Consulta catalana 2014

El Govern advierte en su recurso al TC del riesgo de “extremismo político y violencia”

Artur Mas, durante la sesión de control en el Parlament de Catalunya, este 1 de octubre de 2014.

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El Govern presentó este miércoles dos recursos ante el Tribunal Constitucional contra la decisión del Gobierno central de impugnar la Ley de Consultas y el decreto de convocatoria del 9N, así como el "levantamiento inmediato" de la suspensión cautelar.

También alega que el tribunal puede acordar el levantamiento inmediato "atendiendo a la presunción de legitimidad de las leyes y a la ponderación de los intereses perjudicados por las suspensión" y que la Constitución y el Estatut "llaman al legislador a promover y facilitar las libertades ideológicas y de expresión, así como la participación política de los ciudadanos".

Los recursos sustentan, a través de una decena de argumentos, los motivos por los cuales debe levantarse la suspensión de la Ley de Consultas y el decreto de convocatoria, abundando las referencias a la necesidad de que las leyes faciliten la expresión popular.

Riesgo de extremismo y violencia 

Los abogados de la Generalitat advierten de que "es difícil prever las consecuencias" si se cierran los cauces legales para institucionalizar la expresión de la opinión política. Además,se remiten a una resolución de 2003 de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa que apunta que, si los parlamentos no resuelven importantes retos para la gobernabilidad y la población tiene la sensación de ser privada de su derecho a participar en la toma decisiones, se tiende a alimentar "el desprecio público por la democracia parlamentaria, el extremismo político e incluso la violencia".

Para reforzar sus argumentos sobre la necesidad de dar salida a esta reivindicación, los recursos apelan también a las movilizaciones en favor de la consulta que se han producido en Catalunya, así como a los pronunciamientos de numerosos ayuntamientos.

Referentes internacionales

La Generalitat alega que, 35 años después de que fuera aprobada la Constitución, sus preceptos "ya no pueden ser leídos e interpretados del mismo modo que en el momento original de su entrada en vigor", y defiende que las consultas son "un procedimiento normal en el ámbito internacional de las democracias occidentales", poniendo como ejemplo Alemania, Bélgica, Canadá, Dinamarca, Francia, Irlanda, Italia, Reino Unido, Suiza y Suecia.

También cita en el recurso la Decisión del Tribunal Supremo de Canadá que recoge, aludiendo al caso de Quebec, que "el sistema debe poder reflejar las aspiraciones de la población", combinando la primacía del derecho y el principio democrático.

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Solo carácter consultivo

El Govern recupera una parte de aquella sentencia en la que se recogía que el derecho a decidir de los catalanes es una aspiración política a la que "solo puede llegarse mediante un proceso ajustado a la legalidad constitucional con respeto a principios de legitimidad democrática, pluralismo y legalidad". 

Los servicios jurídicos de la Generalitat remarcan que la consulta tiene carácter consultivo y por sí sola no conlleva consecuencias, prescisando que las actuaciones que se pudieran llevar a cabo después por parte del Parlament u otras instituciones serían "jurídicamente independientes y no concatenadas a la propia consulta".

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