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Cómo reclamar por los daños materiales cuando el temporal lo ha arrasado todo

Varios vehículos por la dana, este miércoles en Picaña (Valencia).

La dana que atraviesa España en las últimas horas ya ha dejado todo un reguero de consecuencias devastadoras tanto materiales como humanas: ya van más de 60 fallecidos y decenas de heridos, desaparecidos y desplazados. El temporal ha afectado a múltiples comunidades, las provincias más golpeadas han sido Valencia y Albacete.

Si bien a priori las consecuencias materiales pueden no ser lo más relevante en este momento, sí es un motivo de preocupación para las personas que ven sus casas, negocios y demás bienes destruidos. En este sentido, el ministro de Economía, Carlos Cuerpo, ha llamado a la tranquilidad y a mantener “la precaución”.

En una publicación en X Cuerpo ha informado de que el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) indemnizará los daños causados por la dana, una vez que los peritos puedan desplazarse a las zonas afectadas y valorar los daños. El CCS "está preparado para empezar a trabajar sobre el terreno tan pronto como sea posible", ha indicado.

Esto quiere decir que, tal y como indica la Asociación para la Defensa de Consumidores y Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (ADICAE), si los seguros de los afectados no tienen la capacidad de reparar todos los daños provocados por la tormenta, el CCS se encargará. Para ello existe un requisito: se debe tener una póliza de daños contratada con cualquier entidad aseguradora.

“Lo primero que tenemos que tenemos que tener en cuenta es que, para reclamar cualquier cantidad por los desperfectos es tener un póliza contratada que cubra los riesgos extraordinarios”, explica José María López, coordinador de ADICAE de Madrid, que cita “inundaciones, una dana como la que estamos sufriendo o el volcán de la Palma”. Las propias compañías serán las que se encarguen de financiar al CCS a través de una cantidad o recargo.

“Muchas veces las aseguradoras no se pueden hacer cargo, ahí entra el CCS”, explica López, que añade que “si el municipio es declarado zona catastrófica, el Consorcio se hace cargo de la totalidad”. 

Dicha declaración ya se está planteando para varias zonas de la Comunidad Valenciana y que está establecida el artículo 23 de la Ley 17/2015 del Sistema Nacional de Protección Civi. "Se efectuará por acuerdo de Consejo de Ministros, a propuesta de los ministros de Hacienda y Administraciones Públicas y del Interior y, en su caso, de los titulares de los demás ministerios concernidos, e incluirá, en todo caso, la delimitación del área afectada. Dicha declaración podrá ser solicitada por las administraciones públicas interesadas", recoge el texto legal.

Cómo pedir la cobertura de los daños materiales

El propio CCS señala en su web que “indemniza los daños producidos por fenómenos naturales o derivados de hechos de incidencia política o social”, pero añade que “a condición de tener suscrito un seguro para las personas o bienes afectados”. 

Cualquier persona que cumpla con los requisitos podrá pedir la cobertura de daños a través de su aseguradora, llamando al teléfono del propio Consorcio (900 222 665) o en su página web, con el Certificado Digital o DNI electrónico, en la pestaña de “seguros de riesgos extraordinarios”. Sin embargo, el coordinador de ADICAE recomienda dirigirse primero a las aseguradoras.

Para realizar esta solicitud hay un plazo de siete días. Aún así, el Consorcio indica en su web que “la solicitud se efectuará lo antes posible: cuanto menos tiempo transcurra entre la ocurrencia de los daños y la solicitud de indemnización, antes se realizará la tramitación correspondiente”. 

Esta indemnización, que en cualquier caso será económica, se hará “revisando detalladamente cada póliza de seguro y cuáles son las coberturas contratadas”, según aclara López. Además, el afectado deberá guardar todas las facturas de reparaciones y los enseres que hayan sido destrozados por la dana, hasta que llegue un perito.

Además, no hay ninguna cuantía mínima o máxima establecida para pedir el ingreso por daños materiales, sino que se hará conforme a la magnitud del deterioro de los bienes.

¿Qué hago si no tengo ningún seguro contratado?

En el caso de que un afectado no tenga ningún seguro contratado, estará sujeto a “ayudas públicas que se puedan aprobar en el Gobierno”, aclara el coordinador de ADICAE.

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Por otro lado, las ayudas propuestas desde el Consorcio sólo cubren daños de hogares, vehículos y empresas, por lo que los propietarios de otro tipo de bienes, como terrenos agrícolas, tampoco podrán acogerse a las coberturas que ofrece el consorcio. 

En caso de necesitar asesoramiento sobre alguna cuestión relacionada con la cobertura de los daños producidos por la dana, ADICAE ha ofrecido su colaboración "a todos los municipios afectados, como canal de información abierto al público para todas aquellas dudas y consultas a solventar sobre sus seguros de daños".

Asimismo, algunas aseguradoras como la Mutua Madrileña ya han habilitado un número de teléfono específico (91 503 64 15) de asistencia urgente al que pueden llamar sus asegurados de hogar, autos y motos para informarse de los trámites que deben realizar para presentar los datos necesarios para solicitar las indemnizaciones.

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