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Puigdemont puede ser candidato el 12M pero se arriesga a una detención si viene en campaña

El expresident de la Generalitat Carles Puigdemont.

La convocatoria del 12M ha obligado a repensar estrategias en Cataluña. Tras la decisión de Pere Aragonès de apretar el botón nuclear ante la imposibilidad de sacar adelante sus presupuestos, todos las formaciones políticas han tenido que activar de inmediato su maquinaria electoral para empezar a trabajar sobre las posibles candidaturas. En Junts ya han deslizado la posibilidad de que su lista electoral pueda encabezarla el expresident Carles Puigdemont. No sería la primera vez desde huyera de la acción de la justicia hace más de seis años. Ya lideró la papeleta de la formación independentista en las catalanas de 2021. Entonces, lo hizo de forma simbólica. Ahora, sin embargo, juega a su favor una ley de amnistía que podría estar en vigor en menos de tres meses.

¿Puede Puigdemont presentarse pese a sus problemas judiciales?

En principio, no habría ningún problema. Es cierto que el líder independentista se encuentra bajo la lupa del Tribunal Supremo en dos procedimientos diferentes: se le ha procesado por malversación agravada y desobediencia en la causa por el referéndum del 1-O y está siendo investigado por terrorismo en el marco del caso Tsunami, centrado en las protestas ciudadanas tras la sentencia del procés. Pero aún no pesa sobre el expresident de la Generalitat ninguna condena. Y, por tanto, no concurre causa de inelegibilidad alguna.

En este sentido, la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) establece en su artículo 6.2 que no podrán ser elegidos en los comicios "los condenados por sentencia firme a pena privativa de libertad en el periodo que dure la pena". Ni tampoco los condenados por sentencia, aunque no sea firme, por delitos de rebelión, terrorismo, contra la Administración o contra las Instituciones del Estado cuando la misma "haya establecido la pena de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo o la de inhabilitación absoluta o especial o de suspensión para empleo o cargo público en los términos previstos en la legislación penal".

¿Podrá participar en campaña?

El expresident catalán, salvo sorpresa mayúscula, no podría participar presencialmente en la misma. Está previsto que la campaña electoral para los comicios del 12M arranque en la noche del 26 de abril y se alargue hasta la del 10 de mayo. Para entonces, no se espera que aún esté vigente la futura ley de amnistía, que este jueves ha recibido el visto bueno del Congreso de los Diputados y que ahora comenzará su periplo en la Cámara Alta, donde el PP pretende retrasarla todo lo posible.

Cualquier regreso de Carles Puigdemont antes de que dicha norma comience a desplegar sus primeros efectos resultaría, por tanto, arriesgado. ¿Por qué? Porque aunque desde hace meses no estén activas las euroórdenes, el magistrado instructor de la causa del procés, Pablo Llarena, sí que mantiene viva una orden de detención nacional sobre el exlíder del Ejecutivo catalán. Y mientras lo esté, Puigdemont puede ser detenido nada más pisar suelo español.

¿Y podría recoger su acta de diputado a distancia?

Una vez celebrados los comicios y proclamado como diputado electo unos días después, Puigdemont debería cumplir otros dos requisitos para acceder al "pleno ejercicio de la condición de parlamentario". En primer lugar, tal y como recoge el reglamento del Parlament, debería presentar al Registro General de la Cámara autonómica "la credencial expedida por el órgano correspondiente de la Administración Electoral" y "prometer o jurar respetar la Constitución y el Estatuto". Y en segundo lugar, "presentar las declaraciones de actividades y de bienes". Ser diputado es indispensable para poder optar a la Presidencia de la Generalitat.

La recogida de la credencial es algo que puede delegarse a lo que en la Ley Electoral se define como "representantes generales", es decir, aquellos que representan tanto a las candidaturas como a las personas incluidas en las mismas. "Los representantes de las candidaturas lo son de los candidatos incluidos en ellas. A su domicilio se remiten las notificaciones, escritos y emplazamientos dirigidos por la Administración electoral a los candidatos y reciben de éstos, por la sola aceptación de la candidatura, un apoderamiento general para actuar en procedimientos judiciales en materia electoral", recoge el artículo 43 de la Loreg.

También pueden delegarse los otros dos requisitos exigidos para acceder al "pleno ejercicio de la condición de parlamentario", por cuanto se trata simplemente de una entrega de documentos en el Registro General del Parlament. Hay, de hecho, precedentes. El exconseller Lluís Puig, por ejemplo, no tuvo problema en acceder a su acta de diputado en la Cámara catalana pese a encontrarse huido en Bélgica. Por tanto, aunque la ley de amnistía aún no esté en vigor, el expresident de la Generalitat podría, en principio, completar todos estos trámites a distancia.

¿Y la investidura?

Pero si a lo que se mira es al Palau, la cosa cambia. Porque si Puigdemont quisiera optar a la Presidencia de la Generalitat, sí que estaría obligado a estar presente en la Cámara catalana para el debate de investidura. "La sesión se inicia con la lectura, efectuada por uno de los secretarios, de la resolución del presidente del Parlamento en la que propone un candidato a la presidencia. A continuación, el candidato presenta, sin límite de tiempo, el programa de gobierno y solicita la confianza del Pleno", recoge el reglamento del Parlament.

En 2018, de hecho, se impulsó en Cataluña una reforma normativa para permitir que en determinados casos el Pleno de la Cámara autonómica pudiese autorizar, por mayoría absoluta, que el debate de investidura pudiese celebrarse sin la presencia o sin la intervención del candidato o la candidata. Un cambio normativo que, sin embargo, fue tumbado por el Tribunal Constitucional. Para el máximo intérprete de la Ley Fundamental, "una investidura en la que el candidato no compareciera presencialmente ante la Cámara para solicitar su confianza sería contraria al bloque de la constitucionalidad".

El nuevo Parlament se constituirá, como muy tarde, a comienzos de junio. Y en los diez días siguientes al arranque de la legislatura, el presidente de la Cámara deberá proponer a un candidato. Para entonces, ya podría estar publicada en el Boletín Oficial del Estado la ley de amnistía, cuyo visto bueno definitivo por parte de las Cortes se espera para mediados de mayo o principios de junio. Tras su entrada en vigor, la norma recoge que los órganos judiciales que estén conociendo de una causa vinculada al procés deberán acordar el "inmediato alzamiento de cualesquiera medidas cautelares" y dejar "sin efecto" las "órdenes de búsqueda y captura e ingreso en prisión", lo que dejaría a Puigdemont con las manos libres para poder moverse por suelo español sin riesgo a ser detenido.

La rapidez para aplicar los preceptos de la norma es algo que está en manos de los magistrados. No obstante, la ley establece que los órganos judiciales deben adoptar "con carácter preferente y urgente" las decisiones pertinentes en cumplimiento de la norma. Y añade: "Se adoptarán en el plazo máximo de dos meses, sin perjuicio de los ulteriores recursos, que no tendrán efectos suspensivos". Dos meses es también el tiempo que hay desde el fracaso de una hipotética investidura hasta la repetición electoral. A pesar de ello, Puigdemont parece convencido de que llegará a tiempo: "Con el calendario electoral en la mano podré estar presente en el debate de investidura".

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