Los escándalos del PP
La vía valenciana para revocar el escaño de Barberá como senadora
Este miércoles Rita Barberá comunicó la decisión de poner fin a su carrera como uno de los pilares históricos del Partido Popular, "porque así me lo ha pedido el partido y con ello, además de dar una muestra más de mi entrega a él, evito que nadie se ampare en mí para responsabilizarme de cualquier perjuicio o para esconder sus resultados políticos y electorales", subrayaba la senadora mediante una misiva que los conservadores hicieron pública la misma tarde en la que fue firmada. La decisión de Barberá era, no obstante, un paso adelante con matices. La valenciana renunciaba a su afiliación en el partido, pero no lo hacía respecto a su acta como senadora. Abandonar el escaño "podría entenderse como una asunción de responsabilidad", sostenía, tajante, en el propio escrito.
La determinación de Barberá ha abierto ahora el debate sobre las vías legales para despojar a un senador de su acta. En primer lugar, cabe tener en cuenta que el procedimiento de elección de senadores difiere del de diputados. Mientras éstos son directamente designados por la ciudadanía, en el caso de los senadores existen dos posibilidades: o bien que sean escogidos por los electores a través de las papeletas, o que sean los Parlamentos autonómicos quienes los elijan para ocupar su escaño. Precisamente es este último el caso de la exalcaldesa valenciana, quien fue designada por las Corts Valencianes en representación de su comunidad.
Lo cierto es que, en la actualidad, ninguna normativa contempla la opción de revocar escaños a senadores autonómicos. Con el fin de revertir esta situación legal y abrir vías alternativas, varios grupos parlamentarios han iniciado o apoyado propuestas de diversa índole.
El mismo miércoles, Compromís y el PSPV presentaron una propuesta de resolución, que fue firmada por todos los grupos parlamentarios, incluido el PP, en la que se solicitaba a las Corts Valencianes que instaran directamente a Rita Barberá a renunciar al acta de senadora "para salvaguardar la dignidad de la representación de los valencianos y valencianas". La propuesta fue aprobada por unanimidad en el debate celebrado este jueves en la Cámara.
Por su parte, el grupo de Compromís en el Senado registró el jueves una moción en la que plantean que, mediante un pacto de Estado, se busquen las fórmulas que permitan retirar el acta a un senador de designación autonómica con el fin de evitar casos "de pérdida de confianza, comportamiento poco ético o ilegal".
Según informó el diario El Mundo, la líder el PP valenciano, Isabel Bonig, ha firmado asimismo una iniciativa propia para que las Corts "busquen mecanismos para que, en caso de interés general o causa judicial, se articulen medidas para revisar o remover nombramientos de cargos públicos".
Pero la iniciativa más desarrollada es una proposición de ley del grupo Podemos-Podem en las Corts Valencianes para reformar la Ley de Designación de Senadores Territoriales, que incluye un artículo sobre la revocación de su nombramiento. La iniciativa fue admitida a trámite por las Corts en abril de este año, gracias al apoyo de todos los grupos excepto el PP. Este jueves, el síndic del grupo de la formación morada en la comunidad, Antonio Montiel, ha subrayado su prioridad y urgencia –teniendo en cuenta el contexto marcado por los hechos más recientes– mediante un escrito dirigido a la Mesa y al presidente de la Comisión de Coordinación [consultar el documento aquí].
Esta última propuesta argumenta los motivos por los que dicha modificación es viable y necesaria, así como las herramientas para llevarla a cabo.
La relación entre el senador y el Parlamento autonómico
La actual ley de la Generalitat responde a un "peculiar régimen jurídico de la relación" entre los senadores autonómicos y el Parlamento que los designa. Este hecho conlleva una serie de consecuencias sobre las que la formación morada basa su argumentario.
En primer lugar, señala el lazo entre el senador autonómico y la propia comunidad autónoma como única responsable de su elección. Un Parlamento no podría en ningún caso revocar a alguien elegido por los ciudadanos, pero si se aprueba la iniciativa de Podemos sí podría hacerlo con los senadores elegidos por la Cortes autonómicas.
Podemos apunta, además, a la pérdida de confianza como causa fundada y justa de la revocación de las personas inicialmente elegidas en casos de cargos no directamente expuestos al mandato ciudadano. Es decir, alude de esta forma a la posibilidad de revocar el vínculo básico de confianza entre la persona designada y la asamblea territorial.
Finalmente, la particular relación entre el senador y quien lo designa vuelve a ser clave. El lazo de "sujeción especial" sugiere que la persona designada, en este caso Rita Barberá, se debe a la Cámara autonómica que la ha elegido, y no a los ciudadanos, que en este caso no han intervenido en su elección.
Modificación de la ley e introducción de un artículo
La propuesta de Podemos, que permitiría revocar la elección de Rita Barberá como senadora, apunta directamente a la modificación de diversos artículos de la ley 9/2010 de la Generalitat Valenciana y a la introducción de uno nuevo.
Respecto al apartado 14 de la norma, referido al fin de la carrera de los senadores representantes de la Comunitat Valenciana, la propuesta añade un quinto motivo de cese –los cuatro anteriores contemplan la disolución de las Corts; causa de muerte, incapacidad o renuncia; pérdida de las condiciones específicas establecidas en la ley, o una incompatibilidad apreciada–. Se trata, la razón agregada, de la "revocación de la designación acordada por el Pleno de las Corts Valencianes por mayoría absoluta".
El modo en que se llevaría a cabo esta quinta vía se encuentra desarrollado en el artículo 14 bis. Según este precepto, las Corts Valencianes podrán revocar cualquier nombramiento de senador autonómico "mediante votación adoptada por mayoría absoluta de los miembros". El procedimiento establecido para ello pasaría, en primer lugar, por la propuesta de al menos la décima parte de los miembros mediante un escrito dirigido a la Mesa. En el documento habrían de quedar debidamente expuestos los motivos que justifiquen la pérdida de confianza, "fundamentada en actuaciones que se consideren lesivas para los intereses generales" de la comunidad, o impliquen "el desprestigio de sus instituciones".
De ser admitida a trámite, la solicitud se debatiría en el pleno ordinario más próximo, que estaría precedido por la comparecencia del senador en sesión pública y de forma obligatoria, ante la comisión de la Mesa. Una vez iniciado el debate en la sesión plenaria, se procedería a una votación secreta y mediante papeleta que, en caso de resultar en mayoría absoluta, permitiría la revocación del escaño en cuestión.