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Terrorismo

Carrero Blanco: una 'víctima' del terrorismo sin derecho a indemnización o condecoración por ser también verdugo

Imagen de archivo del asesinato de Carrero Blanco.

¿Puede considerarse al almirante Carrero Blanco una víctima del terrorismo? Según la Audiencia Nacional, sí, ya que el tribunal condenó la semana pasada a la tuitera Cassandra Vera por hacer chistes sobre el asesinato del ex presidente del Gobierno durante la dictadura franquista por parte de la banda terrorista ETA, un hecho que los jueces consideraron enaltecimiento del terrorismo. Pero los expertos aseguran que, con la legislación en la mano, Carrero no tendría derecho a ninguno de los reconocimientos que el Estado hace de las víctimas: ni podría optar a una indemnización, ni tampoco podría solicitar la condecoración que se otorga a los damnificados.

La condena de Cassandra Vera ha generado una ola de protestas ante una decisión que partidos como IU, Podemos o ERC, así como asociaciones por los derechos civiles como No somos delito, consideran desproporcionada. Pero también ha servido para abrir debates como el relativo al aumento de las condenas por enaltecimiento del terrorismo en los últimos años o el que gira en torno a hasta qué punto puede considerarse víctima del terrorismo a una figura como Carrero, presidente del Gobierno de una dictadura y corresponsable de violaciones de los derechos humanos.

En la sentencia con la que la Audiencia Nacional condenó a Vera, el tribunal argumentaba que "las víctimas del terrorismo constituyen una realidad incuestionable, que merecen respeto y consideración, con independencia del momento en que se perpetró el sangriento atentado". "Las frases utilizadas, adicionadas la mayoría de las veces con elocuentes imágenes, refuerzan aún más su carácter de descrédito, burla y mofa a una víctima del terrorismo", señalaba la Audiencia, que describía a Carrero como una "persona que ha sufrido el zarpazo del terrorismo".

No obstante, para los expertos consultados por este diario, que el ex presidente del Gobierno pueda encajar dentro de la categoría de víctima del terrorismo a efectos materiales no le equipara con el resto de víctimas. No obstante, Carrero sería "desde un punto de vista estadístico" una víctima del terrorismo, "porque ETA, que es una banda terrorista, lo mató, y además siguió matando después de que cayera la dictadura", explica José Manuel Rodríguez Uribes, profesor de Filosofía del Derecho de la Universidad Carlos III de Madrid (UC3M) y director general del departamento de Apoyo a Víctimas del Terrorismo entre 2005 y 2011.

Pero eso no implica que la legislación considere al jerarca franquista una víctima del terrorismo "desde un punto de vista moral". La Ley de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo establece el derecho de las víctimas a recibir una indemnización y también a solicitar una condecoración por ser víctima de una banda terrorista, explica Rodríguez Uribes, pero establece límites a estos derechos. Unos límites que, para el exresponsable del departamento de Víctimas del Terrorismo, sobrepasaría Carrero.

En este sentido, la ley plantea que el Estado no podrá condecorar "a quienes, en su trayectoria personal o profesional, hayan mostrado comportamientos contrarios a los valores representados en la Constitución y en la presente Ley y a los Derechos Humanos reconocidos en los tratados internacionales". "Se trata de un mecanismo del Estado para distinguir" entre unas víctimas y otras, señala Rodríguez Uribes, que además apunta que, en el caso de la reparación económica, la interpretación actual de la norma impide que puedan acceder a ella "las víctimas que antes hubieran sido victimarios".

Las indemnizaciones

A este respecto, el experto apunta que la prohibición de que el Estado condecore a víctimas del terrorismo que, a su vez, hubieran sido "victimarios", está contemplada desde que fue reformada en el año 2002 la primera ley de reconocimiento y ayudas a las víctimas, que data del año 1999. Esa norma fue sustituida en el año 2011 con el apoyo de todos los grupos políticos, salvo UPyD. En ninguna de ellas se prohibe expresamente que las víctimas del terrorismo que tuvieran relación con bandas armadas tuvieran derecho a ser indemnizadas, pero sin embargo el Gobierno del PP lleva varios años negando ayudas a víctimas –o a familiares de víctimas– de los GAL o el Batallón Vasco Español por considerar que tenían vínculos con el entorno de ETA, amparándose en un convenio europeo.

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Ese convenio sobre indemnización a las víctimas de delitos violentos considera Rodríguez Uribes, también sería aplicable a Carrero Blanco. En su artículo 8, el texto plantea que "se podrá reducir o suprimir [...] la indemnización si la víctima o el solicitante participa en la delincuencia organizada o pertenece a una organización que se dedica a perpetrar delitos violentos", y asimismo establece que "se podrá reducir o suprimir la indemnización por causa del comportamiento de la víctima o del solicitante antes, durante o después de la comisión del delito, o en relación con el daño causado".

Esto no implica, señala el experto, que ninguna de las víctimas de ETA durante el franquismo sea reconocida con todos sus derechos por el Estado. "Por poner un ejemplo: la familia de José Pardines [el guardia civil asesinado por ETA en 1968 que se convirtió en la primera víctima mortal de la banda] sí tendría derecho a ser indemnizada porque él únicamente era un funcionario de la dictadura, pero la de Carrero Blanco no, porque era uno de los máximos responsables" del régimen, zanja Rodríguez Uribes.

Por su parte, Javier de Lucas, catedrático de Filosofía del derecho y Filosofía política en el Instituto de Derechos Humanos de la Universidad de Valencia (UV), se muestra de acuerdo con el razonamiento de Rodríguez Uribes. "Está claro que Carrero Blanco es materialmente una víctima del terrorismo, pero sería contrario al principio de buena fe que invocase los derechos de las víctimas habiendo sido uno de los máximos responsables de un régimen que violaba los derechos humanos", plantea.

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