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FUERZAS ARMADAS

Víctimas del accidente militar de Hoyo de Manzanares luchan por una causa judicial justa tras los intentos de incriminarles

El teniente José Manuel Candón y el brigada Raúl González, los dos heridos graves en Hoyo de Manzanares, en unas maniobras antes de la explosión.

Cinco militares fallecidos y tres heridos, dos de ellos de extrema gravedad. Ese fue el duro balance que dejó el accidente ocurrido hace ya casi once años en la Academia de Ingenieros de Hoyo de Manzanares (Madrid) durante un ejercicio de desactivación de explosivos. En teoría, no dejaban de ser unas maniobras rutinarias en la preparación de estos uniformados para incorporarse a la misión de la ONU en Líbano, pero de repente, en el traslado de unas minas contracarro, todo estalló.

El suceso ocurrió el 24 de febrero de 2011 y a día de hoy no se ha señalado a ningún responsable por el estado en el que se encontraba la munición. La investigación judicial ha sido reabierta y archivada varias veces, pero las familias de los fallecidos y los supervivientes siguen esperando que se les diga si fue un accidente fortuito o una negligencia de los mandos por permitirles hacer prácticas con un explosivo catalogado como inútil. La sorpresa llegó este año, al cumplirse una década del accidente, cuando la jueza togada que ha instruido los hechos trató de procesar dos veces a uno de los heridos más graves, el teniente José Manuel Candón.

La pretensión de la comandante Patricia Moncada, titular del Juzgado Territorial número 11 de Madrid, se quedó en intentos porque la instancia superior, el Tribunal Militar Territorial, los frenó. Ahora, la defensa de Candón ha presentado un incidente de recusación, al que ha tenido acceso infoLibre, en el que pide que la jueza se aparte del procedimiento por arbitrariedad y falta de imparcialidad en su instrucción. Según fuentes jurídicas, el otro herido grave, el brigada Raúl González, se ha adherido a esta petición que aún está pendiente de resolución.

De víctima a verdugo

El teniente Candón, que siempre ha sido considerado una víctima más del grave accidente, pasó de la noche a la mañana a ser considerado verdugo, a pesar de que en diez años de instrucciones judiciales nunca se había planteado esta posibilidad, básicamente porque ningún informe pericial apuntaba a una eventual responsabilidad de los militares que estaban realizando las maniobras. Es más, tal y como publicó La Razón cuando se cumplió el décimo aniversario, las víctimas consiguieron reabrir la causa en 2018 tras aportar documentación que explicaba que las minas que detonaron habían sido catalogadas como material inútil en diciembre de 2010, que ya desde 1999 un manual técnico del Ejército prohibía su uso para prácticas o que, pese a que debían ser desmilitarizadas, diversos mandos de unidades permitían que se utilizasen para ejercicios de desactivación. 

La sorprendente decisión de la jueza Moncada tuvo lugar en febrero de este año, cuando dictó un auto de procesamiento contra Candón al responsabilizarle de la explosión in vigilando por ser el militar de más alta graduación de los que estaban haciendo ese ejercicio. Le consideraba "autor de siete delitos, en relación de concurso ideal, contra la eficacia en servicio, cinco de ellos con resultado de muerte, uno con resultado de lesiones graves y otro con resultado de lesiones leves". También le reclamaba una fianza de casi 1,6 millones de euros para cubrir el pago de posibles indemnizaciones al resto de víctimas.

Le procesaba sin haberle interrogado previamente como imputado, lo cual fue alegado por la representación letrada del teniente como vulneración de su derecho de defensa y a un proceso justo, pues el hecho de procesarle directamente le había impedido defenderse planteando diligencias de exculpación. La jueza tampoco había pedido opinión a la Fiscalía.

El auto de procesamiento no sólo fue recurrido por Candón, sino por el resto de víctimas del accidente, así como por el fiscal y el abogado del Estado. Por ejemplo, la defensa de la familia de uno de los fallecidos explicaba que el procesamiento del teniente entraba en "evidente contradicción" con las conclusiones a las que la instrucción judicial había ido llegando en los últimos años, que nunca ha considerado responsables del siniestro a los militares que se encontraban en la práctica de desactivación de explosivos, según la documentación de la causa consultada por este periódico.

Uno de los recursos más duros fue el del Ministerio Público. "Se ha transmutado de manera radical y sorpresiva la condición de parte de Candón, quien durante, nada más y nada menos, diez años ha ostentado la condición de testigo/perjudicado, pasando mediante el auto que ahora se recurre a tener la condición de parte pasiva, de sometido a procedimiento penal, sin que en ningún momento se le haya oído ni informado de la imputación", dijo el fiscal jurídico militar, que tuvo que recordar a la jueza que las declaraciones que el teniente ha ido prestando como testigo a lo largo del proceso no estuvieron "revestidas de las garantías procesales" que corresponde a todo investigado.

Pero es que además, el fiscal sostiene en su escrito que las causas de la explosión de Hoyo de Manzanares que defiende la jueza y por las que quería procesar al teniente "se sustentan en conjeturas y presunciones no apoyadas por indicios de entidad relevantes que justifiquen el procesamiento acordado". El auto va "más allá" de lo que establecía el informe pericial del Grupo de especialistas en desactivación de explosivos, que no pudo determinar una causa concreta.

"Opiniones, conjeturas, meras sospechas"

El Tribunal Militar Territorial estimó todos los recursos el pasado mes de mayo. En un contundente auto en el que expone la falta de la "necesaria exhaustividad" por parte de la comandante Moncada, le recrimina la "falta de la debida exposición y razonamiento de los indicios racionales de criminalidad que justifiquen el procesamiento", pues sus conclusiones se basan en "opiniones, conjeturas, meras sospechas, pero ausencias de indicios de criminalidad".

Para el tribunal, el auto de Moncada "adolece del necesario sustento incriminatorio en cuanto a que los hechos puedan razonablemente sustentarse en los motivos apreciados por la juez, ya que no constituyen verdaderos indicios y, por otra parte, se entiende vulnerado el derecho de defensa del procesado".

A pesar de que el tribunal había revocado el procesamiento de Candón, la comandante Moncada volvió a la carga unas semanas después dictando un nuevo auto en el que volvía a proponer que el teniente fuera juzgado. A principios del pasado noviembre, el Tribunal Militar Territorial resolvió archivando el procedimiento contra Candón de forma definitiva, recriminando a la jueza que los hechos investigados “ya fueron objeto de exposición en el anterior auto” o que los delitos imputados “vuelven a coincidir con los realizados en la citada ocasión anterior, no aportando novedad alguna”.

Proteger a la cadena de mando

Tras el segundo procesamiento fue cuando el teniente se decidió a presentar un incidente de recusación contra la jueza por considerar que "concurre contaminación y merma de la precisa imparcialidad", puesto que ve su actuación "alejada de toda buena práctica procesal". Aparte de acusar a Moncada de usar las testificales de Candón "para incriminarle", vulnerando su "derecho fundamental de no autoincriminación como manifestación específica de los derechos a la defensa y a la presunción de inocencia", considera que la instructora no practicó las "pruebas oportunas" para responder a la pregunta de quiénes fueron los responsables de facilitar la "munición (inútil), quien o quienes la gestionaron, entregaron y recibieron la cadena de custodia de la misma". "Y un sinfín de actuaciones de investigación que competían y competen a la juez, pero que no realizó", añade.

El escrito, al que ha tenido acceso infoLibre, destaca "la sospecha manifiesta de la existencia de un posible interés personal en la causa" por parte de la comandante, "eclipsando las causas reales de lo ocurrido con el único fin de proteger la cadena de mando implicada, de empleos superiores" al del teniente.

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Basándose en las conclusiones del Tribunal Militar Territorial, la defensa de Candón opina que la jueza optó por procesarle "sin contraponer prueba alguna que arrojara luz al asunto, emitiendo una acusación sin fundamento, alejada de todo hecho probatorio, sin indicio alguno de responsabilidad, basado en conjeturas y apreciaciones que obtiene de una interpretación particular y torticera de los manuales y procedimientos, entendiendo las testificales a su forma y manera, actuando y atribuyéndose una función pericial que ni ostenta ni le corresponde para desvirtuar cualquier informe o peritaje que no vaya en consonancia con su particular e infundada tesitura".

El teniente considera también que la instructora "presenta una enemistad manifiesta" sobre él "dado el trato que le viene dispensando y el daño moral infligido tanto a él como a sus familiares, con el reiterado y persistente procesamiento por la misma causa y los mismos hechos en contra de lo argumentado y probado por esta parte", así como el recurso del Ministerio Fiscal y el primer auto del Tribunal Militar Territorial, "y de manera predeterminada, unido a un aparente interés por no llegar al fondo del asunto y proteger a los verdaderos responsables por la alta graduación y empleo que ostentan los mismos".

Por todo ello, Candón pide al Tribunal Militar Territorial que estime el incidente de recusación y, por tanto, aparte a la jueza togada de esta instrucción, que continúa abierta cuando sólo quedan tres meses para que se cumplan once años de la explosión en Hoyo de Manzanares.

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