Derechos humanos
El Tribunal de Estrasburgo pide explicaciones al gobierno por las devoluciones en caliente
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha solicitado a España información sobre la "expulsión inmediata" a Marruecos de inmigrantes en la valla de Melilla, tras las denuncias de dos personas de origen subsahariano de violación del artículo 4 del Protocolo 4 –prohibición de expulsiones colectivas– y el artículo 13 –derecho a un recurso efectivo– del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH).
"Se invita al Gobierno demandado a rendir a la corte toda la información disponible sobre los procedimientos seguidos en la llegada de los solicitantes en la frontera de Melilla (identificación, medidas adoptadas y registro de las eventuales demandas de protección internacionales)", señala el texto que recoge Europa Press.
Según indica, los demandantes alegan haber sido objeto de una expulsión colectiva y denuncian no ser identificados para hacer valer sus circunstancias individuales y de impugnar ante las autoridades españolas, a través de una apelación, su deportación inmediata a Marruecos.
"En el estado actual del archivo, la corte no se considera capaz de pronunciarse sobre la admisibilidad de estas quejas y considera necesario comunicar esta parte de las solicitudes al gobierno demandado en virtud del reglamento", señala.
El tribunal incluye en su decisión una serie de referencias a las nuevas provisiones legales sobre los ahora denominados 'rechazos en frontera', que entraron en vigor el 1 de abril de 2015, tras la aprobación de la Ley de Seguridad Ciudadana, a pesar de que estas no eran aplicables en el momento de la devolución de los solicitantes, que tuvo lugar el 13 de agosto de 2014.
N.D. de Mali y N.T de Costa de Marfil acudieron al TEDH con el respaldo del abogado español Gonzalo Boye y el alemán Carsten Gericke del European Center for Constitutional and Human Rights para denunciar la devolución de la que fueron objeto hace un año.
Tal y como explicaron en su demanda, el 13 de agosto de 2014, tras meses en el Monte Gurugú, en Marruecos, se dirigieron a la valla de Melilla con el objetivo de llegar a España. Tras superar una parte de la misma, aguantaron varias horas subidos a la valla más próxima a Melilla y terminaron bajando por una escalera suministrada por la Guardia Civil.
Según su testimonio, las fuerzas de seguridad españolas los devolvieron a las fuerzas marroquíes sin identificarles ni ofrecerles intérprete o abogado, tal y como obligaba en ese momento la Ley de Extranjería. Las fuerzas marroquíes se los llevaron primero en autobús a Nador y después a Fez junto a otras personas sin poder recurrir la expulsión colectiva, prohibida por el Convenio Europeo de Derechos Humanos.
El tribunal niega la tortura
Sin embargo, el TEDH considera "infundada" la parte de la demanda por "malos tratos" ejercidos contra estas personas en base al artículo 3 –prohibición de tortura– del citado convenio durante su deportación.
"A la luz de los principios establecidos por la jurisprudencia de la Convención, y sin prejuzgar en modo alguno la situación de riesgo generalizado de los malos tratos alegados por los aspirantes, el tribunal considera que no hay nada en el expediente que revele algún indicio de violación por las autoridades españolas de la disposición citada de la convención. De ello se desprende que esta queja es manifiestamente infundada", señala la Corte.