Las becas clasistas de Díaz Ayuso
La decisión política de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, de elevar la cuantía de las rentas de las familias —a más de 100.000 € en el caso de tres componentes— para que puedan obtener ayudas de becas públicas para estudiar en la etapa Infantil, Formación Profesional o el Bachillerato en centros privados, pone en cuestión diferentes valores constitucionales.
En un Estado Social y Democrático de Derecho, las becas y ayudas con dinero público para la educación cumplen la finalidad de impedir que aquellas familias que no tengan recursos económicos suficientes para que sus hijos e hijas cursen estudios se vean obligadas a renunciar a ellos. Y no resulta una medida admisible, por injusta y contraria al principio de igualdad, que el destino de dinero público vaya en perjuicio de las familias más necesitadas, en una España con un 28% de la población en riesgo de pobreza o exclusión social.
La vergonzosa resolución de la Comunidad de Madrid supone, en palabras del Presidente Pedro Sánchez, retorcer y violentar el propio significado de la política pública de redistribución de la renta y de impulso a las políticas de igualdad en generaciones que no tienen suficientes niveles de renta para estudiar lo que ellos consideren y expandir todas sus potencialidades.
No resulta una medida admisible, por injusta y contraria al principio de igualdad, que el destino de dinero público vaya en perjuicio de las familias más necesitadas
Las becas han de convertirse en una más de las medidas redistributiva de las rentas y la riqueza. Lo exige el artículo 9.2 de la Constitución, que dispone que “corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social”.
Este principio de acción en favor de la igualdad está conectado con la concepción de España como un Estado Social recogida en el artículo 1.1 de nuestra Constitución. Además, la resolución del Gobierno de la Comunidad de Madrid es contraria a los principios señalados en el artículo 9.2 de la CE. Y la discrecionalidad con la que pueden llegar a actuar los poderes públicos, a la hora de articular un sistema de becas y ayudas a la educación, tiene un límite que es la arbitrariedad, recogido en el artículo 9.3 de la CE.
Así mismo, la medida defendida por la Sra. Díaz Ayuso es contraria al principio elemental de la equidad en una sociedad que se pretenda democrática y avanzada en lo social, recogida en el artículo 31.2 de la Constitución. En él se expresa que “el gasto público realizará una asignación equitativa de los recursos públicos ...”.
Por estas razones, considero que se hace necesario que el Gobierno del Estado intervenga y tome la iniciativa política frente a una norma del Gobierno de la Comunidad de Madrid, defendida por su Presidenta, Díaz Ayuso, que bien pudiera ser anticonstitucional. Esto es, contraria a los principios constitucionales señalados en los artículos 1.1, 9.2 y 31.2 de la CE.
De ahí mi petición para que presente, en coherencia con su línea de acción, una IMPUGNACIÓN urgente ante el Tribunal Constitucional que, de entrada, suspenda los efectos de la resolución de Díaz Ayuso. Una actuación en defensa de los intereses generales de la ciudadanía y de acuerdo con el procedimiento sobre impugnación previsto en los artículos 153 y 161.2 de la CE y 76 y 77 de la LOTC.
Porque una cosa es enarbolar la bandera de la libertad para tomar cervezas —algo ridículo pero sin trascendencia— y otra esgrimir la libertad de elección de centros para repartir dinero público de todos en favor de familias de rentas altas con el que paguen la educación de sus hijos en centros privados.
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Odón Elorza es diputado del PSE-PSOE por Gipuzkoa.
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