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Yak-42

Defensa reconoce la responsabilidad de la Administración en el Yak-42

El entonces ministro de Defensa, Federico Trillo, visita el lugar del accidente del Yakovlev 42 en Turquía en 2003

infoLibre

El Ministerio de Defensa reconoce la responsabilidad patrimonial de la Administración en el accidente del Yak-42 en el que fallecieron 62 militares españoles, según consta en la resolución del expediente administrativo relativo a las solicitudes de indemnización formuladas por los familiares de las víctimas.

La ministra María Dolores de Cospedal ha firmado la resolución del expediente que el Ministerio abrió tras el informe del Consejo de Estado que responsabilizaba por primera vez al Departamento del accidente registrado en Turquía el 26 de mayo de 2003 en el que fallecieron los militares que regresaban de una misión en Afganistán en un avión Yakolev.

"Tras años de procedimientos administrativos y judiciales, la Administración reconoce su responsabilidad", concluye el informe en sus fundamentos de derecho. La ministra ya reconoció la responsabilidad de la Administración el pasado mes de enero y pidió perdón a las víctimas en nombre del Estado.

La resolución administrativa del Ministerio, a la que ha tenido acceso Europa Press, recoge las principales conclusiones del Consejo de EstadoConsejo de Estado respecto a la asunción de responsabilidad patrimonial. E indica que "han podido constatarse hechos anteriores a la fecha del siniestro que habrían permitido a la Administración ponderar el especial riesgo concurrente en el transporte de tropas en que se produjo el accidente".

Según asume, tras el accidente se produjeron "unas lesiones antijurídicas" que los familiares de las víctimas "no tienen el deber jurídico de soportar". Estas "lesiones antijurídicas" deben ser reconocidas por el Ministerio según las normas vigentes, acepta el expediente, que añade que también tienen que ser asumidas "como expresión del respaldo institucional al reconocimiento, respeto y memoria de los militares españoles que dieron su vida por la defensa de los intereses nacionales y en favor de la paz de la comunidad internacional". 

"Se subraya el merecido respaldo al patriotismo de miembros de las Fuerzas Armadas y también al de su entorno personal, ya que lo dilatado del procedimiento y los errores y circunstancias posteriores a la tragedia no han hecho sino más intenso el duelo", acepta.

No se pagarán nuevas indemnizaciones

Sin embargo, esta resolución concluye que la asunción de responsabilidad administrativa no significa el pago de nuevas indemnizaciones, como reclamaban algunos de los familiares de los 62 militares fallecidos.

El expediente incide en "el importante despliegue resarcitorio derivado de los distintos mecanismos que han operado en el presente caso" y por tanto concluye que "no puede sumarse una indemnización por responsabilidad patrimonial de la Administración".

Además, la resolución administrativa incide en que el Acuerdo de Ventas suscrito con NAMSA, como responsable de contratar el vuelo, no supone "un total y completo traslado de las responsabilidades sobre la ejecución del contrato a NAMSA con simultáneo y total desapoderamiento de competencias de seguimiento y control por la Administración Militar concernida".

"Así se desprende de la interpretación literal de sus cláusulas, reconocedoras de determinadas competencias traducibles en deberes de control y seguimiento", sostiene.

No se abonó precio alguno por el vuelo

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Además, el Ministerio de Defensa "ha podido constatar" que no se abonó precio alguno por el vuelo siniestrado al recibirse una comunicación oficial en ese sentido de NSPA, la actual agencia que sustituye a NAMSA ene l marco de la OTAN.

Según detalla, de la cantidad de 149.000 euros en que consistía el precio contratado, 95.360 euros correspondían al pago de las horas de vuelo, 38.740 euros al precio del combustible y 14.900 euros a las tasas de aterrizaje y handling.

Sin embargo, "y a pesar de las nuevas indagaciones realizadas", el Ministerio asegura que no se ha logrado obtener más documentación sobre el aspecto concreto de las subcontrataciones de los diferentes vuelos de transportes de tropas que pudieron efectuarse al amparo de las previsiones del contrato celebrado entre NAMSA y Chapman.

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