THE CODE: INJUSTICIA FISCAL EN LA UE
Hungría y Estonia vetan el primer intento de reformar el Código de Conducta, el vigilante fiscal europeo
THE CODE: INJUSTICIA FISCAL EN LA UE
Hungría y Estonia torpedearon el pasado martes el primer intento de reformar el Código de Conducta, el órgano encargado de vigilar que se cumple el juego limpio fiscal entre los Estados miembros de la Unión Europea. Ambos países rechazaron el texto que el Consejo Europeo había redactado y presentado al Ecofin –que reúne a los ministros de Economía y Finanzas de los Veintisiete–. Pese a la timidez de los cambios, Hungría y Estonia impidieron que saliera adelante una reforma que el comisario de Economía, Paolo Gentiloni, había etiquetado como “urgente” en el Parlamento Europeo el pasado noviembre.
En principio, el borrador de la reforma pretendía que el nuevo Código de Conducta entrara en vigor el próximo 1 de enero, aunque su principal novedad –que no sólo se vigilaran los regímenes especiales, sino los sistemas fiscales al completo– se retrasaba al 1 de enero de 2023 sin carácter retroactivo. Ahora, revisar el documento e intentar superar la resistencia de húngaros y estonios queda como tarea para la Presidencia francesa, que comienza en enero de 2022. “Estoy convencido de que habrá un nuevo documento sobre la mesa muy en breve”, subrayó tras el Ecofin el ministro de Finanzas esloveno, Andrej Šircelj, “pero no puedo asegurar que la reforma se apruebe durante la Presidencia francesa”. Eslovenia termina este mes su semestre al frente de la UE.
infoLibre ha revelado, junto con el resto de los medios de la red European Investigative Collaborations (EIC) a la que pertenece, los fallos más notorios del Grupo Código de Conducta en sus 24 años de vida –fue creado en 1997–. Fallos derivados de cuestiones políticas y de las propias dinámicas del grupo, que han lastrado su lucha contra la competencia desleal. Como destaca la propia Comisión en los 2.500 documentos que publica la red EIC, la ejecución de las decisiones adoptadas por el Código de Conducta depende exclusivamente de la “buena voluntad” de los Estados miembros. No son vinculantes, por tanto, lo que ha restado eficacia a su trabajo sobre una materia en la que los Estados miembros mantienen celosamente su soberanía.
Además, durante sus más de dos décadas de existencia, el grupo ha trabajado casi en secreto, ocultando información tanto a los miembros del Parlamento Europeo como a la opinión pública en general. Para ello se ampara en la confidencialidad de las discusiones que los gobiernos mantienen en su seno. De hecho, el órgano era un gran desconocido para la opinión pública hasta 2014, cuando se publicaron los Luxleaks, que destaparon los ventajosos acuerdos fiscales que Luxemburgo concedía a 343 multinacionales.
A la espera de lo que decida la OCDE
“Con el bloqueo de Estonia y Hungria, el Ecofin pierde otra oportunidad. El Código de Conducta necesita una reforma y, aunque lo que había en la mesa no era todo lo que queríamos, avanzaba en la buena dirección y actualizaba un grupo que no se ha reformado desde su creación en 1997”, expresa su decepción a infoLibre el eurodiputado español de Los Verdes Ernest Urtasun, miembro de la Subcomisión de Asuntos Fiscales del Parlamento Europeo.
En el fracasado borrador la presidencia eslovena ya proponía que se revisaran dos puntos del nuevo Código de Conducta para intentar superar los reparos de Hungría y Estonia. El primero intentaba aumentar el papel de la Comisión Europea en los trabajos del grupo y el segundo hacía referencia a la entrada en vigor de la reforma, que conectaba con la puesta en marcha del tipo mínimo mundial del 15% en el impuesto de sociedades aprobado por la OCDE.
Sin embargo, los gobiernos de Budapest y Tallin se han mantenido en sus trece. Tras el Ecofin, la ministra de Finanzas estonia, Keit Pentus-Rosimannus, explicó que su Gobierno “prefiere esperar el resultado de la reforma fiscal global liderada por la OCDE antes de embarcarse en la modificación del Código de Conducta". Según destacó, el impuesto de sociedades en el país báltico es “sencillo y eficaz”. “Fomenta la innovación, el crecimiento y la creación de empleo. A Estonia le conviene mantenerlo como tal”, apuntó. Pentus-Rosimannus dejó claro que su país quiere asegurarse de que la propuesta de la UE no extenderá la de la OCDE “más allá de lo acordado”.
En Estonia, el impuesto de sociedades tiene un tipo del 20%. Pero sólo se gravan los dividendos, no el resultado del ejercicio. Y si los dividendos se pagan a personas jurídicas, sólo tributan al 14%. Esa ventaja sobre el resto de los países europeos –en España, por ejemplo, el tipo de sociedades es del 25% y grava los beneficios; los dividendos pagados a personas físicas tributan entre el 19% y el 26%– es lo que quiere preservar Estonia. Su Gobierno fue uno de los que más reparos esgrimió este año al acuerdo en la OCDE para implantar el tipo mínimo global del 15%. Sólo dio su sí cuando recibió la garantía de que ese tipo será aplicado sólo a las filiales de grandes compañías y no a los empresarios locales.
Hungría también fue de los países que mayores trabas puso este verano al mínimo global en sociedades. No en vano, presume de ser el Estado miembro de la UE que menos grava los beneficios empresariales, un 9%. Por debajo incluso del 12,5% de Irlanda. En el caso húngaro, el rechazo a un Código de Conducta más atento a la competencia fiscal desleal se basa en el celo con que defiende su soberanía en materia tributaria. Además, mantiene una agria pugna con la Comisión Europea en materia de Estado de derecho por sus ataques a la independencia judicial, la libertad de prensa o los derechos LGTBI. El Gobierno del ultraderechista Viktor Orbán ya ha amenazado varias veces a Bruselas con bloquear las decisiones que requieran unanimidad –lo hizo con el Presupuesto de la UE el año pasado–. Y ése es el caso de los asuntos fiscales.
Sistemas fiscales al completo, la misma transparencia
Pero ¿cuáles son los cambios que el Consejo Europeo ha querido hacer en un órgano que el Parlamento Europeo ha llegado a tachar de “obsoleto”, “inadecuado” e “insostenible”?
Cada nuevo régimen fiscal creado en un país para dar un trato preferente a las empresas y, por tanto, atraerlas a su territorio, puede ser considerado una competencia desleal para el resto. Así que debe ser comunicado al Código de Conducta para su examen. El grupo sólo evalúa impuestos corporativos, no los que gravan los ingresos personales. Y, pese a que tanto el Parlamento como la Comisión Europea defienden que se amplíe la vigilancia a los impuestos sobre la renta de las personas físicas, la reforma rechazada no los incluyó. También se pretendía ampliar el ámbito de competencia de los regímenes especiales del impuesto de sociedades a aquellos “elementos de los sistemas tributarios que tienen aplicación general y que pueden resultar perjudiciales” para la competencia fiscal leal en la UE. Bien porque “crean oportunidades para una doble no imposición o porque pueden conducir al uso doble o múltiple de beneficios fiscales en conexión con los mismos gastos, ingresos o una cadena de transacciones”. Esos elementos pueden se de cualquier tipo, no sólo el tipo nominal o el pago diferido de impuestos, precisaba el texto rechazado.
La reforma también pretendía imponer normas más estrictas para que los Estados miembros notifiquen al resto medidas fiscales potencialmente perjudiciales. Por ejemplo, se les imponía que esa información se facilitara antes de acabar cada año y se establecía que un país puede llevar al grupo medidas fiscales de otro que considere nocivas. También podría hacerlo la Comisión.
Igualmente se quería dar a la Comisión Europea la facultad de “preparar” descripciones y evaluar las medidas fiscales bajo inspección, aunque no se le permitía “tomar parte en las decisiones del grupo, que son tomadas por los Estados miembros mediante consenso”. Ahora, la Comisión sólo puede “coordinar el intercambio de información” entre los países.
Sobre la tan criticada falta de transparencia del grupo, el texto rechazado únicamente añadía dos líneas, para indicar que se publicarían los documentos finales resultantes del trabajo del Código de Conducta “tal y como los apruebe el Consejo Europeo”. Otros documentos adicionales serían hechos públicos cuando el grupo lo considere “apropiado”. De hecho, se mantenía la redacción originaria de 1997, donde se precisaba que la aplicación del Código de Conducta sólo será “tan transparente como sea posible”, sin poner en riesgo “la confidencialidad necesaria para un intercambio leal de puntos de vista y de información sensible entre los Estados miembros”.
Finalmente, Bruselas se pretendía unir a la ofensiva de la OCDE añadiendo una referencia a la cooperación en la lucha contra la evasión y la elusión fiscales de acuerdo con los estándares internacionales. Y ponía negro sobre blanco sus trabajos para redactar la lista de paraísos fiscales, que elabora desde 2017.
Sin decisiones vinculantes
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Tampoco se ha modificado el carácter político del grupo, por lo que sus decisiones seguirán siendo no vinculantes. Es más, ahora se subraya que el Código de Conducta opera como “un grupo de pares” que defienden su soberanía fiscal. Ernest Urtasun considera que, para ser realmente eficaz, el Código debería convertirse en un “proceso formal, con base legislativa y con una toma de decisiones transparente basada en la mayoría cualificada”. Por el momento, los acuerdos se aprueban por consenso: se requiere la unanimidad menos uno, el país afectado.
Por eso el eurodiputado reclama “un texto más ambicioso”. “Pedimos a la Presidencia francesa que lidere este ejercicio, porque la justicia fiscal en la UE no debe doblegarse ante dos Estados miembros que defienden el statu quo”, advierte.
La próxima semana tiene previsto reunirse la Subcomisión de Asuntos Fiscales del Parlamento Europeo, cuyos miembros estudiarán una respuesta “formal” al intento frustrado de reforma del Código de Conducta.