Justicia
Reforzar la libertad vigilada y la reinserción: Laura Luelmo reabre el debate sobre la reincidencia
Laura Luelmo desaparecía el pasado miércoles. La profesora de 26 años vivía desde el 10 de diciembre en El Campillo (Huelva) y allí fue encontrado su cadáver este lunes. Un día después del hallazgo que ha sacudido la opinión pública, la Guardia Civil detuvo al principal sospechoso. Se trata de un hombre, vecino de la joven, que desde octubre se encontraba en libertad tras cumplir 17 años en prisión por dos robos con fuerza y el asesinato de una anciana. Si bien el de la maestra es un caso en plena investigación, sí sugiere una pregunta que tiene efectos globales: ¿en qué medida es evitable que personas con antecedentes por delitos graves reincidan?
Las juristas consultadas por infoLibre coinciden en desmarcarse del discurso que exige endurecer las penas, pero también insisten en la necesidad de repensar el modelo y cubrir sus carencias. Qué es lo que no funciona, qué necesita ser mejorado o qué opciones hay sobre la mesa para tratar de paliar el problema son algunas de las cuestiones que tratan de resolver las expertas. Todas ellas parten de tres pilares: fortalecer la figura de la libertad vigilada, trabajar sobre las terapias de reinserción y focalizar las medidas de prevención en los potenciales agresores y no en las víctimas.
Libertad vigilada
En abril del año 2010 el Congreso aprobaba una reforma del Código Penal que contemplaba, entre otros aspectos, la inclusión de la libertad vigilada para los delitos de terrorismo y contra la libertad e indemnidad sexual. Según la modificación, la libertad vigilada "consistirá en el sometimiento del condenado a control judicial a través del cumplimiento" de "alguna o algunas" de las medidas pactadas, y que incluyen cuestiones como "la obligación de estar siempre localizable mediante aparatos electrónicos", así como "presentarse periódicamente" ante el juzgado o "la obligación de participar en programas formativos, laborales, culturales o de educación sexual", entre otras. Esta medida no habría sido de aplicación al sospechoso y autor confeso del secuestro y la muerte de Laura Luelmo, que cumplió pena de prisión por robo y asesinato, pero sí a los agresores sexuales.
Aquellas personas sobre las que pese una condena por haber cometido un delito de carácter sexual, por tanto, "deben ser vigiladas cuando salgan en libertad" con independencia de "los avisos que se deben dar a las víctimas para que sean conocedoras" de su nueva situación. Así lo señala Altamira Gonzalo, abogada y vicepresidenta de la organización Themis Mujeres Juristas. A su juicio, la protección no debe ser tarea de las víctimas, sino "responsabilidad de la policía", encargada de proporcionar "medios telemáticos o controles de cualquier tipo para evitar que se vuelvan a cometer delitos".
Sobre las dimensiones de la reincidencia habla Carla Vallejo, titular en el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Canarias y socia fundadora de la Asociación de Mujeres Juezas. La magistrada repara en que "la tasa de reincidencia global de los delitos sexuales no es especialmente alta", sino que gira en torno "al ocho o nueve por ciento". Según un estudio elaborado en 2009 respecto a las prisiones catalanas, la reincidencia de los condenados por delitos sexuales es del 5,8%. No obstante, matiza Vallejo, "ahí caben todos los delitos sexuales", pero si se observan los datos discriminados "la tasa es distinta en función de la tipología concreta delictiva".
Vallejo coincide, más allá de las cifras concretas, en subrayar que "la posibilidad del control posterior ya existe" a través de la libertad vigilada. Se trata, a su entender, de una "medida interesante y necesaria porque está pensada para perfiles" cuya reinserción "es posible, pero que por la trayectoria delictiva el riesgo de reincidencia es prácticamente insoportable, debido a la gravedad de los delitos cometidos".
Aunque el instrumento penal está ahí, las juristas lamentan las trabas que en ocasiones obstaculizan su puesta en marcha. "El problema es que sólo se puede aplicar por hechos cometidos después del año 2010", recuerda Vallejo, quien además denuncia una "ausencia absoluta de medios y mecanismos efectivos para su aplicación". La medida, añade, está regulada en el Código Penal pero no ha venido acompañada de una modificación de la Ley Orgánica General Penitenciaria ni "tampoco se ha dotado de instituciones, mecanismos o medios específicos encargados del control de esa libertad vigilada". Finalmente, "se está realizando a través de los servicios de los centros penitenciarios pero sin dimensionarlos adecuadamente", de manera que "están absolutamente saturados". El control, agrega la jurista, "es prácticamente formal y absolutamente insuficiente". En esencia, concluye, la medida "no está dotada, no está dimensionada y no tiene toda la virtualidad porque no hay medios suficientes para ponerla en práctica".
Al margen de las medidas que recoge la legislación, existen además iniciativas que se han demostrado válidas en esta materia. El programa Circles of Support and Accountability, gestado en Canadá, pretende "formar una red comunitaria en forma de círculos alrededor de un delincuente sexual al final de su condena" con el fin de "insertar en la comunidad al individuo, ayudando a que éste aprenda a generar lazos sociales de nuevo". Con ello, además de la reinserción, se busca "crear una sociedad en la que no haya más víctimas de delitos sexuales". El proyecto aterrizó en suelo europeo y dentro de las fronteras estatales se desarrolla actualmente en Cataluña. Así lo apunta Carla Vall, abogada penalista y responsable del área de violencia de género en la asociación Dones Juristes. El programa promueve, con sus dinámicas, un control sobre el agresor y no sobre la víctima, una de las cuestiones clave para evitar la reincidencia. Eso, unido al apoyo profesional que hay detrás, dibuja una "buena opción a nivel de eficiencia y de evitar el riesgo real".
Hacia la reinserción
Para evitar la reincidencia no sólo es fundamental el trabajo fuera de las prisiones, sino que igual de importante se presenta el camino labrado previamente. "Nos toca hablar de cómo se está trabajando la reinserción y rehabilitación de los agresores o sujetos que han protagonizado violencia sexual". Habla Violeta Assiego, abogada y activista por los derechos humanos, quien plantea una cuestión: "Hasta qué punto dentro de las cárceles se están abordando medidas que permitan a las personas comprender la gravedad de lo que ha acontecido". De qué manera, agrega, se batalla para que los presos "puedan llegar a arrepentirse" y accedan a terapias para una vida alejada del mundo delictivo.
Vallejo traza una panorámica de la situación actual. "Hay programas específicos de tratamiento que dota el Ministerio del Interior y que se siguen en estos casos", expone. El problema, añade, es que no hay oferta suficiente, de modo que no todos los condenados por delitos contra la libertad sexual llegan a recibirlos y el tratamiento, además, es voluntario. Más allá de la necesaria dotación de recursos para aumentar el número de tratamientos, nada se puede hacer respecto al carácter opcional de los programas. "No pueden ser obligatorios porque son programas de tratamiento psicológico, por su propia naturaleza se trata de una asunción de responsabilidad", relata Vallejo. De hecho, continúa, "lo que se produce cuando alguien se apunta o compromete no porque quiera cambiar, sino como instrumento para obtener beneficios penitenciarios, es que directamente se le expulsa".
En este escenario, Carla Vall plantea otra pregunta: ¿qué ha de hacerse con las personas que no tienen voluntad de reinsertarse? Surge aquí "un debate a resolver desde una óptica democrática, pero teniendo en cuenta también que dentro de esa perspectiva están los derechos de las víctimas", observa la jurista. El principal riesgo tiene que ver con que las estrategias puramente políticas coopten la discusión y predomine entonces el discurso que apuesta por un incremento de las penas. "El problema que tenemos no es que se incrementen o no, sino que las penas más simples no se están cumpliendo", rebate la abogada. Unido a ello, existe una "cifra oculta del delito" porque "a veces no se llega ni a denunciar o hay pocas condenas". Urge en este sentido plantear qué aristas del sistema "deben cambiar para que sea más eficiente y efectivamente protector".
Para Vall, es fundamental tener en cuenta "el clima de impunidad" predominante y que lanza "mensajes a las potenciales víctimas y a los potenciales agresores". Recuerda además que "lo que inhibe del delito no es una mayor pena, sino la certeza de su cumplimiento". El primer paso, por tanto, debe ir en la dirección de "cumplir la ley, que las condenas sirvan para algo y sean efectivas".
Registro público
En el año 2014, el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad anunciaba la puesta en marcha de un registro público que agruparía la identidad de todos los pederastas, traficantes de menores y explotadores infantiles condenados en firme. ¿Sería útil la creación de un registro similar para los agresores machistas?
Carla Vall recalca que este tipo de medidas, de procedencia estadounidense, no sólo "se ha comprobado que no son efectivas", sino que además lastran la reinserción por suponer un refuerzo del estigma. "Cuando menos se resocialicen, más motivos de delincuencia habrá", reflexiona la letrada. Por otro lado, tampoco son pocas las dudas respecto a los detalles técnicos de este tipo de iniciativas. "No está claro cómo hacer con los listados, en ocasiones se cuelgan públicamente en la calle, otras veces no y todo depende de si tenemos esa información o no la tenemos", agrega Vall, quien puntualiza que no siempre el acceso a información es garantía de prevención. "No debemos olvidar que por aquí en medio hay algo que, aunque no es un bien jurídico propiamente en sí, es el derecho a no tener miedo, a vivir en libertad", sostiene. La publicación de listados "no reforzaría la sensación de seguridad de las mujeres" y tampoco "evitaría el riesgo a nivel objetivo". Además, subraya, se estaría situando de nuevo sobre las víctimas la responsabilidad de estar protegidas.
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Las dudas de Carla Vall las comparte Altamira Gonzalo, quien se pregunta "dónde estaría el registro, quién tendría acceso a él o qué organismo se encargaría de su regulación". Al final, coincide, "no podemos vivir en una sociedad de la sospecha".
Violeta Assiego, por su parte, recuerda que en el caso de los menores de edad "se ha establecido la petición de antecedentes penales a los profesionales en contacto directo y habitual con niños", de manera que "sería interesante poder detectar qué oficios o profesiones podrían necesitar certificaciones que permitan saber cuál es la historia de la persona que se está contratando". Algo que, matiza, nada tiene que ver con cuestiones como "alquilar una vivienda y pedir documentación con datos sobre la vida privada de un individuo, precisamente porque eso interfiere en sus derechos fundamentales" .
Sí contempla –con muchos matices– la implantación de registros públicos Carla Vallejo, aunque los reconoce como posibilidad remota y último recurso. "Es una medida extrema que, si se estudia, se tiene que estudiar de forma muy concreta y para determinados perfiles delicuenciales", como por ejemplo los casos de "trastornos pedófilos, continuados, concurrentes y graves". Vallejo menciona, además, supuestos como los "depredadores sexuales, delincuentes reincidentes que no hayan seguido tratamientos o que no tengan una buena valoración tratamental por parte del centro penitenciario". En todo caso, incide, se trataría de "un elemento de mera prevención" y un mensaje de advertencia a la sociedad. Una medida, al fin y al cabo, "absolutamente extrema que en algunos casos concretos y habiendo fallado todo lo anterior, podría presentarse como el último recurso de todos los posibles".