La Ley de Transparencia da a las administraciones un plazo de un mes para atender las solicitudes de acceso a la información o documentación realizadas por cualquier ciudadano. Pueden denegarlas amparándose en diversas excepciones previstas por la ley, o pueden ampliar un mes más el plazo que tienen para resolver. Pero si transcurrido ese tiempo el solicitante no ha recibido respuesta, la norma establece que el silencio administrativo es negativo.
Ante una negativa expresa o un silencio, el afectado puede recurrir ante la Comisión de Transparencia, que en Galicia depende de la Valedora do Pobo (equivalente al Defensor del Pueblo), cuyo último informe anual, hecho público hace unas semanas , afirma que la Xunta ha ido incrementando significativamente sus negativas por silencio administrativo. Especialmente en los dos últimos años, coincidiendo con el Gobierno de Alfonso Rueda.
Según los datos recogidos en el informe anual de la Valedora do Pobo, facilitado por la propia Xunta, el pasado año el Gobierno gallego tramitó un total de 765 solicitudes oficiales de transparencia, de las que resolvió expresamente —aceptándolas o denegando— 539 y mantuvo pendientes 29, pero otros 197 se resolvieron por silencio administrativo , es decir, de forma negativa pero sin siquiera informar al interesado. Esas denegaciones por silencio administrativo supusieron el 25,7% del total de solicitudes de transparencia tramitadas, cifra similar al 28,6% de 2022 , cuando la Xunta dejó sin respuesta 238 de las 842 solicitudes recibidas.
En años anteriores, tanto el volumen total como el porcentaje de silencios administrativos fueron muy inferiores. Incluso en el primer año de funcionamiento de la ley gallega, en 2016, cuando aún se estaban ajustando los procedimientos, la Xunta solo había dejado sin respuesta 34 peticiones, el 14,6% de las apenas 233 recibidas en ese año inicial.
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La Valedora do Pobo viene criticando en general el silencio de cualquier administración cuando una persona presenta un escrito. "Tenemos que contestar las cartas, resolver los expedientes, tenemos que responder; es un trabajo importante de esta institución recordar la obligación de responder, y normalmente cuando se presenta la denuncia sí contestan", señaló Dolores Fernández Galiño. Hace unos meses en una entrevista con Gal Plaza . Una petición de respuestas que también ha sido realizada por la misma institución en su calidad de titular de la Comisión de Transparencia de Galicia.
La Valedora do Pobo también ha ido confirmando en sucesivas resoluciones como comisionado de transparencia que la ley gallega impulsada por Feijóo en 2016 carece de regulación ante su incumplimiento, por lo que la Comisión no puede obligar ni sancionar al Gobierno gallego cuando no cumple con sus decisiones sobre la documentación que debe aportar el reclamante. En su aplicación de la ley de transparencia en los últimos años, la Xunta ha revelado a una empresa eólica los datos personales de quiénes realizaron una solicitud de acceso a documentación pública sobre un parque eólico.
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La Ley de Transparencia da a las administraciones un plazo de un mes para atender las solicitudes de acceso a la información o documentación realizadas por cualquier ciudadano. Pueden denegarlas amparándose en diversas excepciones previstas por la ley, o pueden ampliar un mes más el plazo que tienen para resolver. Pero si transcurrido ese tiempo el solicitante no ha recibido respuesta, la norma establece que el silencio administrativo es negativo.