La Corte Penal tiene margen para investigar los crímenes en Ucrania pero los juristas ven "difícil" enjuiciar a Putin

El cuerpo sin vida de un soldado yace junto a un APC ruso quemado después de que el ejército ucraniano lo atacara el día anterior cerca de la ciudad de Kharkiv, Ucrania.

La justicia internacional pone la lupa, por primera vez desde hace décadas, en suelo europeo. El ataque ruso contra Ucrania ha hecho saltar todas las alarmas en La Haya, que ya ha anunciado su intención de abrir una investigación. La Corte Penal Internacional tiene margen para poner la lupa en el país del Este. Aunque ni Moscú ni Kiev hayan ratificado el Estatuto de Roma, existe la posibilidad de actuar sobre lo que ocurra en un tercer Estado si este lo consiente en el marco de una situación concreta. Ucrania lo hizo hace un lustro. Y esto otorga carta blanca a la Corte para meterse de lleno en el asunto. Otra cosa bien diferente, sin embargo, es que se termine viendo enjuiciado al presidente ruso. "Es muy difícil. No caben juicios en rebeldía y a Putin no lo van a entregar", reflexionan los especialistas en derecho internacional consultados por este diario.

El estallido del conflicto al Este del Viejo Continente ha empujado al fiscal jefe del tribunal a tomar cartas en el asunto. A través de un comunicado, Karim Khan ha anunciado que pedirá a la Sala de Cuestiones Preliminares de la Corte permiso para iniciar una investigación por los posibles crímenes "cometidos por cualquiera de las partes en todo el territorio" ucraniano. "Existe una base razonable", ha señalado el fiscal jefe, quien ha pedido a su equipo que "explore todas las oportunidades de preservación de evidencias". La decisión de Khan, quien ya lanzó un aviso a las partes en conflicto la pasada semana, es firme. Tanto, que ha anunciado que pedirá "apoyo presupuestario adicional" y un incremento del "personal". "La importancia y la urgencia son demasiado graves para ser rehenes de la falta de medios", recoge.

El Estatuto de Roma establece que la Corte puede ejercer su competencia en varias situaciones. Primero, si un Estado parte remite al fiscal "una situación en que parezca haberse cometido uno o varios de esos crímenes". En este caso, ni Rusia ni Kiev han ratificado la norma, por lo que no pueden ser considerados como tales. Y segundo, si el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas decide remitir al fiscal una situación de estas características. "No obstante, Rusia tiene capacidad de veto en el mismo, por lo que no parece muy probable que se vaya a denunciar a sí misma", apuntan los especialistas en derecho internacional consultados.

Pero la normativa, no obstante, incluye un mecanismo que le permite abordar cuestiones externas. "[Un Estado que no sea parte] podrá, mediante declaración depositada en poder del secretario, consentir que la Corte ejerza su competencia respecto del crimen de que se trate", contempla el artículo 12. Ucrania activó esta vía en dos ocasiones. La primera, en abril de 2014 por los presuntos delitos cometidos en su territorio del 21 de noviembre de 2013 al 22 de febrero de 2014, en relación con los disturbios que terminaron derrocando al presidente Víktor Yanukóvich –el conocido como Euromaidán–. La segunda, en septiembre de 2015, tras la anexión rusa de Crimea y el incremento de la tensión en el Dombás. En este caso, por los crímenes cometidos desde el 22 de febrero de 2014 en adelante.

"Es una declaración con carácter indefinido y afectaría a todos los crímenes cometidos en todo el territorio y por todas las partes: rusos, ucranianos, bielorrusos o chechenos, que parece que también han desplegado tropas en el país", señala en conversación con infoLibre Concepción Escobar, miembro de la Comisión de Derecho Internacional de la ONU. Coincide la catedrática de Derecho Internacional Público en la Universidad de Málaga, Ana Salinas: "Esa segunda declaración sine die permitiría al fiscal investigar esos crímenes y llevarlos ante la Corte". O los juristas Manuel Ollé y José Elías Esteve. En definitiva, coinciden todos ellos, con el Estatuto de Roma en la mano hay "margen de sobra" para que la Corte Penal Internacional pueda ejercer su competencia en este caso.

El procedimiento puede prolongarse durante meses. El fiscal, por ahora, solo ha anunciado que pedirá a la Sala de Cuestiones Preliminares permiso para que le dejen investigar lo que está sucediendo en el marco de la invasión comenzada la pasada semana. Por tanto, tendrá que mantenerse a la espera hasta que dicho órgano dé luz verde o deniegue la solicitud. Pero Escobar recuerda que hay un atajo. Si un Estado parte –más de un centenar forman parte– presentara ahora mismo una remisión del asunto, la Fiscalía podría iniciar las pesquisas directamente. De hecho, es algo que el propio Khan, consciente o inconscientemente, dejó caer en su comunicado.

Crímenes de guerra y lesa humanidad

La competencia de la Corte Penal está limitada "a los crímenes más graves de trascendencia para la comunidad internacional". En concreto, el de genocidio, los de lesa humanidad, los de guerra y el de agresión. En el caso ucraniano, los expertos ponen el foco sobre los tres últimos. Creen que, a la vista de los ataques indiscriminados contra la población civil y bienes de todo tipo que no son, ni mucho menos, "objetivos militares" –edificios de viviendas civiles, por ejemplo–, pueden ponerse perfectamente sobre la mesa el crimen de lesa humanidad o el de guerra. De hecho, son los dos tipos a los que hace referencia el fiscal jefe en el comunicado de las últimas horas.

También encaja a la perfección el de agresión. "Una persona comete un 'crimen de agresión' cuando, estando en condiciones de controlar o dirigir efectivamente la acción política o militar de un Estado, dicha persona planifica, prepara, inicia o realiza un acto de agresión que por sus características, gravedad y escala constituya una violación manifiesta de la Carta de las Naciones Unidas", recoge el Estatuto de Roma. ¿Y qué se entiende por acto de agresión? Continúa el texto: "El uso de la fuerza armada por un Estado contra la soberanía, la integridad territorial o la independencia política de otro Estado". Es decir, cuando un país invade u ocupa militarmente otro, cuando lo bombardea, cuando bloquea sus puertos o costas...

Pero el fiscal, por el momento, lo ha dejado aparcado. Y lo ha hecho porque, aunque encaja perfectamente en la definición, considera que no puede aplicarse a este caso. "Mi Oficina también ha recibido múltiples consultas sobre las enmiendas al Estatuto de Roma con respecto al crimen de agresión, que entró en vigor en 2018, y la aplicación de esas enmiendas a la situación actual. Dado que ni Ucrania ni la Federación Rusa son Estados Partes del Estatuto de Roma, la Corte no puede ejercer jurisdicción sobre este presunto crimen en esta situación", aseguraba Khan en un comunicado emitido el pasado viernes.

"No caben juicios en rebeldía y dudo mucho que se le entregue"

Este tipo es el que tocaría de lleno al presidente ruso, Vladímir Putin. "Por algo se le conoce como crimen de líderes, porque solo pueden incurrir en este comportamiento aquellas personas con capacidad para dirigir la política de Estado", explican los expertos.

Directo | Rusia bombardea Kiev

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Esto no quiere decir, no obstante, que no pueda verse afectado también en el marco de la lesa humanidad o el crimen de guerra. Al fin y al cabo, la normativa internacional recoge que también serán penalmente responsables de estos tipos quienes ordenen, propongan o induzcan a la comisión de los mismos. O los superiores que hubiesen hecho "caso omiso" de información que indicase que sus subordinados estuviesen cometiendo ese tipo de crímenes. "Habría que trazar esa vinculación entre Putin y las acciones cometidas", explican.

Pero aunque se consiguiese hacer esa conexión, aunque se diese el paso de acusar formalmente al presidente ruso ante la Corte Penal Internacional, los expertos en derecho internacional ven extremadamente complicado que finalmente se le enjuicie. Principalmente, porque para ello tiene que estar presente, sí o sí, en La Haya. "No caben juicios en rebeldía y dudo mucho que se le entregue", señala Escobar. "Es muy difícil que se le consiga sentar allí, por lo que la investigación, en la práctica, podría acabar terminando en papel mojado", coincide Ollé, abogado y profesor de Derecho Penal Internacional en la Universidad Complutense de Madrid.

Si en un proceso de estas características se aprecia base suficiente como para creer que una persona en cuestión ha cometido los delitos que se investigan, la Sala de Cuestiones Preliminares puede emitir una orden de detención. "En ese momento, lo más seguro es que se resguardasen en Rusia", sostienen los especialistas. ¿Y si viajase? "En caso de que salga y alguien decida cooperar con la Corte, podría intentar entregarlo", apunta Salinas. No obstante, Escobar señala que podría alegar que "tiene inmunidad como jefe de Estado". Eso siempre y cuando, claro, un Estado se atreviese a dar el paso.

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