Presos
Tres jueces del Constitucional defienden el fin de la política de dispersión de presos de ETA
Tres jueces del Tribunal Constitucional –Juan Antonio Xiol, Adela Asúa y Fernando Valdés– han manifestado su deseo de revisar y reforzar el derecho de los presos a estar cerca de sus familias, a raíz del caso de un condenado por terrorismo de la kale borroka que está recluido en una prisión de Valladolid kale borrokacuando su madre y sus abuelos residen en Gipuzkoa, según recoge la Cadena SER. El voto particular de estos magistrados expresa su rechazo a un auto en el que el pleno del tribunal rechaza la petición de Sabin Mendizabal de ser trasladado al centro de Zaballa. Detenido en 2015 tras fugarse, en 2003 Mendizabal colocó un artefacto explosivo en la sede del PP en Ermua (Bizkaia), que pese a que detonó, causó daños menores porque la bombona de butano que iba adherida no llegó a explotar. La sentencia de la Audiencia Nacional no declaró probada su integración en ETA.
El Constitucional avala en este auto la "manifiesta inexistencia de violación de derechos fundamentales" que se desprende de la reclusión del condenado en Valladolid. La Audiencia Nacional ya argumentó que sus abuelos no son familiares de primer grado, que recibía visitas de la familia frecuentemente y que había sido condenado por terrorismo. Los magistrados contrarios a la decisión critican que no se tiene en cuenta la situación penitenciaria y familiar del interno y que el "abandono unilateral" de las actividades de ETA no hace necesaria la política de dispersión o alejamiento establecida por el Gobierno español desde hace años, que separa a los presos de la organización terrorista de sus seres queridos.
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Las críticas de los jueces discrepantes incluyen la observación de un "atisbo de crueldad" en la doctrina del tribunal y llaman a revisar el tratamiento del artículo 18.1 de la Constitución sobre el derecho a la intimidad personal y familiar. Señalan que la "crueldad" se percibe cuando el Constitucional ha reconocido el derecho a una familia a tener consigo los restos de un feto de 22 semanas pero que, sin embargo, no se permite a este condenado por terrorismo estar junto a sus familiares. "Este Tribunal ha consagrado como derecho fundamental que los padres puedan tener junto a sí a sus hijos muertos pero se niega a posibilitar el reconocimiento como derecho fundamental a permanecer juntos cuando están vivos", dicen los magistrados, según recoge la emisora.