Violencia machista
El caso de Juana Rivas revela las imperfecciones en la protección de los hijos de víctimas de malos tratos
La batalla judicial de Juana Rivas por permanecer junto a sus hijos lleva atormentando a esta madre de 36 años desde que el verano del pasado año la Audiencia Provincial de Granada resolvió que sus dos hijos, de tres y once años, debían regresar con el padre y expareja de Rivas, condenado por maltrato en 2009 y residente en Italia. "Si los niños vuelven sin mi protección no habrá nadie para protegerlos, y si vuelvo yo a Italia para defenderlos de su padre mi integridad está en serio peligro", resumía la víctima en enero.
Tras la desestimación de una serie de recursos, y ante la resolución judicial adversa, Juana Rivas ha decidido tomar cartas en el asunto por cuenta propia. Tal y como anunciaron las autoridades el 26 del presente mes, la madre se encuentra "en paradero desconocido" después de haber incumplido la orden de dejar a sus hijos con su padre en el Punto de Encuentro Familiar de Granada. Aunque la jueza ha rechazado ordenar prisión para Rivas, como solicitaba su expareja, este viernes los acontecimientos han saltado a la vía penal después de que el Juzgado de Instrucción número dos de Granada incoara diligencias previas y citara a las partes para el próximo ocho de agosto.
El apoyo a Juana Rivas ha sido inminente. La Junta de Andalucía ha anunciado su voluntad de prestarle asistencia jurídica, mientras que la Cámara Alta aprobó este viernes un voto particular sostenido por todos los grupos presentes en la Comisión de Igualdad del Senado en el que pide que las víctimas de violencia de género no puedan ser acusadas de sustracción de menores. Paralelamente, la sociedad civil ha constituido una Plataforma de Apoyo a Juana Rivas desde el Centro de la Mujer del Ayuntamiento de Maracena (Granada) y las redes sociales se han colapsado de solidaridad a través del hashtag #JuanaEstáEnMiCasa y #YoSoyJuanaRivas.
Precedentes
El de Juana Rivas no sólo no constituye un caso aislado, sino que evidencia la desprotección de los menores y cómo en ocasiones se emplea a los niños para perpetuar la violencia sobre las mujeres. En el año 2015, la chilena Vanessa Skewes llegó a España con sus dos hijos, de siete y nueve años, alegando que huía de su exmarido por presuntos malos tratos. Skewes logró en Chile que un juez decretara medidas de protección contra su exmarido, pero los menores no fueron considerados víctimas. Debido a la imposibilidad de cumplir con el régimen de visitas, el padre presentó una reclamación en el país latinoamericano, y la justicia española condenó a la mujer por sustracción de menores, sin contemplar las denuncias por agresión y por amenazas de muerte contra ella y contra los dos niños.
María José Carrascosa, por su parte, fue encarcelada en el año 2006 en el estado de Nueva Jersey debido a un litigio ligado a la custodia de su hija. La española, ahora en libertad tras nueve años, abandonó Estados Unidos para llegar a España tras divorciarse de su entonces marido y conseguir que un juzgado valenciano le otorgara la custodia de la niña. Sin embargo, su expareja la denunció ante la justicia estadounidense por el secuestro de su hija, ya que la menor tenía nacionalidad estadounidense, y logró hacerse con la custodia. Finalmente, la mujer fue condenada a catorce años de prisión por un jurado popular.
Uno de los casos más mediáticos y con mayor alcance internacional es el de Ángela González. Durante un régimen de visitas sin supervisión al que González se había opuesto reiteradamente, la hija de la mujer –víctima de violencia machista– fue asesinada en 2003 por su padre. A pesar de las 51 denuncias presentadas desde que se separó de su marido en 1999, no se pusieron en marcha las medidas necesarias para impedir el asesinato de la niña de siete años. En agosto de 2014, la ONU determinó la existencia de fallos policiales y judiciales en el caso, y recomendó a España la puesta en marcha de una serie de medidas para evitar la repetición de sucesos similares.
Interés del menor
Marisa Soleto, presidenta de la Fundación Mujeres, destaca que "la corriente de solidaridad que ha despertado el caso de Juana Rivas tiene que ver con que a mucha gente le parece muy representativo de las quejas de mujeres respecto a la justicia". Soleto destaca dos vertientes que derivan de este tipo de escenarios: "El de las propias víctimas que acuden buscando una solución y se encuentran un laberinto, y por otro lado la desprotección de los menores". La feminista lamenta que, a pesar de haber denunciado y de haber seguido los mecanismos marcados, "hay procedimientos judiciales imposibles y la justicia está lejos de representar la solución".
El ejemplo de Juana Rivas "se enmarca en un sistema que prioriza los derechos del padre frente a la posibilidad de que los menores estén en peligro", tal y como señala Patricia Orejudo, abogada en Women’s Link Worldwide. La letrada recuerda que existe una "sentencia condenatoria contra el padre de los niños por violencia hacia Juana Rivas, de manera que los niños claramente pueden estar en peligro". En este sentido, denuncia Orejudo, "no se atiende al interés superior de los niños", porque "no se tiene en cuenta que en situaciones de violencia los hijos siempre son víctimas".
Altamira Gonzalo, vicepresidenta de la asociación Mujeres Juristas Themis, recalca que aunque"desde el punto de vista jurídico se ha dictado la orden de entrega de los niños por parte de un juzgado italiano, que cumple por exhorto y auxilio judicial un juzgado español, cuando estamos hablando de menores las cosas deben cambiar". A su juicio resulta fundamental tener en cuenta "el beneficio e interés de los menores, y este padre es una persona condenada por malos tratos".
La justicia española, prosigue la jurista, "no puede limitarse a cumplir de manera formal una resolución judicial, sino que tiene la obligación de resolver lo que sea más adecuado" teniendo en cuenta el interés de los menores implicados. Gonzalo señala que la legislación es, a nivel teórico, protectora de menores, pero "en la práctica de los tribunales no puede afirmarse con la misma rotundidad". Critica que "con frecuencia se dicta sentencia atendiendo a los intereses de los adultos, y cuando hay problemas relacionados con la violencia de género hay una insensibilidad total por parte de los jueces", especialmente a la hora de resolver sobre las visitas del maltratador. Reclama, por este motivo, una reflexión seria por parte de jueces y fiscales: "Se les llena la boca diciendo que se toma la decisión atendiendo al beneficio de los menores, y se hace lo contrario".
Soluciones sobre la mesa
Ante una cuestión que lleva siendo prioridad para las organizaciones feministas desde hace años, las soluciones resultan claras y están en buena parte definidas. El problema, consideran las expertas, es que no se ponen en marcha con garantías de cumplimiento.
Orejudo recuerda que el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer de las Naciones Unidos estableció una serie de recomendaciones a raíz del caso de Ángela González, a las que "no se ha hecho absolutamente ningún caso". La abogada señala que "en ese dictamen el tribunal dijo que había que adoptar medidas apropiadas y efectivas para priorizar el interés superior del menor", algo que en el caso de Juana Rivas "no ha ocurrido".
La ONU exigía a España tomar medidas con el fin de que los jueces tengan en cuenta los antecedentes de violencia a la hora de conceder custodias, y obligaba a impartir, dentro del sistema judicial, formación obligatoria sobre estereotipos de género. El comité achacaba a España la persistencia de costumbres y prácticas judiciales basadas en clichés que a menudo derivan en la discriminación contra las mujeres, lo que conlleva una deficiente protección de las mujeres víctimas y sus hijos.
El Convenio de Estambul se expresa en esta misma línea al instar a la protección de las víctimas y sus hijos, concretamente a tomar "las medidas legislativas u otras necesarias para que, en el momento de estipular los derechos de custodia y visita relativos a los hijos, se tengan en cuenta los incidentes de violencia".
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Orejuela entiende que, en base al contexto internacional existente, España debe "reforzar el marco legal para garantizar que todas las actuaciones respeten el principio de proteger debidamente a mujeres y niños de la violencia". La letrada insiste, asimismo, en la importancia de que "todos los actores relacionados con estos casos tengan una formación adecuada en violencia machista y estereotipos de género".
Con este objetivo trabaja la subcomisión creada en el Congreso para articular un Pacto de Estado contra la violencia de género. En el documento consensuado por los grupos parlamentarios, se incluye la adopción de las medidas necesarias para que la custodia compartida "en ningún caso se imponga en casos de violencia de género". También establece "el carácter imperativo de la suspensión del régimen de visitas en todos los casos en los que el menor hubiera presenciado, sufrido o convivido con manifestaciones de violencia", y prohíbe "las visitas de los menores al padre en prisión condenado por violencia de género".
Aunque las medidas pactadas "traen buenas noticias", Marisa Soleto destaca que "de nada sirve un Pacto de Estado que aprueba un mandato en el que se eviten todo lo posible estas situaciones, si al mismo tiempo un juzgado está haciendo todo lo contrario". Recuerda, además, que actualmente la suspensión de custodias y visitas se encuentra por debajo del 10% en los casos de violencia machista. Por estos motivos, "habrá que esperar a ver si se encuentra la fórmula legislativa y procedimental de aplicación en tribunales para que se cumplan" las medidas establecidas y ejemplos como el de Juana Rivas dejen de tener cabida.