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Citado a declarar el alcalde de Cádiz, de Podemos, por supuestas injurias al PP

El alcalde de Cádiz, José María González.

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El Juzgado de Instrucción número 3 de Cádiz ha citado este viernes al alcalde de la capital gaditana, José María González (Por Cádiz Sí Se Puede), a declarar el 14 de febrero por las presuntas injurias y calumnias contra el PP en el caso de los cortes de agua del barrio de Loreto en 2014, después de que la Audiencia Provincial revocara el archivo del Juzgado de Instrucción y ordenara abrir diligencias, según ha informado Europa Press.

Según la providencia dictada por el Juzgado, el alcalde tendrá que declarar el 14 de febrero a las 10:00 horas, mientras que el exedil de Medio Ambiente, Manuel González bauza, lo hará el 15 de febrero y el jefe de gabinete de Alcaldía, José vicente Barcia, lo hará el 16 de febrero.

Cabe recordar que el pasado 17 de enero la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Cádiz dictó un auto en el que declaraba que "ha lugar a reabrir la causa penal" planteada por el PP contra el alcalde, el exedil de Medio Ambiente y el jefe de gabinete de Alcaldía, por un presunto delito de injurias y calumnias en el caso de los cortes de agua en Loreto.

El auto disponía que se practicaran "las diligencias que se estimen oportunas para el esclarecimiento de los hechos".

El PP presentó la denuncia a raíz de una asamblea vecinal celebrada el 7 de marzo del pasado año para informar de un informe realizado para esclarecer los cortes de agua en el barrio de Loreto producidos en el año 2014.

En dicha asamblea, según denuncia el PP, el alcalde afirmó que el anterior equipo de gobierno del PP "había suministrado a sabiendas agua contaminada a los vecinos durante 14 días". Por su parte, el jefe de gabinete de Alcaldía, según la querella del PP, "cogió el micrófono y señaló directa y públicamente a la exalcaldesa Teófila Martínez y al exconcejal del PP Ignacio Romaní como responsables de haber suministrado el agua contaminada".

En cuanto al exedil de Medio Ambiente, el auto recuerda que "el segundo día de la presentación del informe repitió que nada justifica dejar a un barrio consumir agua contaminada varios días".

Igualmente, cabe recordar que la magistrada del Juzgado de Instrucción número 3, María Isabel Domínguez, archivó esta causa mediante un auto que ahora la Audiencia Provincial deja "sin efecto".

En este sentido, el auto de la Audiencia recuerda que los tres querellados, en el acto de conciliación, señalaron que "lo que se dijo quedó fielmente reflejado en todos los medios de comunicación que informaron sobre dicha asamblea", así como que reiteraron, mediante el escrito presentado, que "durante 14 días, a la luz del informe, a sabiendas se suministró agua contaminada no apta para su consumo a los vecinos de la barriada de Loreto".

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Además, el auto recuerda que la juez instructora argumentó que "no se puede determinar el mayor o menor rigor periodístico de las publicaciones, en los que aparece una declaración entrecomillada sacada de contexto realizando una interpretación subjetiva el periodista".

En este sentido, la Audiencia indica que "si se transcribió o no exactamente la frase que es objeto de denuncia, si se sacó o no de contexto o si responde a la interpretación subjetiva de los periodistas, es algo que no puede conocerse hasta que no se practiquen las diligencias necesarias para el esclarecimiento de los hechos", por lo que lo esgrimido por la juez "no pueden justificar un archivo como el que se ha realizado".

Igualmente, el auto de la Audiencia recuerda que "en este pleito no se dilucida la validez o no del informe realizado en febrero de 2016 ni las causas de la contaminación, sino que si afirmar que suministraron agua contaminada a sabiendas puede entenderse como un hecho, en principio, con rasgos ilícitos o si debe descartarse".

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