, que no estaban permitidos con el objetivo de evitar la serie de actividades adicionales que implican estos movimientos, como las visitas al supermercado o comercios para llenar la nevera. En el plan inicial de desescalada, esta medida se restrigía hasta la fase 2. 

Asimismo, también recoge el permiso del Gobierno a las comunidades autónomas que adapten las franjas horarias durante el estado de alarma relativas a las salidas de los niños, paseos o realización de actividad física, de forma que "comiencen hasta dos horas antes y terminen hasta dos horas después, siempre y cuando no se incremente la duración total de dicha franja".

Comercios, terrazas y mercadillos

Asimismo, el Gobierno permitirá en las provincias y zonas que han pasado a la fase 1 la reapertura al público a partir del lunes de los comercios con superficie igual o inferior a 400 menos cuadrados, las terrazas al aire libre y los mercadillos.

El BOE detalla que podrá procederse a la reapertura al público de todos los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales "siempre que tengan una superficie útil de exposición y venta igual o inferior a 400 metros cuadrados". Sin embargo, el Ejecutivo ha vuelto a exceptuar en esta apertura a aquellos comercios que se encuentren dentro de parques o centros comerciales sin acceso directo e independiente desde el exterior.

En cualquier caso, advierte que se deberá garantizar una distancia mínima de dos metros entre clientes y en los locales comerciales en los que no sea posible mantener esa separación, se permitirá únicamente la permanencia dentro del local de un solo cliente. Además, se deberá habilitar un horario especial para personas mayores de 65 años.

El Ejecutivo insta a extremar la medidas de limpieza en los comercios, por lo que se prohíbe el uso de los aseos de los establecimientos comerciales por parte de los clientes, salvo en caso de que fuera "estrictamente necesario". En los comercios no se podrá a disposición de los clientes productos de prueba como cosméticos o productos de perfumería, mientras que los probadores deberán utilizarse por una única persona y limpiarse y desinfectarse después de su uso. Además, en el caso de que un cliente se pruebe una prenda que posteriormente no adquiera, ésta se deberá higienizar, al igual que las devoluciones de prendas que realicen los clientes.

El Gobierno permitirá en la fase 1 de la desescalada la reapertura al público de terrazas al aire libre de bares y restaurantes limitando al 50% el aforo y con una ocupación máxima permitida de 10 personas por mesa o agrupación de mesas. Los hosteleros deberán evitar en las terrazas el uso de cartas de uso común, apostando por el uso de dispositivos electrónicos propios, pizarras o carteles. Además, se eliminarán en las mesas para evitar contagios productos de autoservicio como servilleteros, palilleros, vinagreras, aceiteras, y se priorizará el uso de monodosis desechables.

En la fase 1 de la desescalada, los ayuntamientos podrán decidir la apertura de mercados al aire libre a un máximo del 25% de los puestos que tenían autorizados con anterioridad y una afluencia inferior a un tercio del aforo habitual. Respecto a la distancia de seguridad interpersonal entre clientes debe de ser de dos metros entre clientes, con marcas en el suelo, o mediante el uso de balizas, cartelería y señalización.

Administraciones de lotería, concesionarios, ITV y viveros

El Gobierno permitirá en las provincias y zonas que han pasado a la fase 1 de la desescalada la reapertura al público de los concesionarios de automoción, las estaciones de inspección de vehículos (ITV), centros de jardinería y viveros de plantas "sea cual fuera su superficie útil" mediante la utilización de cita previa. También podrán abrir las administraciones de lotería.

En el artículo 10 establece que además "podrán proceder a su reapertura al público, mediante la utilización de la cita previa, los concesionarios de automoción, las estaciones de inspección técnica de vehículos y los centros de jardinería y viveros de plantas sea cual fuere su superficie útil de exposición y venta". Asimismo "podrán proceder a su reapertura al público las entidades concesionarias de juego público de ámbito estatal, a excepción de aquellos que se encuentren ubicados dentro de centros comerciales o parques comerciales, sin acceso directo e independiente desde el exterior".

Según el BOE, todos los establecimientos y locales que puedan proceder a la reapertura al público según lo dispuesto en este capítulo, "podrán establecer, en su caso, sistemas de recogida en el local de los productos adquiridos por teléfono o en línea, siempre que garanticen una recogida escalonada que evite aglomeraciones en interior del local o su acceso".

Hoteles y turismo activo

El BOE también recoge las condiciones en las que podrán reabrir hoteles y establecimientos turísticos y en las que podrá retomar su actividad el turismo activo y de naturaleza en la fase 1 de la desescalada.

La orden del Ministerio de Sanidad establece que en los hoteles y establecimientos turísticos se permiten los servicios de restauración y cafetería cuando sea necesario, y exclusivamente a los clientes hospedados, aunque aclara que no podrán prestarse en las zonas comunes, que permanecerán cerradas.

Además, el Ministerio dicta que no estará permitida la utilización de piscinas, spas, gimnasios, miniclubs, zonas infantiles, discotecas, salones de eventos y de todos aquellos espacios análogos que no sean imprescindibles para el uso de hospedaje del hotel o del alojamiento. En este sentido, se detalla que aquellas zonas que no estén en uso deberá contar con una clara identificación de acceso restringido o clausuradas totalmente.

En cuanto a retomar las actividades de turismo activo y de naturaleza, el BOE dispone que se deberá realizar en grupos de hasta diez personas, debiendo concertarse estas actividades preferentemente mediante cita previa. Además, deberá garantizarse la distancia de seguridad interpersonal de dos metros, aunque cuando no se pueda se utilizarán los equipos de protección adecuados al nivel de riesgo.

Estas actividades no se podrán realizar en establecimientos o locales destinados a esta actividad, cuyas zonas comunes deberán permanecer cerradas al público, salvo las correspondientes a la zona de recepción y, en su caso, aseos y vestuarios, que deberán disponer de jabón desinfectante para el lavado de manos y/o geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad.

Las comitivas para enterrar o cremar serán de un máximo de 15 personas 

La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para cremación de la persona fallecida a partir de la fase 1 se restringe a un máximo de quince personas, entre familiares y allegados, además de, en su caso, el ministro de culto o persona asimilada de la confesión respectiva para la práctica de los ritos funerarios de despedida del difunto.

Además, como ya se había se adelantado, los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, con un límite máximo en cada momento de quince personas en espacios al aire libre o diez personas en espacios cerrados, sean o no convivientes.

Iglesias y mezquitas

Las misas en la fase 1 de la desescalada deberán ser cortas y los asistentes tendrán usar mascarillas con carácter general, no habrá contacto personal y se mantendrá manteniendo en todo momento la distancia de seguridad, tampoco habrá distribución de objeto, libros o folletos, no se podrá tocar o besar objetos de devoción u otros objetos que habitualmente se manejen y no habrá coros. Todo ello, manteniendo un aforo del 30 % y una distancia de seguridad de al menos un metro, que deberá estar publicado en un lugar visible del templo.

Asimismo, los asistentes a lugares de culto como las mezquitas en los que se sitúen directamente en el suelo y se descalcen antes de entrar deberán usar alfombras personales y ubicar su calzado en los lugares estipulados, embolsado y separado, durante la fase 1 de la desescalada. Sería el caso del rezo en mezquitas, aunque los musulmanes ya han anuciado que no procederán a ceremonias en grupo hasta la fase 3 de la desescalada.

Congresos científicos de 30 asistentes 

El Gobierno también permitirá la celebración de seminarios y congresos científicos o innovadores de hasta 30 asistentes, así como la reapertura gradual de instalaciones científico-técnicas durante la fase 1 de la desescalada.

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Los congresos científicos podrán ser promovidos por entidades de naturaleza pública o privada, siempre que tengan por objeto la mejora y ampliación del conocimiento en cualquiera de las áreas de la investigación, el desarrollo o la innovación, con el fin de fomentar la investigación científica y técnica en todos los ámbitos, impulsar la transferencia del conocimiento o fomentar la innovación y la competitividad. En todo caso, dichos eventos deberán, en todo momento, cumplir las obligaciones de distancia física exigida de dos metros, sin superar en ningún caso la cifra de 30 asistentes, debiendo fomentarse la participación no presencial de aquellos que puedan prestar su actividad a distancia.

En esta nueva fase de la desescalada, las entidades de naturaleza pública y privada que desarrollen o den soporte a actividades de investigación científica y técnica, desarrollo e innovación en todos los campos de la economía y de la sociedad, cuya actividad hubiera quedado afectada, total o parcialmente, por la declaración del estado de alarma y sus sucesivas prórrogas, podrán reiniciar la misma y la de sus instalaciones asociadas.

Para ello, se deberá garantizar la protección de toda persona que preste servicios en las mismas y el cumplimiento de las medidas generales de prevención e higiene frente al Covid-19, indicadas por las autoridades sanitarias y la normativa asociada a la seguridad y salud laboral, asegurando el desarrollo de la actividad laboral en condiciones de seguridad, autoprotección y distanciamiento social. Asimismo, se llevará a cabo una limpieza y desinfección periódica de los locales e instalaciones donde se desarrollen tales actividades.

Los habitantes en los territorios que el lunes 11 de mayo entran en la fase 1 del plan de transición a la nueva normalidad del Gobierno podrán organizar reuniones de hasta diez personas, "excepto en el caso de personas convivientes", y acudir a la segunda residencia siempre que sea dentro de la misma provincia. Así se explica en el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicado este sábado y que regula las actividades permitidas durante esta étapa a la que pasarán Galicia, Asturias, Cantabria, el País Vasco, Navarra, La Rioja, Aragón, Murcia, Extremadura, Ceuta y Melilla, Andalucía, salvo Granada y Málaga; Cuenca y Guadalajara, Baleares, Canarias, y algunas áreas sanitarias de Castilla y León, la Comunidad Valenciana y Cataluña, pero no el grueso de estos territorios.

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