España es el segundo mayor empleador de trabajo doméstico de Europa y Asia Central, según la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Y aun así, todavía prevalecen en el trabajo del hogar unas condiciones laborales discriminatorias para las cerca de 600.000 empleadas que sostienen el sector. Desde este martes, la situación comenzará a cambiar gracias al real decreto que aterriza en el Consejo de Ministros. Entre las medidas que ha trazado el Ministerio de Trabajo, destaca una: el derecho a paro.
Rafaela Pimentel, fundadora de Territorio Doméstico, defiende la importancia de “celebrar cada conquista”, aunque los logros dejen un amplio margen de mejora. “Estamos más que contentas y celebramos este gran avance, por fin tendremos derecho a paro y a cotizar a Fogasa [Fondo de Garantía Salarial]”, clama Carolina Elías, presidenta de la asociación Servicio Doméstico Activo (Sedoac). Hasta el año 2012 ni siquiera era obligatorio en España que las trabajadoras domésticas estuvieran dadas de alta en la Seguridad Social si no superaban un número concreto de horas trabajadas, pero una reforma efectuada en el año 2011 obliga a los empleadores a pagar las cotizaciones desde la primera hora contratada. Fue quizá el primer gran hito para cientos de miles de trabajadoras, pero aquel decreto ley se quedó corto: ignora el subsidio por desempleo, mantiene el contrato verbal e introduce el derecho a desistimiento unilateral sin ninguna justificación. Esta última figura es una de las formas más flagrantes de atentado contra los derechos laborales, pues permite la extinción del contrato sin alegar causas justificadas y con una indemnización mucho más barata que el resto. El desistimiento será cosa del pasado a partir de este martes, gracias al nuevo decreto.
El trabajo doméstico forma parte de un Régimen Especial, que según los últimos datos de afiliación registró una caída del 0,75%, con 2.811 bajas. Pero la estadística es incapaz de proyectar la realidad del sector, colmado de trabajo informal. Se calcula que entre 500.000 y 700.000 mujeres se dedican al trabajo doméstico, pero un tercio de ellas lo hace sin contrato, según la propia OIT. Son ellas quienes han peleado los avances para el sector, gracias a su tenacidad y movilización en las calles. Pero en el camino también se han dado pasos, por ejemplo, en el terreno jurídico. Una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, emitida en febrero de este año, califica la normativa española en materia de Seguridad Social como discriminatoria al excluir a las trabajadoras del hogar de recibir la prestación por desempleo. El dictamen que llegó de suelo europeo pone negro sobre blanco al afirmar que existe una discriminación indirecta por razón de género en el acceso a las prestaciones.
Estrechamente ligado al nuevo decreto y a la sentencia europea está un movimiento clave: la ratificación del Convenio 189 de la OIT, un acuerdo internacional impulsado en 2011 y firmado ya por 35 países para regular el empleo doméstico. El objetivo con el que nació es sencillo: equiparar el trabajo del hogar al resto de empleos a nivel de derechos. El Gobierno ya ha iniciado los trámites su ratificación y el nuevo decreto que se aprueba este martes es de hecho consecuencia directa de ese compromiso.
Retos a futuro
La ovación generalizada de las trabajadoras no aplaca, sin embargo, los matices que se dibujan alrededor. Llevan años esperando, pero queda todavía muchos peldaños que escalar.
La extinción de la figura del desistimiento es un hito, consideran las trabajadoras, pero todavía queda por ver la letra pequeña y examinar bajo qué condiciones se regularán los despidos objetivos. Además, recuerdan las activistas, la prestación por desempleo no es retroactiva y será preciso haber cotizado durante al menos un año desde la entrada en vigor del decreto para poder acceder a ella. “Si una persona que ha trabajado durante estos años se queda ahora sin trabajo, no le toca nada. ¿Por qué no toman en cuenta los años trabajados para que retroactivamente pueda ser beneficiaria?”, se pregunta Pimentel. “Es una conquista, pero se queda corta”.
Elías cree fundamental la regularización de “las trabajadoras sin papeles”, quienes componen una parte inestimable del trabajo doméstico. Son sus manos las que sostienen el sistema de cuidados, pero son a su vez las más precarizadas. “Una vez resuelto eso, podrían empezar a cotizar”, razona la activista.
Otras muchas, continúa, “no cotizan porque sus empleadores quieren ahorrarse dinero”. En este punto entran en juego dos estrategias clave: la sensibilización y las garantías para los empleadores. Es fundamental un “trabajo de concienciación con los empleadores, hacerles entender que todo esto es para que su esclava sea un poco menos esclava”, expresa Elías. Pero también es prioritario “ver cómo van a quedar las bonificaciones a la Seguridad Social para que el impacto en los bolsillos de las familias sea el menor posible, es la manera de garantizar el derecho al cuidado y el trabajo en condiciones dignas”, expone.
Las páginas del decreto que llega este martes al Consejo de Ministros concentran los derechos más básicos para las trabajadoras, pero son solo el motor hacia otras muchas reivindicaciones históricas. En su agenda, dos mandatos: la mejora de las condiciones de las trabajadoras internas y la transición definitiva hacia el Régimen General.
Contexto mundial
¿Cuál es el contexto en otros países? Según un amplio estudio de la OIT, las fórmulas son variadas. Uno de los modelos que impera a nivel global es la ampliación de la cobertura legal haciendo referencia explícita al trabajo doméstico. Se trata de contemplar de manera específica a las trabajadoras en la legislación, “ya sea para incluirlas inequívocamente en la definición general de empleado o para adaptar la forma en que serán protegidas”.
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Otros territorios optan por incorporar a las trabajadoras domésticas de manera implícita, es decir, incluyéndolas sencillamente “en la categoría legal de empleados” y contemplando los mismos derechos para ellas. Así, “a menos que se especifique lo contrario, están protegidas contra la misma gama de contingencias” que el resto.
Otra fórmula es la ampliación de la cobertura legal al trabajo doméstico “revisando los umbrales mínimos” que tradicionalmente han dado lugar a la “exclusión de las trabajadoras domésticas”. Es decir, examinando qué requisitos contemplados en la legislación se han traducido en una discriminación para el sector. En Bélgica, por ejemplo, las empleadas sólo estaban cubiertas obligatoriamente si trabajaban más de cuatro horas al día para el mismo empleador y más de veinticuatro horas semanales para uno o más empleadores. Tras la ratificación del Convenio 189, la legislación nacional se modificó y se eliminaron estas particularidades para garantizar las mismas condiciones para todos.
En el mundo, según datos de 2020, un total de 102 países cuentan con algún tipo de cobertura legal para el trabajo doméstico de al menos una prestación de la Seguridad Social. Sin embargo, solo el 6% de las empleadas a nivel global tiene una protección social completa. Se estima que son 75,6 millones las personas que se dedican en todo el mundo al trabajo doméstico, el 76,2% de ellas mujeres.
España es el segundo mayor empleador de trabajo doméstico de Europa y Asia Central, según la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Y aun así, todavía prevalecen en el trabajo del hogar unas condiciones laborales discriminatorias para las cerca de 600.000 empleadas que sostienen el sector. Desde este martes, la situación comenzará a cambiar gracias al real decreto que aterriza en el Consejo de Ministros. Entre las medidas que ha trazado el Ministerio de Trabajo, destaca una: el derecho a paro.