Justicia universal
La Audiencia Nacional afronta el debate sobre la justicia universal sin una mayoría clara
El Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional vivirá este lunes a las cinco de la tarde la primera de las votaciones que tendrán que determinar si los jueces españoles siguen aplicando la jurisdicción universal. Y lo hará después de que tres magistrados de instrucción de los juzgados centrales se rebelaran contra la decisión del PP en las Cortes Generales de cerrar la docena de sumarios que permanecen abiertos, y que otros dos acordaran la liberación de los componentes de dos bandas de narcotraficantes.
La primera votación del Pleno será monográfico sobre narcotráfico, porque en estas causas hay presos, y esto obliga a los jueces a darles prioridad. Por eso, los 17 magistrados que componen el Pleno de la Sala de lo Penal acordarán qué hacer con tres de estos sumarios, en los que podrían quedar libres de forma definitiva 28 presos. Los magistrados de la Sala encargados de la primera intervención en estos tres sumarios serán Julio de Diego y Concepción Espejel.
34 reos liberados
La cifra de 28 presos liberados podría elevarse hasta los 36 si se tiene en cuenta que otros 8 reos egipcios fueron liberados por decisión del magistrado Fernando Andreu. Pero la documentación de este sumario todavía no ha llegado al Pleno de la Sala de lo Penal, según aseguran fuentes de la Audiencia Nacional a infoLibre.
La reciente reforma de la justicia universal establece que los tribunales españoles sólo tendrán jurisdicción para investigar la comisión del delito de tráfico de estupefacientes por mar cuando el procedimiento se dirija contra un español, el barco lleve pabellón nacional o cuando existan indicios de que un grupo criminal quiere cometerlo en España.
Así, los jueces de instrucción Javier Gómez Bermúdez y Fernando Andreu dictaron sendos autos en los que acordaron archivar dos casos "prácticamente idénticos" sobre narcotraficantes. El primero de ellos fue Andreu, que en una resolución del 8 de abril se vio obligado a liberar a ocho narcotraficantes egipcios que habían sido detenidos el 6 de marzo en aguas internacionales cuando transportaban 9,8 toneladas de hachís en un pesquero sin bandera.
Andreu basó su decisión en el contenido de la nueva norma aprobada por el PP, que hace que la justicia española no sea competente para perseguir y enjuiciar los hechos, por lo que decretó el sobreseimiento de la causa y la inmediata puesta en libertad de los traficantes.
Sierra Leona
A esta decisión se sumó Gómez Bermúdez, que liberó a ocho narcos sirios que habían sido detenidos el pasado 16 de marzo en un barco con bandera de Sierra Leona en aguas internacionales cuando transportaban 12 toneladas de hachís y que fueron conducidos hasta el puerto de Málaga.
Pero con anterioridad a que Andreu y Bermúdez adoptaran estas decisiones, en la Audiencia Nacional ya había pendientes otros dos casos similares. En concreto, el de 13 marroquíes y siete sirios que cumplen prisión preventiva desde su detención en 2013. Los marroquíes viajaban en un barco sin pabellón interceptado el 31 de mayo de 2013 en el Mar de Alborán con 16 toneladas de hachís a bordo. La Fiscalía Antidroga pedía 6 años y dos meses de prisión por la comisión de delitos contra la salud pública.
En cuanto a los sirios, fueron interceptados cuando viajaban en el barco Moonligth con bandera de Sierra LeonaMoonligth que se dirigía a Alejandría. La embarcación fue interceptada el 28 de septiembre de 2013, a 32 millas de Castel de Ferro (Granada), cuando viajaba con 479 fardos con pastillas de hachís.
China y Guantánamo
La decisión de la Sala de liberar a los 28 presos sentará un precedente para otros casos de narcotráfico, como por ejemplo el mencionado sumario de Fernando Andreu.
Pero, según fuentes de la Audiencia Nacional, esta decisión no tendría que tener ninguna incidencia en las futuras votaciones de otros casos de juridicción universal, como por ejemplo el caso Couso, el de China-Tíbet, el del Sáhara, el de Guantánamo o el de los jesuitas asesinados en El Salvador, entre los que estaba Salvador Ellacuría.
En total se trata de doce causasdoce causas, entre las que también se encuentra la denuncia ante el magistrado Ismael Moreno por el Holocausto nazi contra cuatro exmiembros de las SS alemana que residen en Estados Unidos; o la querella contra los exdirigentes chinos que ordenaron la masacre del pueblo tibetano.
Cuatro magistrados
De acuerdo con la información recabada por infoLibre en fuentes de la Audiencia Nacional,de los 17 magistrados solo cinco son o han sido abiertamente favorables a la aplicación de la justicia universal: Manuela Fernández Prado, Ramón Sáez Valcárcel, Javier Martínez Lázaro, José Ricardo de Prada y Clara Bayarri. El apoyo de estos magistrados se refleja en un voto participar emitido el 17 de julio de 2009 por cuatro de los cinco jueces anteriormente mencionados (a excepción de Martínez Lázaro).
En concreto, los cuatro magistrados llegaron a mostrar por escrito su disconformidad con el auto de 1 de julio de 2009 del Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que revocaba la admisión de la demanda contra siete altos cargos del Ejército israelí por crímenes de guerra y contra la Humanidad.
"Negación frontal"
Los dos primeros párrafos del documento son claros respecto de la opinión de los magistrados: "El auto afirmaba que el principio de jurisdicción universal no tiene carácter absoluto y se rige por el criterio de la subsidiariedad, de prioritaria aplicación sobre el de concurrencia de jurisdicciones, por lo que como en el Estado de Israel se ha investigado y se investigan los hechos estima el recurso del fiscal y procede al archivo definitivo de las diligencias previas".
"No podemos compartir esa argumentación porque significa una negación frontal de la jurisdicción universal para la persecución de los crímenes más graves de derecho internacional, ni la decisión que crea un vacío de jurisdicción y propicia la impunidad de la conducta objeto del procedimiento", completa el voto particular.
"Vacío de jurisdicción"
Según los jueces, el archivo definitivo de las diligencias sobre los crímenes cometidos contra los palestinos iba a generar el "vacío de jurisdicción que proscribe el derecho internacional mediante la jurisdicción universal y a propiciar la impunidad de tales crímenes".
Estos cuatro magistrados también suscribieron otros votos particulares conjuntos en diferentes casos. Como por ejemplo cuando el Pleno decidió archivar una denuncia presentada contra el ataque de Israel contra la denominada "flotilla de la libertad" en Gaza (Palestina).
Dos en contra
Por el contrario, es previsible que al menos dos integrantes del Pleno de la Sala de lo Penal sean contrarios a seguir investigando los casos mencionados: Nicolás Poveda Peñas, de la sección primera, y Ángel Luis Hurtado Adrián, de la Sección Segunda. En concreto, Hurtado Adrián fue el ponente de la decisión de archivar el caso Couso, que reabrió posteriormente una decisión del Tribunal Supremo. También en un caso sobre la liberación de presos de ETA, Hurtado incluyó un voto particular en el que entre sus argumentos aseguraba que el el propio tribunal de derechos humanos reconoce que los órganos jurídicos internos de cada país "están en mejor posición que el propio tribunal para interpretar y aplicar el derecho nacional".
Por su parte, Nicolás Poveda fue el ponente del auto dictado por el Pleno en nombre de la sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en el que se confirmaba el archivo de una denuncia presentada por la Asociación Pro-dignidad de los Presos y Presas de España contra seis ciudadanos de Estados Unidos por la encarcelación de centenares de personas en una base naval norteamericana en Guantánamo (Cuba).
El auto en el que fue ponente Nicolás Poveda destaca que la lucha contra la impunidad no implica la aplicación amplia del principio de jurisdicción universal.
Los otros diez magistrados
El resto de los magistrados, en concreto diez, incluido entre ellos el presidente de la Sala Fernando Grande-Marlaska, no han mantenido opiniones al respecto, por lo que su voto final es una incógnita. Esta situación determina que el voto final se prevea muy abierto.
En concreto, las fuentes de la Audiencia Nacional consultadas por este periódico consideran que Grande-Marlaska es "poco" partidario de aplicar la justicia universal, mientras que los magistrados Concepción Espejel, Julio de Diego López, Alfonso Guevara Marcos, Ángeles Barreiro Avellaneda, Guillermo Ruiz Polanco, Teresa Palacios, Ángela Murillo, Juan Francisco Martel Rivero y Paloma González Pastor no tienen una opinión conocida sobre su posible apoyo o rechazo a la justicia universal.
Precisamente, por esto cobra especial importancia las ponencias que se presentarán al Pleno, que tendrán que definir si la votación sobre la justicia universal se realiza caso a caso, o si por el contrario se lleva a cabo una única votación, que podría producirse por bloques: los casos relacionados con los tratados internacionales, los casos de genocidio y las casos de drogas.
Las negativas de Pedraz, Velasco y Ruz
La primera de las negativas a archivar un sumario de justicia universal fue la del magistrado Santiago Pedraz sobre el caso Couso. El decano de los jueces de la Audiencia Nacional basó su rechazo en la existencia de un tratado internacional, en concreto la Convención de Ginebra, que obliga a perseguir los crímenes de guerra. Y los militares de Estados Unidos podrían haber cometido uno al atacar a la prensa internacional, entre ellos al cámara de Telecinco José Couso.
Además, Pedraz resaltaba el hecho de que la nueva redacción de la Ley Orgánica del Poder Judicial obligue a los jueces a archivar los casos de justicia universal abiertos, cuando esa decisión es una prerrogativa exclusiva de los juzgados.
El segundo en rebelarse contra la nueva redacción de la ley de justicia universal fue el magistrado Eloy Velasco, quien considera que la Disposición Transitoria Única de la Ley Orgánica del Poder Judicial que regula la conocida como justicia universal "no puede ser interpretada literalmente, por ilógica, pues es contradictorio archivar y verificar si concurren requisitos a la vez". No ha archivado el caso del jesuíta Ellacuría en El Salvador.
El tercero de los jueces de instrucción de los juzgados centrales de la Audiencia Nacional que ha decidido seguir con las pesquisas relacionadas con la justicia universal es el titular del Juzgado Central número 5, Pablo Ruz. El magistrado se ha negado a archivar la causa relativa a las torturas que habrían sufrido cuatro presos en la base militar estadounidense de Guantánamo entre 2002 y 2005, así como la investigación contra varios militares marroquíes por crímenes en el Sáhara entre 1975 y 1976.
Ante estos hechos, Gómez Bermúdez se ha mostrado públicamente contrario a la reforma, que parte de una "posición inadmisible" a su parecer al tratar de "no perseguir gravísimos delitos como el genocidio". "Yo entiendo la geopolítica, lo que no entiendo es que la geopolítica nos imponga dejar impune en cualquier parte del mundo delitos como el genocido o el terrorismo", añadió en unas jornadas desarrolladas esta semana en Almería, informa Europa Press.
Sumario del Tíbet
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En sentido contrario a sus compañeros de instrucción, el juez Ismael Moreno ha concluido el sumario que sigue contra exdirigentes chinos por el genocidio que se habría producido en el Tíbet para que sea la Sala de lo Penal, órgano superior jerárquicamente al instructor, la que valore si procede archivarla de forma definitiva o llevar al Tribunal Constitucional la reforma que limita la justicia universal, según han informado fuentes jurídicas.
El magistrado sigue de este modo el criterio de la Fiscalía, que le había pedido que procediera "de forma urgente" a acordar la conclusión de esta causa y su elevación a la Sala de lo Penal, a fin de que "se pronuncie sobre la concurrencia de los requisitos" que motivarían o no su archivo o bien proceda a "adoptar la decisión que estime procedente en relación con la constitucionalidad de la citada reforma".
Por su parte, la Fiscalía de la Audiencia Nacional ha solicitado el cierre de los sumariosFiscalía de la Audiencia Nacional y defendido que debe ser la Sala de lo Penal, órgano superior jerárquicamente al instructor, la que valore si procede llevar al Tribunal Constitucional la reforma que limita la justicia universal.