El jurado del caso Samuel declara culpables a tres de los acusados y ve homofobia en Montaña

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El jurado popular ha declarado culpables a los cuatro hombres acusados de asesinar a Samuel Luiz, uno de ellos con la agravante de homofobia y otro como cómplice, y ha declarado no culpable a la única mujer del proceso, en un caso en el que ya había dos menores condenados por asesinato.

La sección primera de la Audiencia Provincial de A Coruña ha acogido este domingo la lectura del veredicto del proceso contra cinco adultos por el caso de la muerte de Samuel Luiz el 3 de julio de 2021, en el que las acusaciones pedían penas de entre 22 y 27 años de prisión por asesinato con alevosía y ensañamiento -esta última descartada por el jurado-.

Para el jurado popular, son autores Diego Montaña -con el agravante de homofobia-, Alejandro Freire 'Yumba' y Kaio Amaral Silva -al que también declara culpable de un delito de robo con fuerza del móvil de Samuel-, mientras que Alejandro Míguez fue cómplice del grupo; a Catherine 'Katy' Silva la excluye de actuar en unidad de acción, si bien la vincula con imposibilitar la defensa.

El jurado empezó a deliberar el pasado martes sobre las 115 preguntas planteadas en el objeto del veredicto y concluyó su trabajo este sábado por la noche.

Ha declarado culpables tanto a Diego Montaña como a Alejandro Freire por unanimidad, mientras que en los casos de Kaio Amaral Silva y Alejandro Míguez fue por siete votos, el mínimo que exige la ley.

A Catherine Silva no la ve vinculada al crimen, pues cree que al principio intentó frenar a su entonces pareja, Diego Montaña, aunque luego también apartó a una amiga de Samuel Luiz que quería defenderlo.

En cuanto a las circunstancias modificativas de la responsabilidad penal, en los cuatro culpables ve las agravantes de alevosía -eliminar las posibilidades de defensa-, aunque no ensañamiento -ocasionar golpes múltiples innecesarios para causar la muerte, prolongar la agonía y el dolor-; y tampoco ve acreditadas las atenuantes de estar bajo los efectos del alcohol o las drogas que reclamaban Diego Montaña y Alejandro Freire.

La agravante de homofobia de Diego Montaña en un primer momento se pronunció no probada, si bien durante la lectura el jurado corrigió y la situó probada por unanimidad.

Para el jurado, los implicados no actuaron con intención de causar la muerte a Samuel Luiz, pero sí ejecutaron una serie de actos en los que debieron asumir la posibilidad de un desenlace fatal por el riesgo de sus acciones.

Piensan, además, que Alejandro Míguez participó de forma activa para auxiliar y facilitar la actuación de los demás, con lo que aceptó la posibilidad de que le provocasen la muerte, por lo que su pena como cómplice será en torno a la mitad que el resto, pendiente de definir.

Qué ocurrió según el jurado

El resumen de los hechos probados muestra un inicio de la acción por parte de Diego Montaña, que empezó a agredir a Samuel Luiz, ante lo que Alejandro Freire lo derriba.

Catherine Silva primero intentó frenar a Diego, aunque luego también separó a una amiga de Samuel que lo defendía y, a partir de ahí, no tuvo más participación.

Kaio Amaral Silva entró al grupo -en el que también estaban los dos menores ya condenados- y dio una patada a la víctima.

Alejandro Míguez estuvo siempre en el grupo, incluso hasta para enzarzarse con uno de los dos senegaleses que socorrieron a Samuel Luiz, por lo que dificultó su defensa.

El grupo continuó la agresión en un total de cuatro ubicaciones hasta matarlo, sin que se acrediten más golpes de Kaio Amaral Silva, que en el punto inicial robó el móvil de la víctima

Las acusaciones reclaman penas máximas para los cuatro culpables de asesinar a Samuel Luiz

Las acusaciones han reclamado penas máximas para los cuatro culpables de asesinar a Samuel Luiz, con petición de condenas de entre 13 y 27 años según sus grados de responsabilidad, por su actuación "brutal, atroz y extremadamente inhumana", según la Fiscalía.

La fiscal, Olga Serrano, ha dicho que debe tenerse en cuenta su actuación "brutal, atroz y extremadamente inhumana" para dar muerte a Samuel Luiz.

Para Diego Montaña reclama 25 años de cárcel, al sumarle la agravante de homofobia; para Alejandro Freire 'Yumba' pide 22 años de prisión; para Kaio Amaral Silva sube a 27 años al añadirle el robo del móvil de la víctima; y para Alejandro Míguez demanda 13 años como cómplice; en todos los casos añade 5 años de libertad vigilada.

Estas mismas peticiones de pena son las de la acusación particular, de los padres de Samuel Luiz, y de la popular, del colectivo LGTB Alas A Coruña.

Las acusaciones piden unos 260.000 euros de responsabilidad civil -cantidad ya reconocida en la sentencia de los dos menores condenados previamente-, además de 40.000 euros para el padre de la víctima por su incapacidad.

Las defensas, por su parte, han pedido las penas mínimas, al entender que solo concurre una de las circunstancias para el asesinato, que es la alevosía, y al sumar a esto el hecho de que el jurado no vio intención de matar -dolo directo-, sino simplemente que los acusados debieron asumir esta posibilidad -dolo eventual-.

Por ello, para los tres autores del asesinato han reclamado 15 años de prisión -20 para Diego Montaña al sumar la agravante de homofobia-, otros dos más para Kaio Amaral Silva por el robo y, en el caso de Alejandro Míguez, 7 años, 6 meses y un día como cómplice.

El jurado popular ha declarado culpables a los cuatro hombres acusados de asesinar a Samuel Luiz, uno de ellos con la agravante de homofobia y otro como cómplice, y ha declarado no culpable a la única mujer del proceso, en un caso en el que ya había dos menores condenados por asesinato.

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