En los últimos años, la presión social que suscitó el fenómeno de la pobreza energética llevó a las administraciones públicas a aprobar medidas para proteger a las familias que no pueden hacer frente a los recibos básicos. Una de esas medidas fue prohibir por ley los cortes de luz a los llamados pobres energéticos y sancionar a las compañías que llevaran a cabo esta práctica. Sin embargo, esas normas se están revelando poco operativas. Los motivos son diversos.
A nivel estatal, el desarrollo legislativo necesario para prohibir los cortes de luz no se puso en marcha hasta octubre de 2017 a pesar de que se anunció que estaría listo en marzo; en Cataluña, pionera en la lucha contra este problema en España, las empresas sólo han pagado cuatro de las 141 multas impuestas por la Generalitat desde finales de 2015; en Aragón y en Murcia no se ha registrado sanción alguna y en la Comunitat Valenciana el Tribunal Constitucional anuló la norma apenas medio año después de ser aprobada.
En diciembre de 2016, apenas un mes después de la muerte de la anciana de Reus Rosa Pitarch tras el incendio provocado por una de las velas que utilizaba para alumbrarse después de que Gas Natural Fenosa le hubiera cortado el suministro, el Gobierno y el PSOE anunciaron a bombo y platillo que habían llegado a un acuerdo para modificar la Ley del Sector Eléctrico con el objetivo de que figurara la prohibición de la interrupción del suministro eléctrico a las familias consideradas vulnerables por los servicios sociales.
La prohibición de los cortes de luz a los pobres energéticos se incluyó en la citada ley el 25 de diciembre de 2016. Sin embargo, para dar cumplimiento a ese artículo era necesaria una regulación específica sobre qué se considera consumidor vulnerable que no se aprobó hasta octubre de 2017, diez meses después. Y eso que el Gobierno se había comprometido a presentarla en el primer trimestre del año. A día de hoy ninguna compañía eléctrica ha sido sancionada por vulnerar este artículo, según confirma el Ministerio de Energía en una petición de información formulada por infoLibre a través de la ley de transparencia.
Cataluña, pionera
Antes de que el caso de la anciana de Reus pusiera el foco sobre el problema energético algunas comunidades ya habían tomado la iniciativa. Es el caso de Cataluña, que cuenta desde 2015 con una norma que incluye el llamado principio de precaución, es decir, que obliga a las empresas a consultar a los servicios sociales antes de realizar un corte de servicio para comprobar que no se trata de una familia vulnerable. Gas Natural Fenosa no lo hizo en el caso de Pitarch y por eso fue sancionada con 500.000 euros, aunque la compañía recurrió la multa.
En total, la Agència Catalana del Consum ha abierto desde finales de 2015 hasta el 12 de enero de 2018 un total de 151 expedientes sancionadores por supuesta vulneración del principio de precaución o por haber cortado el suministro a consumidores vulnerables, de los que 141 acabaron en multas (93% del total). Todas salvo la de Pitarch, sancionada con 500.000 euros, fueron consideradas infracciones graves, sancionadas con 10.000 euros. En todo caso, las compañías sólo han pagado cuatro multas. Todas las demás están en fase de recurso.
A preguntas de infoLibre, un portavoz de la Generalitat confirma que en los primeros meses tras la aprobación de la ley había más cortes de suministro de consumidores vulnerables, aunque estos se redujeron durante 2017 porque "las empresas empezaron a ser más conscientes de que tenían que cumplir la ley". "También se ha conseguido que las compañías hagan más campañas informativas y de difusión de estas medidas", señala esta fuente. Según los datos oficiales, de los 151 expedientes incoados desde finales de 2015, alrededor de una veintena son de 2017.
María Campuzano, portavoz de la Alianza contra la Pobreza Energética, cree que hubo un antes y un después con la muerte de Pitarch. "El tema de las sanciones siempre ha ido muy lento, al principio cuando las exigíamos nos daban largas. Pero es cierto que a partir de diciembre de 2016 empezamos a notar que, en cuanto había denuncia, las eléctricas volvían a conectar el suministro para que no se siguiera con la tramitación", explica.
No obstante, Campuzano explica que tanto en Cataluña como en el resto de comunidades autónomas sigue habiendo poca proactividad por parte de los servicios sociales a la hora de plantear denuncias y que sería necesario que los trabajadores tuvieran protocolos más sencillos para abordar esta cuestión. Por otro lado, también alude al desconocimiento que existe entre la población sobre la existencia de este tipo de legislación. Ambas cuestiones hacen que, a su juicio, muchos casos permanezcan ocultos.
Murcia, Aragón y la Comunitat Valenciana
Además de Cataluña, otras tres comunidades han aprobado legislaciones específicas contra los cortes de luz por impago a colectivos vulnerables. Murcia reformó en junio de 2016 la ley de vivienda para instar a las empresas suministradoras a firmar con las administraciones públicas convenios que impiden los cortes de luz mientras se gestionan las ayudas públicas. Sobre esta norma no constan denuncias de incumplimiento, según confirma un portavoz del Ejecutivo regional.
Además, esta misma fuente explica que hay otra norma anterior, de 2008, que establece como infracción el corte de suministro "sin la constancia fehaciente de la recepción previa por el consumidor de una notificación concediéndole el plazo suficiente para subsanar el motivo (...) del corte". En referencia a este artículo tampoco se ha iniciado en casi diez años ningún expediente sancionador, según la información oficial.
Tampoco constan expedientes sancionadores en Aragón, donde se aprobó en noviembre de 2016 una ley que califica de "infracción grave", sancionada con una multa equivalente al resultado de multiplicar hasta 50 la cantidad adeudada, la suspensión del suministro por impago a hogares vulnerables mientras se tramita la ayuda pública. También supone una infracción leve (multa equivalente a multiplicar por hasta 25 la cantidad adeudada) el incumplimiento del deber de información a los usuarios sobre la existencia de ayudas ante la falta de pago del servicio.
Por otro lado, en la Comunitat Valenciana se aprobó en febrero de 2017 una ley que multa con hasta 15.025 euros el corte de suministro por impago a las familias vulnerables mientras se tramita la ayuda pública, así como la no comunicación previa a los servicios sociales de que se va a proceder a esa interrupción. No obstante, esta norma no se está aplicando porque fue suspendida de forma cautelar por el Tribunal Constitucional apenas medio año después de ser aprobada por una supuesta invasión de competencias del Estado. Tampoco consta, por tanto, la existencia de sanciones para las compañías.
Un problema real
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Más allá del recorrido de las normas citadas, los datos oficiales revelan que el de las personas que pueden satisfacer un mínimo de servicios con los que cubrir necesidades básicas como la climatización de la vivienda, cocinar o asearse sigue siendo un problema real. De hecho, el Gobierno reconoció en la exposición de motivos del decreto que regula la figura del consumidor vulnerable, aprobado el pasado octubre, que 4,5 millones de personas podrían estar en riesgo de pobreza energética en España, es decir, alrededor del 10% de la población.
Hay que tener en cuenta, además, que el recibo de la luz se encareció un 9,5% en 2017 respecto al año anterior, según datos de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Y que tampoco se descartan nuevas subidas para 2018.
Por otro lado, durante 2016, el último ejercicio del que hay datos disponibles, las tres eléctricas que copan la mayor parte del mercado minorista español –Gas Natural Fenosa, Endesa e Iberdrola– realizaron 398.982 cortes de suministro por no abonar las facturas, de los que 40.989 (el 10% del total) tardaron más de una semana en poder pagar la factura y retomar el suministro y 23.218 (6%) estuvieron más de un mes sin electricidad en sus domicilios. La cifra positiva es que, en conjunto, durante 2016, se produjo una reducción del 40% en los cortes de luz por impago respecto al año anterior.
En los últimos años, la presión social que suscitó el fenómeno de la pobreza energética llevó a las administraciones públicas a aprobar medidas para proteger a las familias que no pueden hacer frente a los recibos básicos. Una de esas medidas fue prohibir por ley los cortes de luz a los llamados pobres energéticos y sancionar a las compañías que llevaran a cabo esta práctica. Sin embargo, esas normas se están revelando poco operativas. Los motivos son diversos.