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Justicia

La Audiencia Nacional condenó al menos a 48 personas desde 2014 por enaltecer el terrorismo en redes sociales

Pablo Iglesias, la tuitera Cassandra Vera (segunda por la derecha), el humorista Facu Díaz y la diputada Sara Carreño,

Este miércoles, la tuitera Cassandra Vera fue condenada a un año de prisión por publicar un total de 13 chistes sobre el almirante Luis Carrero Blanco, presidente del Gobierno durante el franquismo asesinado por ETA en 1973. La sentencia ha generado una ola de reacciones, y partidos como IU, Podemos o ERC, así como asociaciones por los derechos civiles como No somos delito, han mostrado su rechazo a una decisión que, entienden, limita la libertad de expresión. Pero el caso de Vera no es testimonial: desde 2014, el 84% de las personas condenadas por enaltecimiento del terrorismo –48 de 57– lo han sido por por sus publicaciones online.

En el año 2015, el Gobierno aprobó en las Cortes su reforma del Código Penal. Uno de los artículos retocados fue el 578, que pasó de tener un único apartado a contar con cuatro, fundamentalmente para abordar explícitamente los casos de enaltecimiento producidos en las redes sociales, a los que se les aplican las penas más duras de las que se contemplan: prisión de uno a tres años y multa de doce a dieciocho meses. Desde ese año, han aumentado sensiblemente los juicios por enaltecimiento del terrorismo en redes sociales celebrados por la Audiencia Nacional, entre los cuáles se han contado algunos muy polémicos, como el que afectó al concejal madrileño Guillermo Zapata o el que se celebró contra el cantante de Def Con Dos, César Strawberry.

Hace unos días Unidos Podemos registró en el Congreso de los Diputados una proposición no de ley en la que instaba al Gobierno a eliminar del Código Penal el artículo 578, que castiga el enaltecimiento del terrorismo o el "descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas" del mismo. Para el grupo que lidera Pablo Iglesias, el tipo delictivo tiene una redacción ambigua que, precisamente, "está llevando últimamente a que la Audiencia Nacional juzgue a personas que nada tienen que ver con organizaciones terroristas" por hacer "humor negro" en las redes sociales.

Sin embargo, aunque la modificación del Código Penal en 2015 para añadir un apartado específico relativo al enaltecimiento en internet provocó un fuerte impulso de los juicios por enaltecimiento, fue 2014 el año en el que comenzó el aumento del número de juicios por cometer este delito en las redes sociales. En 2012 únicamente hubo tres sentencias por enaltecimiento en internet y en 2013 sólo se juzgó a dos personas por estas circunstancias, mientras en 2014 fueron seis los fallos dictados por enaltecimiento en redes sociales. La cifra subió a 15 sentencias en 2015 y a 29 sentencias en 2016.

De esta forma, tomando como referencia las sentencias que recoge la base de datos del Consejo General del Poder Judicial (actualizada hasta el día 21 de marzo), desde 2014 se han dictado un total de 72 sentencias por enaltecimiento del terrorismo, de las cuales 57 se refieren a actos realizados en internet. Ello supone el 79,1% del total. De esos 57 fallos, un total de 50 tienen que ver con afirmaciones relativas a ETA o los Grapo, mientras que en otros cinco casos se juzgaron supuestos delitos de enaltecimiento del terrorismo yihadista; los dos casos restantes no pueden clasificarse dentro de ninguna de estas dos categorías.

2016, el año con más juicios por enaltecimiento

Sólo en los meses que llevamos de 2017, la Audiencia Nacional –el tribunal encargado de los delitos relacionados con el terrorismo– ha juzgado un total de siete casos de enaltecimiento relacionados con ETA o los Grapo, y ha dictado seis condenas y una absolución. Todos ellos juzgaban comportamientos en internet, y el último acabó con la condena a Cassandra Vera, al igual que otros cinco, entre los que se cuenta el celebrado contra el rapero Valtonyc. El tribunal que lo juzgó consideró que frases incluidas en algunas de sus canciones, como "un día coches volarán como Carrero Blanco y no colgaremos ningún lazo en el ayuntamiento", "me la suda si la Audiencia Nacional me condena, hasta romperme las cuerdas ¡libertad Arenas!" –en referencia a Manuel Pérez Martínez, Camarada Arenas, exdirigente de los Grapo–  o "a ver si te enteras, como el caso Bárcenas, pierdo los papeles, y en cuarteles grito 'gora ETA'", eran constitutivas de enaltecimiento del terrorismo.

No obstante, desde que ETA anunció que dejaba las armas a finales de 2011, el año en el que se batieron todos los registros de sentencias por enaltecimiento del terrorismo –teniendo en cuenta las relativas a actos realizados en internet y en el mundo físico– fue 2016, cuando se dictaron un total de 32. De nuevo, la mayor parte tuvieron que ver con el ensalzamiento de ETA o los Grapo, y asimismo los encausados tuvieron que responder de acciones llevadas a cabo en redes sociales: de las 32 sentencias de 2016, un total de 24 se produjeron por loar a ETA o los Grapo en internet, entre las que se cuentan las relativas a Zapata o Strawberry por sus tuits. De las 24 sentencias, 21 fueron condenas y tres, absoluciones.

En el caso de Zapata, la Audiencia Nacional optó por absolverle al entender que los mensajes que publicó –chistes sobre Irene Villa o el Holocausto– se inscribían en un contexto humorístico y no tenían "ánimo injurioso". Strawberry también fue absuelto por la Audiencia por una serie de tuits en los que mencionaba a los Grapo y a víctimas de ETA. No obstante, en enero de este año, el Tribunal Supremo revocó esa sentencia y condenó al cantante de Def Con Dos por comentarios como "Street Fighter, edición post-ETA: Ortega Lara versus Eduardo Madina" o "El fascismo sin complejos de Esperanza Aguirre, política del PP, me hace añorar hasta los Grapo".

Entre las condenas de 2016, no obstante, también existen casos en los que no hay chistes de por medio. Así ocurrió, por ejemplo, con un acusado que se dedicó durante los años 2014 y 2015 a realizar publicaciones en su perfil público de Facebook en las que ensalzaba el terrorismo de ETA. Según explica la sentencia, el condenado hizo públicas varias fotografías con el emblema de ETA, así como imágenes de miembros de la organización terrorista vasca –a quienes calificaba de "gudaris", guerreros en euskera– y de Terra Lliure. Otro condenado, por ejemplo, tuiteó mensajes como "Tengo la botella de champán preparada para el día que se retome la lucha armada" o "ETA despellejaba a lo sumo a un par de concejales al año y el Estado decía de ellos que eran unos malvados terroristas y los perseguía torturaba, mataba y encerraba, y sin embargo, los bancos asesinan a diario y aquí no pasa nada".

También se produjeron condenas por hechos similares en 2015 y 2014. En julio de 2015, por ejemplo, la Audiencia Nacional condenaba a un joven por publicar mensajes en Twitter con múltiples referencias a ETA. Entre esos comentarios se incluían algunos como "España pide a gritos menos flores y más pasamontañas", "ETAmos esperando a ver si alguien se ocupa de Aznar" o "Está claro que Dios es ETA, está en todas partes. Además hizo subir a Carrero al cielo ¿qué más pruebas quieres?". En 2014, de igual manera, el mismo tribunal condenaba a una tuitera por publicar mensajes como "Que vuelvan los Grapo... necesitamos una limpieza de fachas urgente", "ETA, ya que habéis dejado las armas nos las podríais dar, que las necesitamos" o "El PP me enseñó que todavía hacen mucha falta los Grapo".

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En comparación con los 50 juicios llevados a cabo entre 2014 y 2017 por el enaltecimiento del terrorismo etarra o de los Grapo en redes sociales, en el mismo periodo únicamente se han celebrado 15 procesos por enaltecimiento de esas bandas terroristas a través de métodos más tradicionales, como pancartas, pintadas o gritos en manifestaciones. De esos 15 juicios, siete se han saldado con las absoluciones de los encausados y otros ocho, con sus condenas: en 2015, por ejemplo, la Audiencia Nacional castigaba a un joven con un año de cárcel por pegar una pegatina con el logo de ETA, y el año anterior hacía lo propio con un ciudadano que pintó el anagrama en una parada de autobús junto al lema "Gora ETA".

Pero la Audiencia no sólo ha juzgado a personas por el supuesto ensalzamiento de la actividad de ETA o los Grapo. En mucha menor medida, el tribunal también ha sentenciado en los últimos años casos relativos al enaltecimiento del terrorismo yihadista: desde 2014, son cinco los casos juzgados, todos ellos por hechos ocurridos en internet, y se han saldado con cuatro condenas y una sola absolución. Cuatro de las sentencias se emitieron en el año 2016.

Entre estas condenas, por ejemplo, se cuenta una de un año y medio de prisión para un ciudadano que entre 2013 y 2015 publicó en Facebook vídeos, fotos y textos ensalzando el terrorismo islamista y, en particular, algunas acciones del Estado Islámico. Uno de esos vídeos contenía una de las decapitaciones llevadas a cabo por la organización; en otra de sus publicaciones, en este caso un comentario en Facebook, el condenado afirmaba "¡glorifico a todos los mártires! No les queda mucho de vida a estos yankis... Disparen hasta que las balas les fundan".

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